TEXTO PAGINA: 106
106 NORMAS LEGALES Sábado 16 de marzo de 2024 El Peruano / congresista, corresponde convocar y acreditar con la respectiva credencial a quien obtuvo la siguiente votación preferencial en la misma lista (ver SN 1.1.), esto es, a doña Magally Santisteban Suclupe, identi fi cada con DNI Nº 41799959, para que ejerza el cargo de congresista de la República, por el periodo que dure la suspensión de la señora congresista y en el marco del respectivo periodo constitucional. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a doña María del Pilar Cordero Jon Tay como congresista de la República, con motivo de las Elecciones Generales 2021, por el periodo que dure su suspensión. 2. CONVOCAR a doña Magally Santisteban Suclupe, identi fi cada con DNI Nº 41799959, para que asuma el cargo de congresista de la República, por el periodo que dure la suspensión de doña María del Pilar Cordero Jon Tay, en el marco del periodo constitucional 2021-2026, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculta como tal. 3. PONER la presente resolución en conocimiento del Congreso de la República y de la interesada. 4. DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRY SANJINEZ SALAZAR OYARCE YUZZELLIMarallano Muro Secretaria General 2271138-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL Excluyen a la Oficina Registral del Estado Civil automatizada de la Municipalidad Provincial de Chincha, del departamento de Ica, del listado a que se refiere la R.J. N° 000007-2024/JNAC/RENIEC RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000050-2024/JNAC/RENIEC Lima, 14 de marzo de 2024VISTOS: La Resolución Jefatural N° 000007-2024/JNAC/ RENIEC (18ENE2024), el Informe N° 000116-2024/DRC/SDTN/RENIEC (26FEB2024), de la Sub Dirección Técnico Normativa de la Dirección de Registros Civiles, la Hoja de Elevación N° 000044-2024/DRC/RENIEC (26FEB2024), de la Dirección de Registros Civiles; el Memorando N° 000058-2024/GG/RENIEC (04MAR2024), de la Gerencia General y el Informe N° 000257-2024/OAJ/RENIEC (12MAR2024), de la O fi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que conforme se establece en la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (RENIEC), el RENIEC es un organismo constitucionalmente autónomo, encargado de manera exclusiva y excluyente de las funciones de organizar y actualizar el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales y, entre otros, de inscribir los nacimientos, matrimonios, defunciones y demás actos que modi fi can la capacidad y estado civil; Que a través del Informe de vistos, la Sub Dirección Técnico Normativa detalla que en el marco del Proyecto de Inversión Pública “Mejoramiento del acceso a los Servicios de Registros Civiles e Identi fi cación de Calidad a Nivel Nacional”, la Unidad Ejecutora N° 002 del RENIEC convocó al proceso de Licitación Pública Internacional (LPI) N° 002- 2021-MCSR correspondiente al “Servicio de inventario, traslado y transferencia del acervo documentario del RENIEC ubicado en 43 O fi cinas de Registros de Estado Civil (OREC) de las Municipalidades Provinciales, y servicio de evaluación, digitalización, verifi cación, digitación y control de calidad de imágenes, y micrograbación de las actas registrales”, fi rmándose el Contrato Nº 019-2022-GG/MCSR con la empresa ganadora del referido proceso de Licitación Pública Internacional N° 02-2021-MCSR y mediante su Adenda N° 01, se amplió el alcance del Servicio a 86 OREC de Municipalidades Provinciales; Que mediante el Informe de vistos, la Sub Dirección Técnico Normativa de la Dirección de Registros Civiles, informa que el personal de la empresa INETUM se apersonó al local de la OREC de la Municipalidad Provincial de Chincha en el departamento de Ica, a fi n de iniciar el inventario de su acervo documentario de acuerdo a la fecha programada (10ENE2024); sin embargo, ante la negativa de autorización de ingreso por parte del personal de la referida OREC, este inventario no se pudo iniciar; lo que conllevó a una serie de coordinaciones con las autoridades municipales de la provincia de Chincha, a fi n que se brinden las facilidades del caso para el inicio del inventario; Que se emitió la Resolución Jefatural N° 000007- 2024/JNAC/RENIEC (18ENE2024), publicada en el diario o fi cial “El Peruano” el 19ENE2024, autorizando la transferencia del acervo documentario registral de la sección de nacimiento, matrimonio y defunción; así como de los respectivos títulos archivados de dieciséis (16) O fi cinas de Registros del Estado Civil (OREC) automatizadas de municipalidades provinciales, entre las cuales se encuentra la OREC de la Municipalidad Provincial de Chincha, con fecha programada para su transferencia el día 20FEB2024; Que en el informe de vistos, la Sub Dirección Técnico Normativa señala que en consideración al total de actas registrales a procesar, de acuerdo a lo previsto en el Contrato N° 019-2022-GG/MCSR y adendas, se realizaron evaluaciones y coordinaciones a fi n de no exceder el margen establecido de actas registrales a procesar que se ha presupuestado; por lo que se hace necesario excluir del servicio a la OREC de la Municipalidad Provincial de Chincha del departamento de Ica, cuyo inventario no se ha realizado; Que estando a lo señalado y a fi n de continuar con las metas propuestas en el marco del Proyecto de Inversión Pública “Mejoramiento del acceso a los Servicios de Registros Civiles e Identi fi cación de Calidad a Nivel Nacional”, la Dirección de Registros Civiles ha solicitado modi fi car el Artículo Primero de la Resolución Jefatural N° 000007-2024/JNAC/RENIEC (18ENE2024), para excluir de esta disposición a la OREC de la Municipalidad Provincial de Chincha del departamento de Ica, según lo informado y detallado por la Sub Dirección Técnico Normativa en el considerando precedente; Que sobre el pedido formulado por la Dirección de Registros Civiles, la Gerencia General, a través del Memorando N° 000058-2024/GG/RENIEC (04MAR2024), ha señalado estar de acuerdo con la emisión del acto resolutivo modi fi catorio; Que, la presente Resolución Jefatural debe ser puesta a conocimiento de la ciudadanía, a través de la correspondiente publicación; y,