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78 NORMAS LEGALES Jueves 31 de octubre de 2024 El Peruano / HASTA EL 31 DE ENERO DE 2025 Corte Superior de Justicia de Ancash- Juzgado Civil Transitorio - HuarazCorte Superior de Justicia de Huaura- Juzgado Civil Transitorio - HuachoCorte Superior de Justicia de La Libertad- Juzgado de Paz Letrado Mixto Transitorio - ParcoyCorte Superior de Justicia de Lima- 2° Juzgado de Trabajo Transitorio - Lima - 3° Juzgado de Trabajo Transitorio - Lima- 17° Juzgado de Trabajo Transitorio - Lima Corte Superior de Justicia de Lima Norte - 2° Juzgado de Trabajo Transitorio - Independencia Corte Superior de Justicia de Lima Sur- Sala Mixta Transitoria - Villa María del Triunfo - Juzgado de Familia Transitorio - Chorrillos Corte Superior de Justicia de Piura - Sala Laboral Transitoria - Piura - Juzgado Civil Transitorio - Piura HASTA EL 28 DE FEBRERO DE 2025 Corte Superior de Justicia de Lima - 3° Juzgado Civil Transitorio - LimaCorte Superior de Justicia de Lima Norte- Juzgado de Familia Transitorio - San Martín de Porres HASTA EL 31 DE MARZO DE 2025Corte Superior de Justicia de Cañete- Juzgado de Trabajo Transitorio - Cañete Corte Superior de Justicia de Huánuco - Juzgado de Familia Transitorio Subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar - Huánuco - Juzgado de Paz Letrado Mixto Transitorio - Huánuco Corte Superior de Justicia de Lima - 1° Juzgado de Trabajo Transitorio - LimaCorte Superior de Justicia de Lima Este - Juzgado de Paz Letrado Mixto Transitorio - San Juan de Lurigancho Corte Superior de Justicia de Moquegua- Juzgado de Familia Transitorio Subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar - Ilo Corte Superior de Justicia de Puente Piedra - Ventanilla - Juzgado de Trabajo Transitorio - VentanillaArtículo Segundo.- Disponer que el presidente de la Corte Superior de Justicia de Ancash adopte las medidas administrativas necesarias para mejorar el nivel resolutivo del Juzgado Civil Transitorio de la provincia de Huaraz, debido a que al mes de agosto de 2024 tuvo un avance de meta del 54%, menor al avance ideal del 64%, correspondiente a dicho período. Artículo Tercero.- Disponer que el 1° y 2° Juzgados de Familia Permanentes de la provincia y Corte Superior de Justicia de Cajamarca, que a partir del 1 de noviembre de 2024, se convertirán en 1° y 2° Juzgados de Familia Permanentes subespecializados en violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar de dicha provincia y Corte Superior, continúen, hasta su total culminación, a cargo de los expedientes judiciales electrónicos de las subespecialidades distintas a procesos de violencia familiar, cuya carga pendiente, de manera conjunta, es de apenas 78 expedientes, conforme a lo informado por la Presidencia de dicha Corte Superior de Justicia. Artículo Cuarto.- Disponer que el Juzgado de Trabajo Permanente de la provincia y Corte Superior de Justicia de Cañete, redistribuya de manera aleatoria hacia el Juzgado de Trabajo Transitorio de la misma provincia, un máximo de 100 expedientes físicos en etapa de trámite, a razón de 50 expedientes de la subespecialidad Nueva Ley Procesal de Trabajo (NLPT) y 50 de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP), respectivamente, que no se encuentren expeditos para sentenciar al 30 de noviembre de 2024, no debiendo considerarse en dicha redistribución a aquellos expedientes que se encuentren en etapa cali fi cación ni ejecución, lo cual deberá informarse al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en un plazo no mayor a treinta (30) días calendario. Artículo Quinto.- Disponer las siguientes medidas administrativas en la Corte Superior de Justicia de Huánuco: 5.1 Que el 2° Juzgado de Paz Letrado Mixto Permanente del distrito de Huánuco redistribuya aleatoriamente hacia el Juzgado de Paz Letrado Mixto Transitorio del mismo distrito, un máximo de 350 expedientes físicos en etapa de trámite, a razón de 150 de la subespecialidad civil-civil y 200 de la especialidad penal (faltas), que no se encuentren expeditos para sentenciar al 30 de noviembre de 2024, no debiendo considerarse en dicha redistribución a aquellos expedientes que se encuentren en etapa de ejecución, lo cual deberá informarse al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en un plazo no mayor a treinta (30) días calendario. 5.2 Que el presidente de la Corte Superior de Justicia de Huánuco disponga las medidas administrativas convenientes para que el 3° Juzgado de Familia Permanente subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de la referida provincia, resuelva con mayor celeridad los procesos a su cargo, en razón de que presentó al mes de agosto de 2024 una considerable carga pendiente de 115 expedientes, la misma que debió de resolverse de manera más célere, en razón de que las medidas de protección que se emiten en estos procesos deben dictarse en plazos máximos de 24 hasta 48 horas. Artículo Sexto.- Disponer las siguientes medidas administrativas en la Corte Superior de Justicia de Huaura: 6.1 Que el 1° y 2° Juzgados Civiles Permanentes del distrito de Huacho redistribuyan cada uno aleatoriamente al Juzgado Civil Transitorio del mismo distrito, un máximo de 100 expedientes físicos en etapa de trámite de la subespecialidad civil-civil, que correspondan a procesos de la vía procedimental de proceso ejecutivo y en caso de no poder completarse dicha cantidad expedientes, redistribuir los procesos de las otras vías procedimentales; debiendo tomarse en cuenta aquellos procesos no se encuentren expeditos para sentenciar al 30 de noviembre de 2024, no debiendo considerarse en dicha redistribución a aquellos expedientes que se encuentren en etapa de ejecución, lo cual deberá informarse al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en un plazo no mayor a treinta (30) días calendario. 6.2 Que el presidente de la Corte Superior de Justicia de Huaura adopte las medidas administrativas para mejorar el nivel resolutivo del 2° Juzgado Civil Permanente