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55 NORMAS LEGALES Viernes 15 de marzo de 2024 El Peruano / Estratégico del OTASS, acuerda lo siguiente, “Primero: Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2023 Modi fi cado Versión 4 del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS), Validado”; Que, conforme al literal a) del artículo 19 del Reglamento de Organización y Funciones del OTASS aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2019-VIVIENDA – ROF del OTASS, son funciones de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, formular, monitorear y evaluar el Plan Estratégico Institucional y el Plan Operativo Institucional del OTASS; Que, por su parte, el numeral 4.2 de la Guía para el Planeamiento Institucional dispone que el órgano de planeamiento de cada Pliego (en coordinación estrecha con su similar a nivel de cada Unidad Ejecutora) es responsable de brindar el soporte y asistencia técnica en la aplicación metodológica del planeamiento institucional en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua; Que, dentro del marco de sus funciones, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto - OPP a través del Informe Nº 000036-2024-OTASS-OPP de fecha de fecha 16 de febrero de 2023, remite el Anexo que contiene la cuarta modi fi cación del POI 2023 del OTASS denominado “Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2023 Modi fi cado Versión 4”, pronunciándose favorablemente para su aprobación, señalado que las modi fi caciones se han efectuado con intervención del Equipo Técnico y validado por la Comisión de Planeamiento Estratégico, con asistencia técnica y asesoramiento de la OPP, previo análisis al seguimiento de la ejecución, de acuerdo a lo señalado en la Guía para el Planeamiento Institucional; Que, el citado Informe precisa además que: i) Las causales de modi fi cación del POI se enmarcan en ambas causales previstas en el numeral 6.3 de la Guía para el Planeamiento Institucional; y ii) Opina en forma favorable para la aprobación de la cuarta modi fi cación del POI 2023, en tal sentido, ha expedido el informe favorable en el marco de sus competencias; Que, el numeral 6.2 de la Guía para el Planeamiento Institucional, establece que “El POI Multianual es aprobado antes de la Programación Multianual de presupuesto de la entidad, en consecuencia, el Titular de la entidad (para los tres niveles de gobierno) aprueba el POI Multianual (…)”. Asimismo, el numeral 6 de la citada Guía, dispone que: “La programación multianual del POI, en adelante se denomina POI Multianual. La programación del primer año del POI Multianual se traduce en el POI a ejecutar en el primer año, en adelante se denomina POI Anual (…)”; Que, por su parte, el literal a) del artículo 8 del ROF del OTASS dispone que son funciones del Consejo Directivo, “Aprobar las políticas institucionales, los planes y las estrategias de la entidad, en concordancia con las políticas y lineamientos del Ente Rector” a través de acuerdos; Que, en el marco de la normativa citada en el considerando precedente, mediante Acuerdo Nº 01 aprobado en Sesión Ordinaria N° 005-2024 de fecha 08 de marzo de 2024, el Consejo Directivo del OTASS, acuerda “Aprobar el “Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2023 Modi fi cado Versión 4” del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, y encarga al Titular de la Entidad la expedición de la Resolución de Dirección Ejecutiva que formalice la citada aprobación”; Que, con el Informe Legal N° 000034-2024-OTASS- OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica, opina que es viable legalmente la emisión del proyecto de Resolución Directoral que aprueba el “Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2023 Modi fi cado Versión 3” (sic), al contar con la validación del Comisión de Planeamiento Estratégico del OTASS, previa aprobación del Consejo Directivo a través de la adopción de los acuerdos requeridos normativamente; Con el visado del Jefe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, del Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica y del Gerente General; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; el Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, y sus modi fi catorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 006-2019-VIVIENDA, y la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 003-2017/CEPLAN/PCD, y sus modi fi catorias. SE RESUELVE:Artículo 1.- Formalizar el Acuerdo N° 01 adoptado en la Sesión Ordinaria N° 0005-2024 del Consejo Directivo del OTASS que aprueba el “Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2023 Modi fi cado Versión 4” del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer que la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, efectúe el seguimiento y evaluación, sobre el avance de los logros esperados. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Portal Institucional del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS (www.gob.pe/otass). Así mismo, disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS HERNAN CONTRERAS BONILLA Director Ejecutivo 2270322-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN LABORAL Designan Intendente Regional de la Intendencia Regional de San Martín de la SUNAFIL RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 00074-2024-SUNAFIL Lima, 14 de marzo del 2024VISTOS: El Memorándum N° 49-2024-SUNAFIL/SP, de fecha 14 de marzo de 2024, de Superintendencia; el Informe N° 156-2024-SUNAFIL/GG/ORH, de fecha 14 de marzo de 2024, de la O fi cina de Recursos Humanos; el Informe N° 146 -2024-SUNAFIL/GG-OAJ, de fecha 14 de marzo de 2024, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO:Mediante la Ley N° 29981 se crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, responsable de promover, supervisar y fi scalizar el cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral y el de seguridad y salud en el trabajo, así como de brindar asesoría técnica, realizar investigaciones y proponer la emisión de normas sobre dichas materias; El artículo 12º y el literal f) del artículo 13º de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAFIL, aprobada por Decreto Supremo N° 010-2022-TR, dispone que la Superintendencia es