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29 NORMAS LEGALES Miércoles 2 de octubre de 2024 El Peruano / autoriza, de manera excepcional, durante el Año Fiscal 2024, al Ministerio de Economía y Finanzas a realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, con cargo a los recursos a los que se re fi ere el artículo 53 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para fi nanciar, entre otros, los gastos asociados a la reactivación de la economía a través de la ejecución de la inversión e intervenciones de mantenimiento; Que, asimismo, el numeral 2 de la Vigésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31953, señala que las modi fi caciones presupuestarias a las que se re fi ere el numeral anteriormente citado, se aprueban utilizando sólo el mecanismo establecido en el artículo 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, debiendo contar además con el refrendo del ministro del sector correspondiente, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, y con el refrendo del Presidente del Consejo de Ministros en el caso del Gobierno Regional y Gobierno Local, a propuesta de la entidad solicitante; Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos; disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, mediante el Ofi cio Nº 2191-2024-MTC/04, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco de la Vigésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; asimismo, solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, a favor de dos (02) gobiernos regionales y veintiocho (28) gobiernos locales, para fi nanciar gastos asociados a la reactivación de la economía a través de la ejecución de proyectos de inversión de infraestructura vial, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco de lo establecido en el literal b) del numeral 1 de la Vigésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; adjuntando, para dicho efecto, el Informe Nº 0571-2024-MTC/09.03 de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con los sustentos correspondientes; Que, mediante el O fi cio Nº 3311-2024-MIDAGRI- SG, el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego solicita, una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector público para el Año Fiscal 2024 a favor del Gobierno Regional del Departamento de Ayacucho, para fi nanciar la ejecución de un proyecto de inversión de infraestructura de riego, con cargo a la Reserva de Contingencia de conformidad con lo establecido en el literal b), del numeral 1 y el numeral 2 de la Vigésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024. adjuntando, para dicho efecto el Informe Nº 0510-2024-MIDAGRI-SG/OGP-OPRES de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; Que, mediante el Memorando Nº 0607-2024- EF/63.04, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas señala que la inversión en materia de infraestructura de riego del presente Decreto Supremo cuenta con el pronunciamiento favorable de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego con relación a lo establecido en el párrafo 10 del numeral 10.3 del artículo 10 del Decreto Supremo Nº 074-2023-EF; asimismo, precisa que dicha inversión no presenta observaciones, se encuentra activa, viable, con registro de expediente técnico e incluida en el PMI; Que, mediante el Memorando Nº 0637-2024- EF/63.04, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas emite opinión técnica respecto a las inversiones de infraestructura vial materia del presente Decreto Supremo, señalando que de la revisión efectuada por el equipo sectorial de Transportes de la Dirección de Gestión de Inversiones se ha identi fi cado que los treinta y tres (33) proyectos de inversión se encuentran viables, en estado activo y en fase de ejecución. Asimismo, precisa que no presentan comentarios, cuentan con registro de expediente técnico y se encuentran incluidas en el PMI; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 60 000 000,00 (SESENTA MILLONES Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en el marco de lo dispuesto en la Vigésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31953; así como, autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 120 486 321,00 (CIENTO VEINTE MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS VEINTIUNO Y 00/100 SOLES), a favor de dos (02) gobiernos regionales y veintiocho (28) gobiernos locales, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para fi nanciar los fi nes señalados en los considerandos precedentes en el marco de lo dispuesto en el literal b) del numeral 1 y el numeral 2 de la Vigésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31953; De conformidad con lo establecido en la Vigésima Primera Disposición Complementaria Final y el literal b) del numeral 1 y el numeral 2 de la Vigésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 y en los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA: Artículo 1. Transferencia de Partidas a favor de la Reserva de Contingencia 1.1. Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 60 000 000,00 (SESENTA MILLONES Y 00/100 SOLES), a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en el marco de la Vigésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, de acuerdo con el siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 036 : Ministerio de Transportes y Comunicaciones UNIDAD EJECUTORA 010 : Provias Descentralizado CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 0138 : Reducción del costo, tiempo e inseguridad en el sistema de transporte FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios