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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2024 (31/10/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 212

TEXTO PAGINA: 72

72 NORMAS LEGALES Jueves 31 de octubre de 2024 El Peruano / Aprueban reprogramación de Pasantía a realizarse en la ciudad de Buenos Aires (Argentina), modifican relación de magistrados seleccionados aprobada por Res. Adm. N° 300-2024-CE-PJ, y dictan otras disposiciones Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000362-2024-CE-PJ Lima, 25 de octubre del 2024 VISTOS: Los O fi cios Nºs. 000076 y 000078-2024-C-PPOR1002- P-PJ, cursados por la Coordinadora de seguimiento, monitoreo y supervisión del Programa Presupuestal orientado a Resultados PPoR RVcM 1002. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolución Administrativa N° 300-2024-CE-PJ, del 24 de octubre de 2024, se aprobó el “Plan de Pasantía” presentado por el Programa Presupuestal Orientado a Resultados PPoR RVcM 1002, con sus respectivos anexos; y se autorizó a los magistrados/as mencionados en Anexo 1, a participar en las pasantías organizadas por el PPoR RVcM 1002. Segundo. Que, el 30 de setiembre del presente año, en reunión virtual, entre el Responsable Técnico (e) del Programa Presupuestal Orientado a Resultados PPoR RVcM 1002 y la Directora Ejecutiva del Centro de Estudios de Justicia de las Américas - CEJA, esta última manifestó la necesidad de reprogramar la pasantía que se iba a realizar en la ciudad de Buenos Aires (Argentina) del 21 al 25 de octubre de 2024, considerando la proximidad de la fecha y las coordinaciones que tienen que realizar para llevar a cabo tal actividad. Dicho pedido fue formalizado con el O fi cio N° 177/2024/DE, del 2 de octubre de 2024, en el que solicitó “… recalendarizar el viaje de estudios del grupo 1 a la ciudad de Buenos Aires (Argentina). Proponemos, para ello, que las nuevas fechas de dicho viaje sean del 11 al 15 de noviembre de 2024 ”. Tercero. Que la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Cusco mediante O fi cio N° 001743-2024-P-CSJCU-PJ, solicita el reemplazo del señor Luis Joel Peña Mendoza, juez supernumerario bene fi ciario de la mencionada pasantía, en razón a su nombramiento como Juez titular de un juzgado de paz letrado, que no pertenece al Sistema Nacional Especializado de Justicia para la protección y sanción de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar. Cuarto. Que, en el numeral 2.13 de la Resolución Corrida N° 000619-2024-CE-PJ, se dispuso que el Programa Presupuestal Orientado a Resultados de Reducción de la Violencia contra la Mujer PPoR RVcM 1002, efectúe constante capacitación a las Cortes Superiores de Justicia del país que están implicadas en la entrada en vigencia del módulo especializado para el año 2025, a fi n que tanto jueces y personal jurisdiccional conozcan las competencias de la justicia especializada. En ese sentido, es de precisar que en la Corte Superior de Justicia de Lambayeque (cuya implementación está programado para el primer semestre de 2025) existen dos jueces titulares y tres jueces provisionales en el módulo de protección, cuyas remuneraciones son fi nanciadas por el PPoR RVcM 1002. Por tanto, en cumplimiento de la mencionada resolución, corresponde incluir a los jueces del referido distrito judicial (según corresponda) al plan de pasantías aprobado por Resolución Administrativa N° 300-2024-CE-PJ. Para tal fi n, es necesario la modi fi cación de la relación de participantes, en el que se esta dando prioridad a los jueces titulares y provisionales, toda vez que los jueces supernumerarios están sujetos a mayor posibilidad de rotación (a comparación de los jueces provisionales), además se ha incorporado a los/as magistrados/as titulares y provisionales pertenecientes a la Corte Superior de Justicia de Lambayeque. Quinto. Que, de igual forma, el artículo 40 del Reglamento de Licencias para Magistrados del Poder Judicial, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 018-2004-CE-PJ, señala que la licencia por capacitación ofi cial, en el país o en el extranjero, se otorga al magistrado para que intervenga en cursos o certámenes destinados a la adquisición de conocimiento teórico-prácticos, considerados como fundamentales dentro de los planes institucionales y para su quehacer jurisdiccional, se entiende como capacitación o fi cial. Sexto. Que, el Acuerdo de Cooperación Interinstitucional entre el Poder Judicial de la República del Perú y el Centro de Estudios de Justicia de las Américas, fi rmado el 4 de mayo de 2021, permite a las partes la coordinación conjunta para la organización y ejecución de conferencias, seminarios, talleres y otros encuentros académicos que posibiliten espacios para la discusión y el intercambio de experiencias, así como otorgar, cuando sea posible, facilidades a los jueces y personal del Poder Judicial para acceder a los programas académicos que sean brindados por el referido Centro de Estudios, entre otras acciones; y la Adenda N° 001, fi rmada en el mes de marzo de 2023, que amplía la vigencia del acuerdo por un plazo de dos años y rati fi ca el Convenio manteniendo vigentes y sin alteraciones los demás términos y condiciones. Sétimo. Que la Coordinadora de seguimiento, monitoreo y supervisión del Programa Presupuestal orientado a Resultados PPoR RVcM 1002, mediante Ofi cios Nros. 000076 y 000078-2024-C-PPOR1002-P-PJ, solicita lo siguiente: 1. Aprobar la reprogramación de la Pasantía a realizarse en la ciudad de Buenos Aires (Argentina), debiendo considerarse como nueva fecha los días del 11 al 15 de noviembre del presente año. 2. Conceder licencia con goce de remuneraciones a los cuarenta y cinco magistrados que forman parte de Anexo 1, para participar en la Pasantía internacional organizada por el PPoR RVcM 1002, según cronograma. 3. Incorporar la autorización de la asistencia técnica a cargo del Centro de Estudios de Justicia de las Américas CEJA, organismo que viene gestionando las actividades en cada país. 4. Actualizar la Relación de Magistrados modi fi cando el Anexo 1 que forma parte del Plan de Pasantía, considerándose además a magistrados de la Corte superior de Justicia de Lambayeque. Octavo. Que, el artículo 82, numeral 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por tales fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1361- 2024 de la trigésima sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 18 de octubre de 2024, realizada con la participación del señor Arévalo Vela, señora Barrios Alvarado, señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la reprogramación de la Pasantía a realizarse en la ciudad de Buenos Aires (Argentina), debiendo considerarse como nueva fecha, del 11 al 15 de noviembre del presente año. Artículo Segundo.- Modi fi car la relación de magistrados seleccionados para la Pasantía aprobado por Resolución Administrativa N° 300-2024-CE-PJ, considerándose la actual lista contenida en el Anexo 1. Artículo Tercero.- Conceder licencia con goce de remuneraciones a los 45 magistrados que fi guran en el Anexo 1, para participar en las pasantías organizadas por