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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MARZO DEL AÑO 2024 (22/03/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 46

46 NORMAS LEGALES Viernes 22 de marzo de 2024 El Peruano / VISTOS: El Acuerdo Nº 037-2024 del Consejo Directivo; el Informe Nº 000091-2024-ORH/INDECOPI de la O fi cina de Recursos Humanos; el Informe Nº 000050- 2024-OAJ/INDECOPI y el Memorándum Nº 000507-2024-OAJ/INDECOPI de la O fi cina de Asesoría Jurídica; el Informe Nº 000104-2024-GEG/INDECOPI de la Gerencia General; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 1 del Decreto Legislativo Nº 1033, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, se establece que éste es un organismo público especializado con personería jurídica de derecho público interno, que goza de autonomía funcional, técnica, económica, presupuestal y administrativa, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, y rige su funcionamiento de acuerdo con las disposiciones contenidas en la citada norma y en sus normas complementarias y reglamentarias; Que, el literal d) del artículo 5 de la precitada Ley, en concordancia con el literal e) del artículo 9 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado por Resolución Nº 000063-2021-PRE/INDECOPI, establecen que es función del Consejo Directivo designar, entre otros, a los miembros de las Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual de los órganos resolutivos de la entidad, teniendo en cuenta la opinión del Órgano Consultivo de conformidad con el literal b) del artículo 9 de dicha Ley, así como, el literal e) del artículo 15 de su Reglamento; Que, asimismo, el literal a) del artículo 22 de la mencionada Ley de Organización y Funciones, establece que los miembros de las comisiones del área de competencia son designados por el Consejo Directivo por cinco años, pudiendo ser designados por un periodo adicional; Que, con el artículo 3 de la Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del Indecopi Nº 274-2013-INDECOPI/COD, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 20 de noviembre de 2013, se designó a la señora MARIANELLA LISSETTE CHIMPEN ALDANA como Miembro de la Comisión adscrita de la O fi cina Regional del Indecopi de Loreto; Que, mediante el Acuerdo Nº 037-2024, el Consejo Directivo del INDECOPI acordó designar, por un segundo periodo, a la señora MARIANELLA LISSETTE CHIMPEN ALDANA como miembro de la Comisión adscrita de la Ofi cina Regional del Indecopi de Loreto, y encomendar a la Gerencia General y a la Presidencia Ejecutiva las gestiones correspondientes para la debida ejecución de dicho acuerdo; Que, con el Informe Nº 000091-2024-ORH/INDECOPI, la O fi cina de Recursos Humanos concluye que la señora MARIANELLA LISSETTE CHIMPEN ALDANA cumple con los requisitos para ser designada como Miembro de la Comisión adscrita de la O fi cina Regional del Indecopi de Loreto; Que, a través del Informe Nº 000050-2024-OAJ/ INDECOPI y Memorándum Nº 000507-2024-OAJ/INDECOPI, la O fi cina de Asesoría Jurídica considera legalmente viable que la Presidenta Ejecutiva emita el acto resolutivo que formalice la designación de miembro de la comisión antes mencionada, por un periodo adicional; Con el visado de la Gerencia General, de la O fi cina de Recursos Humanos y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1033, Ley de Organización y Funciones del INDECOPI; en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y en el Texto Integrado de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Nº 000063-2021-PRE/INDECOPI; SE RESUELVE: Artículo Único.- Formalizar el Acuerdo Nº 037-2024 del Consejo Directivo, el cual aprueba la designación, por un periodo adicional, de la señora MARIANELLA LISSETTE CHIMPEN ALDANA como Miembro de la Comisión adscrita de la O fi cina Regional del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI de Loreto. Regístrese, comuníquese y publíquese.KARIN CÁCERES DURANGO Presidenta Ejecutiva 2272954-1 Formalizan Acuerdo del Consejo Directivo que aprueba designación, por un periodo adicional, de Miembro de la Comisión adscrita de la Oficina Regional del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI de Puno RESOLUCIÓN Nº 000048-2024-PRE/INDECOPI San Borja, 21 de marzo del 2024 VISTOS: El Acuerdo Nº 052-2024 del Consejo Directivo; los Informes Nº 000099-2024-ORH/INDECOPI y Nº 000134-2024-ORH/INDECOPI de la O fi cina de Recursos Humanos; el Informe Nº 000085-2024-OAJ/INDECOPI y el Memorándum Nº 000506-2024-OAJ/INDECOPI de la O fi cina de Asesoría Jurídica; el Informe Nº 000103-2024-GEG/INDECOPI de la Gerencia General; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 1 del Decreto Legislativo Nº 1033, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, se establece que éste es un organismo público especializado con personería jurídica de derecho público interno, que goza de autonomía funcional, técnica, económica, presupuestal y administrativa, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, y rige su funcionamiento de acuerdo con las disposiciones contenidas en la citada norma y en sus normas complementarias y reglamentarias; Que, el literal d) del artículo 5 de la precitada Ley, en concordancia con el literal e) del artículo 9 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado por Resolución Nº 000063-2021-PRE/INDECOPI, establecen que es función del Consejo Directivo designar, entre otros, a los miembros de las Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual de los órganos resolutivos de la entidad, teniendo en cuenta la opinión del Órgano Consultivo de conformidad con el literal b) del artículo 9 de dicha Ley, así como, el literal e) del artículo 15 de su Reglamento; Que, asimismo, el literal a) del artículo 22 de la mencionada Ley de Organización y Funciones, establece que los miembros de las comisiones del área de competencia son designados por el Consejo Directivo por cinco años, pudiendo ser designados por un periodo adicional; Que, con la Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del Indecopi Nº 161-2015-INDECOPI/COD, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 26 de setiembre de 2015, se designó al señor RICARDO WILLAN ALVAREZ GONZALES como miembro de la Comisión adscrita de la O fi cina Regional del Indecopi Puno, con efectividad al 21 de setiembre de 2015; Que, mediante el Acuerdo Nº 052-2024, el Consejo Directivo del INDECOPI acordó designar al señor RICARDO WILLAN ALVAREZ GONZALES como miembro de la Comisión adscrita de la O fi cina Regional del Indecopi de Puno, y encomendar a la Gerencia General y