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53 NORMAS LEGALES Sábado 2 de agosto de 2025 El Peruano / Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE 1. DEJAR SIN EFECTO , provisionalmente, la credencial otorgada a don Jordy Estevens Machaca Meza, regidor del Concejo Distrital de Ate, provincia y departamento de Lima, en tanto se resuelve su situación jurídica, en el marco del procedimiento de suspensión seguido en su contra por el tiempo que dure el mandato de detención, causal prevista en el numeral 3 del artículo 25 de la Ley N.º 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 2. CONVOCAR a doña Astrid Katherin Aponte Huamán, identi fi cada con DNI N.° 47964886, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de Ate, provincia y departamento de Lima, en tanto se resuelve la situación jurídica de don Jordy Estevens Machaca Meza, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal. 3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento de noti fi caciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales mediante Casilla Electrónica, aprobado con la Resolución N.º 117-2025-JNE; asimismo, para la presentación de escritos u otros documentos se encuentra disponible la Mesa de Partes Virtual, en el portal electrónico institucional, <www.jne.gob.pe>. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. BURNEO BERMEJOMAISCH MOLINA RAMÍREZ CHÁVARRY TORRES CORTEZOYARCE YUZZELLIClavijo Chipoco Secretaria General 11 Aprobado mediante la Resolución N.º 117-2025-JNE, publicada el 19 de abril de 2025, en el diario oficial El Peruano. 2424414-1 Declaran la nulidad de todo lo actuado hasta la citación dirigida a regidor del Concejo Distrital de San Pedro de Cajas, provincia de Tarma, departamento de Junín, para que asista a la sesión extraordinaria de concejo en la que se evaluó la vacancia seguida en su contra; y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓN N° 0268-2025-JNE Expediente N° JNE.2024002519 SAN PEDRO DE CAJAS - TARMA - JUNÍN VACANCIA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, 8 de julio de 2025 VISTO: el Ofi cio N° 139-2024-MDSPC/CM, presentado el 13 de agosto de 2024, por el señor Luis Alberto Vílchez Huaynate, alcalde de la Municipalidad Distrital de San Pedro de Cajas, provincia de Tarma, departamento de Junín (en adelante, señor alcalde), sobre la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado por la declaratoria de vacancia de don Juan Carlos Ramírez Yurivilca, regidor de dicha comuna (en adelante, señor regidor), por las causales de ausencia de la respectiva jurisdicción municipal por más de 30 (treinta) días consecutivos, sin autorización del concejo municipal, e inconcurrencia injusti fi cada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses, contempladas en los numerales 4 y 7 del artículo 22 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). ANTECEDENTES1.1. Mediante el O fi cio N° 139-2024-MDSPC/CM, presentado el 13 de agosto de 2024, el señor alcalde solicitó la convocatoria a candidato no proclamado por la declaratoria de vacancia del señor regidor; asimismo, remitió documentación relacionada con el procedimiento de vacancia del señor regidor, adjuntando los siguientes documentos: a) Acta de noti fi cación del 8 de agosto de 2024, con la cual se le noti fi có al señor regidor el Acuerdo de Concejo N° 009-2024-MDSPC/CM, del 2 de agosto de 2024. b) Acta de Sesión Extraordinaria de Concejo N° 009-2024-MDSPC/CM, del 2 de agosto de 2024, en la cual se declaró consentida la Resolución de Concejo N° 008-2024-MDSPC/CM. c) Acta de noti fi cación del 25 de julio de 2024, con la que se le noti fi có al señor regidor la convocatoria a la novena sesión extraordinaria. d) Convocatoria a la novena sesión extraordinaria, programada para el 2 de agosto de 2024, y la noti fi cación al señor regidor, realizada el 25 de julio del mismo año. e) Informe N° 025-2024-MDSPC/SG, del 22 de julio de 2024, en el que la secretaria general informó que no existe medio impugnatorio alguno contra el Acuerdo de Concejo N° 008-2024-MDSPC/CM. f) Acta de noti fi cación del 27 de junio de 2024, con la cual se le noti fi có al señor regidor el Acuerdo de Concejo N° 008-2024-MDSPC/CM, del 25 de junio de 2024. g) Acuerdo de Concejo N° 008-2024-MDSPC/CM, del 25 de junio de 2024. h) Acta de Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal N° 008-2024-MDSPC/CM, del 20 de junio de 2024, en la cual se dejó constancia de la inasistencia del señor regidor. i) Convocatoria a la octava sesión extraordinaria, programada para el 20 de junio de 2024, y el acta de notifi cación al señor regidor, del 14 de junio del mismo año. j) Informe Legal N° 13-2024-ALE/MPSC, del 19 de junio de 2024. k) Mediante la Carta N° 001-2024-MDSPC/SG, del 6 de junio de 2024, se noti fi có al señor regidor para que ejerza su derecho a defensa. l) Acta de Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal N° 007-2024-MDSPC/CM, del 4 de junio de 2024, en la cual el señor regidor se abstuvo de fi rmar el libro de acta. m) Convocatoria a la séptima sesión extraordinaria, programada para el 4 de junio de 2024, la cual fue notifi cada al señor regidor el 27 de mayo del mismo año. n) Carta N° 003-2024-COTR-CIDURMA/RMDSPC, del 22 de mayo de 2024, mediante la cual se solicitó la vacancia del señor regidor. 1.2. A través del Auto N° 1, del 12 de diciembre de 2024, se le requirió al señor alcalde cumplir con enviar, en original o copia certi fi cada, la respectiva tasa electoral por convocatoria a candidato no proclamado; asimismo, con el O fi cio N° 285-2024-MDSPC/ALC, presentado el 20 de diciembre del mismo año, cumplió con remitir el comprobante de dicha tasa. CONSIDERANDOSPRIMERO.- SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú1.1. El numeral 3 del artículo 139 establece, como principios y derechos de la función jurisdiccional, lo siguiente: