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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MARZO DEL AÑO 2024 (16/03/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 97

97 NORMAS LEGALES Sábado 16 de marzo de 2024 El Peruano / Se advierte que todos los endoses de depósito judicial se encuentran a favor de doña Karen [Karem Marella] Ranilla Calizaya o doña Yudi Tania Ccallo Mallqui, quienes no eran parte de los citados procesos (salvo el proceso signado con el Nro. 00742-2017-0-0401-JR-PE-01) (...) posibilitando su cobro, ello en desmedro de la parte agraviada (Reparación Civil) y en perjuicio del patrimonio (pago de tasas judiciales) y de la imagen del Poder Judicial (...). - (...) habría efectuado el endose y posibilitado el cobro del depósito judicial Nº 2016011601651 por la suma de S/ 1,500.00, correspondiente al Expediente Nº 06246-2016-77-0401-JR-PE-02, a favor de Yaneth Sofi a Mamani Chica por la suma de S/ 500.00 (...) y Luz Marina Quilca por la suma de S/ 300.00 (...), personas distintas a las partes del proceso; asimismo, el endose se ha realizado cuando el expediente se encontraba en custodia del Archivo Central, es decir, que los endoses se realizaron sin tener los procesos en forma física a la vista (...). - (...) habría efectuado el endose y posibilitado el cobro del depósito judicial Nº 2017010101020 por la suma de S/ 444.00, correspondiente al Expediente Nº 000225-2017-0-0401-JR-PE-01, a favor de Walter Hugo Navarro Mamani con fecha 30 de noviembre del 2019, quien no es parte del proceso; asimismo, el endose se ha realizado cuando el expediente se encontraba en custodia del Archivo Central, es decir, que los endoses se realizaron sin tener los procesos en forma física a la vista (...)”. 7.2. De conformidad con el artículo diez, incisos ocho y diez, del Reglamento que regula el Régimen Disciplinario de los Auxiliares Jurisdiccionales del Poder Judicial, aprobado por Resolución Administrativa número doscientos veintisiete guion dos mil nueve guion CE guion PJ, son faltas muy graves: “8. Establecer relaciones extraprocesales con las partes o terceros, que afecten el normal desarrollo de los procesos judiciales”, e “10. Incurrir en acto u omisión que sin ser delito, vulnere gravemente los deberes del cargo previstos en la ley”; asimismo, las faltas muy graves señaladas, son pasibles de sanción disciplinaria de destitución, de conformidad con lo establecido por el artículo trece, inciso tres, del mencionado reglamento. 7.3. En la presente investigación, se han recabado, entre otros, los siguientes medios probatorios: i) Acta de fecha veinticuatro de diciembre de dos mil diecinueve, de fojas veintisiete, a través de la cual el Coordinador de la O fi cina de Informática de la Corte Superior de Justicia de Arequipa entrega un reporte de los Depósitos Electrónicos de Paucarpata asignados en bene fi cio de las señoras Yudi Tania Ccallo Mallqui y Karen Marella Ranilla Calizaya (nombre completo como obra de la fi cha RENIEC de fojas seiscientos once). ii) Reporte de Depósitos Judiciales de fojas treinta y dos a treinta y tres. iii) Seguimiento de Expedientes de fojas treinta y cinco a doscientos dos. iv) Informe del magistrado sustanciador de la O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, de fecha veintisiete de diciembre de dos mil diecinueve, de fojas dos a diecinueve. v) Informe de la especialista legal del Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata, de fecha veintitrés de diciembre de dos mil diecinueve, de fojas veinticuatro. vi) Informe de la jueza del Primer Juzgado Penal de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata, de fecha veinte de enero de dos mil veinte, de fojas mil doscientos noventa y cuatro; y, el O fi cio número cero cero doscientos veinticinco guion dos mil diecisiete guion cero Primer JIP guion Paucarpata, de fecha cuatro de noviembre de dos mil veinte, de fojas mil trescientos treinta. Documentos de cuya valoración conjunta se desprende la siguiente información: Nº OrdenNº EXPEDIENTE Nº DE CERTIFICADOMONTO ASIGNADO (S/.)USUARIO AUTORIZA (ESPECIALISTA)FECHA DE AUTORIZACIÓNPERSONA FAVOR DE QUIEN SE AUTORIZÓFolios 1 04280-2012-90 2017010105002 800 JDRODRIGUEZ04/07/2018 09:53:18 a.m.Yudi Tania Ccallo Mallqui32 y 35 2 01230-2014-23 2015060111636 300 JDRODRIGUEZ12/04/2019 09:25:35 a.m.Yudi Tania Ccallo Mallqui32 3 01899-2014-87 2014010108390 100 JDRODRIGUEZ02/05/2019 09:32:42 a.m.Yudi Tania Ccallo Mallqui32 4 00890-2015-7 2017010105432 200 JDRODRIGUEZ04/09/2018 09:09:21 a.m.Yudi Tania Ccallo Mallqui32 5 00890-2015-7 2017010111923 200 JDRODRIGUEZ04/09/2018 09:09:21 a.m.Yudi Tania Ccallo Mallqui32 6 01193-2015-94 2016010108368 500 JDRODRIGUEZ24/082018 08:36:55 a.m.Yudi Tania Ccallo Mallqui32 y 160 7 01193-2015-94 2016010901302 500 JDRODRIGUEZ24/082018 08:36:55 a.m.Yudi Tania Ccallo Mallqui32 y 160 8 02191-2015-6 2016010116682 1000 JDRODRIGUEZ07/08/2018 08:38:49 a.m.Yudi Tania Ccallo Mallqui32 y 153 9 02355-2015-27 2017010106689 750 JDRODRIGUEZ22/06/2018 12:06:53 p.m.Yudi Tania Ccallo Mallqui32 10 03200-2015-90 2017010108951 315 JDRODRIGUEZ02/05/2019 09:32:42 a.m.Yudi Tania Ccallo Mallqui32 11 03280-2015-20 2017010901239 700 JDRODRIGUEZ01/06/2018 09:08:01 a.m.Yudi Tania Ccallo Mallqui32 12 03470-2015-90 2017010102458 300 JDRODRIGUEZ19/09/2018 08:53:53 a.m.Yudi Tania Ccallo Mallqui32 y 144 vuelta 13 03470-2015-90 2017010900762 300 JDRODRIGUEZ19/09/2018 08:53:53 a.m.Yudi Tania Ccallo Mallqui32 y 144 vuelta 14 05792-2015-48 2016010115284 250 JDRODRIGUEZ28/08/2018 10:14:52 a.m.Yudi Tania Ccallo Mallqui32 y 135 15 05792-2015-48 2016010902663 250 JDRODRIGUEZ28/08/2018 10:14:52 a.m.Yudi Tania Ccallo Mallqui32 y 135