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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ABRIL DEL AÑO 2025 (29/04/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 75

75 NORMAS LEGALES Martes 29 de abril de 2025 El Peruano / a) Aprobar el Cuadro Multianual de Necesidades - CMN del RENIEC y sus modi fi caciones, en el marco de lo dispuesto en la normativa de la materia. b) Aprobar todas las actuaciones derivadas de las contrataciones menores en las fases de actuaciones preparatorias y ejecución contractual de acuerdo a lo establecido en la normatividad de contrataciones públicas. c) Registrar en las herramientas digitales de la Plataforma Digital para las Contrataciones Públicas - PLADICOP las actuaciones correspondientes a los actos y procedimientos de los contratos menores y aquellos correspondientes a las tres fases del proceso de contratación dentro del ámbito de la aplicación de la normatividad en contratación pública vigente. d) Aprobar todas las actuaciones derivadas de las contrataciones de Acuerdos Marco, comprende las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, sin eximir de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto. e) Perfeccionar las contrataciones menores, con la suscripción de orden de compra o de servicio y su notifi cación o con la suscripción de un contrato en caso la prestación supere el año fi scal; y las contrataciones derivadas de Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco. Que asimismo la O fi cina de Asesoría Jurídica mediante el informe de vistos precisa que la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Ley 32069 - Ley General de Contrataciones Públicas señala: CUARTA. Aplicación de la norma en el tiempo: Los procedimientos de selección iniciados antes de la vigencia de la presente ley se rigen por las normas vigentes al momento de su convocatoria; en ese contexto, todos los procedimientos de selección iniciados (entiéndase también los contratos vigentes que se vienen ejecutando) antes de la vigencia de la presente Ley 32069 - Ley General de Contrataciones Públicas, se rigen por las normas vigentes al momento de su convocatoria; en consecuencia, estando a que actualmente la Entidad cuenta con procedimientos de selección convocados y contratos vigentes que vienen siendo ejecutados en el marco de la Ley N° 30225, su reglamento y modi fi catorias, la O fi cina de Asesoría Jurídica concuerda con la O fi cina de Administración y Finanzas, en el sentido de mantener la vigencia de la Resolución Jefatural N° 000021-2025/JNAC/RENIEC, en lo que respecta a la Delegación de facultades sobre esta materia, únicamente hasta la fi nalización de los mismos; Que fi nalmente, en relación a la designación de la Dependencia Encargada de las Contrataciones en el marco de la ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas y su Reglamento, el literal e) del Art. 25 de la Ley N° 32069, la O fi cina de Asesoría Jurídica señala que el ROF del RENIEC aprobado mediante Resolución Jefatural N° 0061-2024/JNAC/RENIEC (08ABR2024); en su Artículo 71º.establece que: “la Unidad de Logística es la Unidad Orgánica responsable de garantizar el suministro de bienes y servicios en forma oportuna a los órganos y unidades orgánica de la institución en concordancia con el sistema administrativo de abastecimiento y lo dispuesto en la Ley de Contrataciones del Estado, su reglamento y normas conexas”; bajo ese contexto concluye que corresponde designar a la Unidad de Logística como la Dependencia Encargada de las Contrataciones de la Entidad; Que con el propósito de desconcentrar las facultades y agilizar la marcha administrativa del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (RENIEC), resulta conveniente delegar aquellas facultades y atribuciones que permitan emitir e implementar los actos o actuaciones que no sean privativas de la Secretaría General, conforme a lo señalado en las normas vigentes; y, Estando a lo sustentado por la O fi cina de Administración y Finanzas, con la opinión favorable de la O fi cina de Asesoría Jurídica y, conforme con lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural N° 000061-2024-JNAC/RENIEC (08ABR2024) ), así como en lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº009-2024- JUS, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Delegar en el/la Jefe/a de la O fi cina de Administración y Finanzas del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (RENIEC) las siguientes facultades: a) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones y sus modi fi catorias, así como supervisar su ejecución. b) Aprobar los procesos de compatibilización de requerimientos. c) Aprobar los expedientes de contratación de los procedimientos de selección para bienes, servicios, consultorías y obras. d) Designar a los miembros titulares y suplentes de los Comités y a los expertos integrantes de los Jurados, así como, así como aprobar su remoción, renuncia y designar nuevos integrantes. e) Aprobar la cancelación de los procedimientos de selección, mediante resolución, por causal debidamente motivada y bajo los lineamientos dispuestos en la normativa de contrataciones públicas. f) Suscribir y resolver los contratos derivados de los procedimientos de selección, previo cumplimiento de los requisitos para su perfeccionamiento; así como, modi fi carlos a través de la suscripción de adendas. g) Suscribir los contratos complementarios, hasta por el monto máximo permitido por la normativa de contrataciones públicas. h) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo contractual derivadas de los procedimientos de selección y noti fi car la decisión a los contratistas. i) Aprobar la ejecución de prestaciones adicionales y la reducción de prestaciones, de bienes y servicios, hasta el máximo permitido por la normativa vigente de contrataciones públicas. j) Aprobar, suscribir u observar las liquidaciones de ejecución de obras y de supervisión de obras que se presenten ante la Entidad. k) Gestionar ante el Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas E fi cientes (OECE) y Tribunal de Contrataciones Públicas toda la documentación que sea concerniente a los procedimientos de contratación y los procedimientos administrativos sancionadores. l) Aprobar la modi fi cación de contrato cuando implique la variación del monto contractual, así como la modi fi cación contractual por hecho sobreviviente bajo causa imputable a alguna de las partes, conforme a lo previsto por el artículo 110º del Reglamento de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas. m) Autorizar la suspensión de plazo de ejecución.n) Aprobar la subcontratación de prestaciones hasta por el máximo permitido por la norma en contrataciones públicas. o) Aprobar que no se utilice la subasta inversa para la contratación de bienes o servicios que cuenten con fi cha técnica, cuando de la estrategia de contratación determina que existe el riesgo objetivamente sustentado de que no se presenten su fi cientes proveedores para realizar la puja correspondiente; así como remitir a Perú Compras la documentación que sustenta dicha aprobación. p) Autorizar la cesión de posición contractual en los casos permitidos por la norma en contrataciones públicas. Artículo Segundo.- Delegar en el/la Jefe/a de la Unidad de Logística de la O fi cina de Administración y Finanzas, las siguientes facultades: a) Aprobar el Cuadro Multianual de Necesidades - CMN del RENIEC y sus modi fi caciones, en el marco de lo dispuesto en la normativa de la materia. b) Aprobar todas las actuaciones derivadas de las contrataciones menores en las fases de actuaciones preparatorias y ejecución contractual de acuerdo a lo establecido en la normatividad de contrataciones públicas. c) Registrar en las herramientas digitales de la Plataforma Digital para las Contrataciones Públicas - PLADICOP las actuaciones correspondientes a los