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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE AGOSTO DEL AÑO 2025 (02/08/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Sábado 2 de agosto de 2025 El Peruano / y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, y en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 046-2009-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Ampliar hasta el 15 de agosto de 2025, el plazo establecido en la Sección III de la “Guía para el seguimiento y evaluación de políticas nacionales y planes del Sinaplan”, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 056-2025-CEPLAN/PCD, para la aprobación y publicación del Reporte de Seguimiento del primer semestre del año 2025 del Plan Estratégico Institucional (PEI) y del Reporte de Seguimiento del año 2024 del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM). Artículo 2.- Disponer que la O fi cina General de Administración gestione la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal institucional: www.gob.pe/ceplan . Regístrese y comuníquese y publíquese.GIOFIANNI DIGLIO PEIRANO TORRIANI Presidente del Consejo Directivo del CEPLAN 2424016-1 ORGANISMO ESPECIALIZADO PARA LAS CONTRATACIONES PÚBLICAS EFICIENTES Designan Asesora II de la Presidencia Ejecutiva del OECE RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° D000042-2025- OECE-PRE Jesús María, 30 de julio del 2025 VISTOS: El Informe N° D000067-2025-OECE-ORH de la Ofi cina de Recursos Humanos; y el Informe N° D000110- 2025-OECE-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el párrafo 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas establece que el Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas E fi cientes (OECE) es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, administrativa, funcional, económica y fi nanciera; Que, se encuentra vacante el cargo de con fi anza de Asesor II (CAP-P N° 004) de la Presidencia Ejecutiva del OECE; Que, se estima conveniente designar al profesional que desempeñará el mencionado cargo; Con las visaciones de la Gerenta General, de la Jefa (e) de la O fi cina de Recursos Humanos y de la Jefa de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas E fi cientes, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D000002-2025- OECE-PRE;SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora Giuliana Rocio Huarcaya Borja en el cargo de con fi anza de Asesora II (CAP-P N° 004) de la Presidencia Ejecutiva del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas E fi cientes, a partir del 4 de agosto de 2025. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIRTHA A. RÁZURI ALPISTE Presidenta Ejecutiva 2423754-1 SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE Nº 089-2025-SMV/02 Lima, 31 de julio de 2025 El Superintendente del Mercado de Valores VISTOS: El Expediente Nº 2025025051; y el Informe Conjunto Nº 932-2025-SMV/07/08 de la O fi cina de Planeamiento, Gestión e Integridad y de la O fi cina de Administración de la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) que recomienda autorizar una transferencia fi nanciera y pago a favor de la Contraloría General de la República (en adelante denominada CGR); CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 20 de la Ley Nº 27785 – Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3º de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República, publicada el 28 de marzo de 2018, se establece que las sociedades de auditoría son contratadas por la CGR. Asimismo, se señala que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y gobiernos locales quedan autorizadas para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la CGR para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la CGR; Que, de acuerdo con lo dispuesto por la citada Ley, las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad; Que, por Resolución de Contraloría Nº 237-2021- CG publicada el 05 de noviembre de 2021, la CGR aprobó el tarifario que establece el monto por retribución económica incluido el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y gobiernos locales deben transferir a la CGR; Que, a fi n de incorporar a la SMV en la próxima convocatoria del Concurso Público de Méritos para efectuar la selección de la sociedad encargada de realizar la auditoría fi nanciera gubernamental por los periodos 2025 y 2026, mediante O fi cio Nº 000225-2025-CG/ GRECE recibido el 06 de junio de 2025, la CGR solicitó a la SMV efectuar la transferencia fi nanciera del 100% de la retribución económica del período 2025 ascendente a S/ 117 207,00 y remitir una constancia de compromiso presupuestal, por la transferencia de la retribución económica por el periodo 2026; Que, se ha emitido el Certi fi cado SIAF Nº 318 del 18 de julio de 2025 y de acuerdo con el informe de vistos, se