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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2024 (31/10/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 212

TEXTO PAGINA: 65

65 NORMAS LEGALES Jueves 31 de octubre de 2024 El Peruano / al 17 de noviembre de 2024, el cual será aplicable a las Áreas Naturales Protegidas identi fi cadas en el Anexo de la presente Resolución; solicitando su aprobación a través de Resolución Presidencial; Que, en ese sentido y de conformidad a la opinión legal vertida en el Informe N° 000686-2024-SERNANP/OAJ-SGD, en la que concluye entre otros aspectos que, nuestra institución es competente para establecer los montos a cancelar por el ingreso a las ANP de Administración Nacional y aplicar tarifas promocionales en periodos determinados, corresponde emitir el acto que apruebe lo solicitado; Con el visto bueno de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General; y, De conformidad con las atribuciones conferidas en el literal p) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2008-MINAM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar las tarifas promocionales, conforme a la tarifa que se adquiera, consistente en permitir el ingreso dos (02) visitantes por el precio de uno, a las Áreas Naturales Protegidas de administración nacional, detalladas en el Anexo de la presente resolución, a aplicarse en el periodo del 14 al 17 de noviembre de 2024. Artículo 2.- Disponer que, culminada la vigencia de las tarifas promocionales identi fi cadas en el artículo precedente, continuarán vigentes las tarifas promocionales que hayan sido aprobadas por las jefaturas de las Áreas Naturales Protegidas de administración nacional listadas en el Anexo. Artículo 3.- Establecer que la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas informe a la Presidencia del Consejo Directivo, sobre las acciones implementadas en atención a lo resuelto en el artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 4.- Notifi car la presente Resolución al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, y a las jefaturas de las Áreas Naturales Protegidas detalladas en el Anexo de la presente resolución. Artículo 5.- Publicar la presente resolución y su Anexo en el portal institucional del SERNANP: (www.gob.pe/sernanp), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCOS LUIS PASTOR ROZAS Jefe (e) del SERNANP ANEXO Listado de Áreas Naturales Protegidas en las que se aplicarán las tarifas promocionales N° Áreas Naturales Protegidas 1Reserva Nacional Sistema de Islas y Puntas Guaneras - Palomino Reserva Nacional Sistema de Islas y Puntas Guaneras - Isla GuañapeReserva Nacional Sistema de Islas y Puntas Guaneras - Punta San Juan Reserva Nacional Sistema de Islas y Puntas Guaneras - Punta Coles 2 Reserva Nacional San Fernando 3 Reserva Nacional Allpahuayo Mishana4 Reserva Nacional de Junín5 Santuario Histórico Bosque de Pómac 6 Santuario Histórico de Chacamarca 7 Santuario Nacional Manglares de Tumbes8 Parque Nacional Yanachaga Chemillén 2339740-1SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN LABORAL FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 235-2024- SUNAFIL Mediante O fi cio N° 628-2024-SUNAFIL/GG, la Gerencia General de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Superintendencia N° 235-2024-SUNAFIL, publicada el día 30 de octubre de 2024. - En el artículo 1; DICE: (…) ROBERTO JAVIER LIGÁN GUERRERO (…) DEBE DECIR:(…) ROBERTO JAVIER LINGÁN GUERRERO (…) 2339774-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD Disponen la publicación del proyecto de norma que aprueba el “Reglamento del Modelo de Transacción Electrónica de Datos Estandarizados de Facturación - Modelo TEDEF-IPRESS-IAFAS y TEDEF-SUSALUD” y tres (03) Anexos RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 211-2024- SUSALUD/S Lima, 29 de octubre de 2024 VISTOS: El Memorándum N° 001754-2024-SUSALUD- SAREFIS, de la Superintendencia Adjunta de Regulación y Fiscalización; el Informe N° 001744-2024-SUSALUD-INA, de la Intendencia de Normas y Autorizaciones; el Memorándum N° 002115-2024-SUSALUD-IID, de la Intendencia de Investigación y Desarrollo y; el Informe N°001139-2024-SUSALUD-OGAJ e Informe N° 0001144-2024-SUSALUD-OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los artículos 9, 11 y 13 del Texto Único Ordenado - TUO de la Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2014-SA, en concordancia con el Decreto Legislativo N° 1158, se crea la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD) como organismo público técnico especializado, adscrito al Ministerio de Salud, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; encargada de promover, proteger y defender los derechos de las personas al acceso a los servicios de salud; registrar, autorizar, supervisar y regular a las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS), así como, supervisar y registrar a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) y Unidades de Gestión de IPRESS (UGIPRESS), en el ámbito de su competencia;