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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MARZO DEL AÑO 2024 (22/03/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 57

57 NORMAS LEGALES Viernes 22 de marzo de 2024 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer, a partir del 1 de abril de 2024, la ampliación de la competencia de las Unidades Modelo de Flagrancia Tipo I del distrito de San Martín de Porres, a todo el Distrito Judicial de Lima Norte. Artículo Segundo.- Disponer, a partir del 1 de abril de 2024, las siguientes medidas administrativas: 2.1 El 1º y 2º Juzgados de Investigación Preparatoria de Flagrancia y el 13º Juzgado Penal Unipersonal de Independencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, deberán de remitir la carga procesal por delitos en fl agrancia a las Unidades Modelo de Flagrancia Tipo I del distrito de San Martín de Porres. 2.2 Renombrar el Juzgado Penal Colegiado Transitorio del distrito de Los Olivos, provincia de Lima, Corte Superior de Justicia de Lima Norte, como 2º Juzgado Penal Colegiado Transitorio del mismo distrito, provincia y Corte Superior. 2.3 Redistribuir toda la carga procesal del 2º Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del distrito de Los Olivos, provincia de Lima y Corte Superior de Justicia de Lima Norte, hacia sus pares de la misma competencia territorial y funcional del mismo distrito, provincia y Corte Superior. 2.4 Convertir y reubicar el 1º y 2º Juzgados de Investigación Preparatoria Transitorios de Flagrancia del distrito de Independencia, y el 2º Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del distrito de Los Olivos, provincia de Lima y Corte Superior de Justicia de Lima Norte, como 1º Juzgado Penal Colegiado Transitorio del distrito de Los Olivos, provincia de Lima y Corte Superior de Justicia de Lima Norte, con la misma competencia territorial y funcional que el 2º Juzgado Penal Colegiado Transitorio del mismo distrito, provincia y Corte Superior; con turno abierto y por el periodo de 6 meses. 2.5 Redistribuir la cantidad de 50 expedientes en trámite de procesos comunes del 2º Juzgado Penal Colegiado Transitorio del distrito de Los Olivos, provincia de Lima y Corte Superior de Justicia de Lima Norte, hacia el 1º Juzgado Penal Colegiado Transitorio del mismo distrito, provincia y Corte Superior. 2.6 Redistribuir la cantidad de 50 expedientes en trámite de procesos comunes del Juzgado Penal Colegiado Permanente del distrito de Los Olivos, Provincia de Lima y Corte Superior de Justicia de Lima Norte, hacia el 1º Juzgado Penal Colegiado Transitorio del mismo distrito, provincia y Corte Superior. 2.7 Disponer que los expedientes a redistribuir en etapa de juzgamiento en función penal colegiado, autorizado en el presente apartado, son los que aún no hayan iniciado juicio oral; con la fi nalidad de evitar el quiebre de los procesos en trámite, puesto que serán culminados por los órganos jurisdiccionales de origen, priorizando aquellos procesos cuya fecha de programación de juicio oral sea la más lejana. 2.8 Disponer que los expedientes autorizados para redistribución en la presente norma deberán ser remitidos con todos sus cuadernos, anexos y cargos de noti fi cación completos, debidamente cosidos, foliados en números, y con todos sus escritos proveídos. Los expedientes que no cumplan con tales requisitos no serán objeto de redistribución, bajo responsabilidad. Artículo Tercero.- Establecer que los órganos jurisdiccionales de las Unidades Modelo de Flagrancia Tipo I del distrito de San Martín de Porres, funcionarán con el personal administrativo y jurisdiccional asignado conforme a la propuesta elaborada por la Comisión de Implementación de las Unidades de Flagrancia en el Perú, bajo responsabilidad del funcionario que disponga alternativa diferente, a fi n de garantizar la operatividad de las unidades de fl agrancia. Artículo Cuarto.- Disponer, a partir del 1 de abril de 2024, que en mérito de la ampliación de competencia de las Unidades Modelo de Flagrancia del distrito de San Martín de Porres, Corte Superior de Justicia de Lima Norte, los órganos jurisdiccionales del Proyecto Piloto Unidad de Flagrancia Delictiva de Lima Norte, aprobado por Resolución Administrativa N.º 000131-2023-CE-PJ, dejarán de tener competencia funcional y material respecto del proceso inmediato por delitos fl agrantes en todo el distrito de judicial. Artículo Quinto.- Disponer que la presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte realice las coordinaciones necesarias con los operadores de justicia (Ministerio Publico, Defensa Publica, Ministerio del Interior, Policía Nacional), a efectos de garantizar la implementación, funcionamiento y operatividad de las Unidades Modelo de Flagrancia San Martín de Porres, conforme al diseño, modelo y propuesta establecida. Artículo Sexto.- Disponer que a través de la Comisión de Implementación de las Unidades de Flagrancia en el Perú, se realice el seguimiento y monitoreo del funcionamiento y producción de las Unidades Modelo de Flagrancia del distrito de San Martín de Porres, Corte Superior de Justicia de Lima Norte, para el análisis correspondiente. Artículo Sétimo.- Notifi car la presente resolución a la Fiscalía de la Nación, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Ministerio del Interior, Dirección General de Defensa Pública y Acceso a la Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Secretaría Técnica de la Comisión Especial de Implementación del Código Procesal Penal, Unidad de Equipo técnico Institucional del Código Procesal Penal, Comisión de Implementación de las Unidades de Flagrancia en el Perú, Gerencia de Infraestructura Inmobiliaria, Gerencia de Informática, Corte Superior de Justicia de Lima Norte; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2272976-1 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Amplían plazo para la remisión y redistribución de expedientes dispuesta mediante Resolución Administrativa N° 115-2024-P-CSJLI-PJ y dictan otras disposiciones Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000224-2024-P-CSJLI-PJ Lima, 21 de marzo del 2024 VISTOS:Las Resoluciones Nº 042 y 057-2024-CE-PJ emitidas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial con fechas 31 de enero y 26 de febrero de 2024; la Resolución Administrativa Nº 115-2024-P-CSJLI-PJ de fecha 07 de febrero de 2024; y los O fi cios Múltiples Nº 0004 y 05-2024-ADM-UAF-GAD-CSJLI-PJ de fechas 08 y 18 de marzo de 2024; y, CONSIDERANDO:Primero . Mediante la Resolución Administrativa Nº 042-2024-CE-PJ, modi fi cada por Resolución Administrativa Nº 057-2024-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso reubicar el 2º Juzgado de Trabajo Transitorio de la provincia y Corte Superior de Justicia de Huánuco como 4º Juzgado de Trabajo Transitorio de Lima, a partir del 01 de marzo de 2024. Segundo . Asimismo, entre las medidas administrativas se dispuso la redistribución de expedientes desde el 10º, 12º, 20º y 39º Juzgados de Trabajo Permanente hacia el