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54 NORMAS LEGALES Jueves 17 de abril de 2025 El Peruano / nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor LUIS FERNANDO REATEGUI LAZARTE en el cargo público de confianza de Viceministro del Despacho Viceministerial de Seguridad Pública del Ministerio del Interior. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República JULIO DIAZ ZULUETA Ministro del Interior 2391915-8 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Acceden a solicitud de extradición activa de ciudadano peruano para ser extraditado del Reino de España y ser procesado en la República del Perú RESOLUCIÓN SUPREMA N° 075-2025-JUS Lima, 16 de abril de 2025 VISTO; el Informe N° 067-2025/COE-TPC, del 11 de abril de 2025, de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de extradición activa del ciudadano de nacionalidad peruana JEFERSON BORIS NONONE PACHECO formulada por el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de La Victoria - San Luis de la Corte Superior de Justicia de Lima, para ser extraditado del Reino de España y ser procesado en la República del Perú por la presunta comisión de los delitos de tocamientos, actos de connotación sexual o actos libidinosos en agravio de menores; y, de violación sexual, ambos en agravio de una menor de edad con identidad reservada; CONSIDERANDO: Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo, previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la República, en cumplimiento de la ley y los tratados; Que, conforme al numeral 5) del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS, concordante con el numeral 6) del artículo 26 del Código Procesal Penal, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas; Que, mediante Resolución Consultiva del 27 de marzo de 2025, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declara procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano de nacionalidad peruana JEFERSON BORIS NONONE PACHECO formulada por el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de La Victoria - San Luis de la Corte Superior de Justicia de Lima, para ser procesado por la presunta comisión de los delitos de tocamientos, actos de connotación sexual o actos libidinosos en agravio de menores; y, de violación sexual, ambos en agravio de una menor de edad con identidad reservada; Que, el literal a) del artículo 28 del Decreto Supremo N° 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone al Consejo de Ministros, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente; Que, de acuerdo con el numeral 1) del artículo 514 del Código Procesal Penal, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con el acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Oficial; Que, mediante Informe N° 067-2025/COE-TPC, del 11 de abril de 2025, la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone acceder a la solicitud de extradición activa de la persona requerida, para ser procesada por la presunta comisión de los delitos de tocamientos, actos de connotación sexual o actos libidinosos en agravio de menores; y, de violación sexual, ambos en agravio de una menor de edad con identidad reservada; Que, de conformidad con lo establecido en el Tratado de Extradición entre la República del Perú y el Reino de España suscrito el 28 de junio de 1989 y vigente desde el 31 de enero de 1994 y su Enmienda vigente desde el 9 de julio de 2011; así como en el Código Procesal Penal peruano y en el Decreto Supremo N° 016-2006-JUS respecto del trámite interno y en todo lo que no disponga el Tratado; En uso de la facultad conferida en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1.- Acceder a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano JEFERSON BORIS NONONE PACHECO para ser extraditado del Reino de España y ser procesado en la República del Perú por la presunta comisión de los delitos de tocamientos, actos de connotación sexual o actos libidinosos en agravio de menores; y, de violación sexual, ambos en agravio de una menor de edad con identidad reservada. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Ministro de Justicia y Derechos Humanos ELMER SCHIALER SALCEDO Ministro de Relaciones Exteriores 2391915-3 Acceden a solicitud de extradición pasiva de ciudadano libanés y ecuatoriano para ser extraditado de la República del Perú y ser procesado en la Federación de Rusia RESOLUCIÓN SUPREMA N° 076-2025-JUS Lima, 16 de abril de 2025 VISTO; el Informe N° 068-2025/COE-TPC, del 11 de abril de 2025, de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de extradición pasiva del ciudadano de nacionalidad libanesa y ecuatoriana JOSEPH HADCHITI formulada