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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE AGOSTO DEL AÑO 2025 (08/08/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 34

34 NORMAS LEGALES Viernes 8 de agosto de 2025 El Peruano / Anexo N° 1 Carta de Servicios de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ Condiciones Generales La Carta de Servicios es un documento de gestión que contiene la descripción de servicios no exclusivos que brinda PROMPERÚ, lo s requisitos y condiciones para acceder a ellos, los descuentos aplicables para aquellos que se encuentren sujetos a pago, y disposiciones generales para su aplicación. I. Alcance Aplica a los servicios cuyas actividades son organizadas y financiadas en su totalidad por PROMPERÚ; así como, aquellas que se realicen en coorganización, mediante convenio suscrito, con otras entidades públicas o privadas, nacionales o extranjeras, siempre que PROMPERÚ sea el Expositor reg istrado del evento y su aporte sea mayor al 50% del costo total de la actividad. II. Servicios Los servicios comprendidos en la presente Carta de Servicios son los siguientes: 2.1. Servicios brindados en materia de promoción del Turismo Servicio N° 1: Participación en Ferias Internacionales de Turismo.Servicio N° 2: Participación en Workshops Internacionales de Turismo. Servicio N° 3: Participación en Ferias de Turismo Escolar y Universitario. Servicio N° 4: Participación en Workshops Nacionales de Turismo.Servicio N° 5: Programa Comercial para Empresas Turísticas. Servicio N° 6: Publicación de Ofertas de Servicios Turísticos y Complementarios en la Plataforma Digital Y TÚ QUÉ PLANES? Servicio N° 8: Publicación de Ofertas de Servicios Turísticos en la Plataforma Digital de Promoción para Fronteras de Turismo R eceptivo 2.2. Servicios brindados en materia de promoción de exportaciones Servicio N° 1: Participación en Ferias Internacionales de Exportaciones. Servicio N° 2: Participación en Ruedas de Negocios.Servicio N° 3: Participación en Misiones Comerciales. Servicio N° 4: Programa de Mercados Externos - PROMEX. Servicio N° 5: Información y orientación en exportacionesServicio N° 6: Programa de Fortalecimiento de Capacidades para la Exportación Servicio N° 7: Programa de Adecuación y Desarrollo de la Oferta Exportable Servicio N° 11: Participación en ferias especializadas para la promoción de marcas de productos de la Industria de la Vestiment a y Decoración. Servicio N° 14: Participación en ferias internacionales de exportaciones que no forman parte del Calendario de Actividades de P ROMPERÚ. Servicio N° 15: Acceso a documentos de información comercial especializada sobre exportaciones. 2.3 Servicios brindados en materia de promoción de inversiones empresariales Servicio N° 1: Participación en Ruedas de Negocios para la promoción de inversiones empresariales.Servicio N° 2: Información, orientación y asistencia para el uso del territorio nacional como destino de locaciones fílmicas (C omisión Fílmica Perú). III. Descuentos 3.1. Los descuentos contenidos en el presente documento serán aplicados sobre los precios de venta fijados para el servicio respecti vo y no son acumulativos, sino excluyentes entre sí. 3.2. Los descuentos aplicables para las empresas clasificadas como microempresas o pequeñas empresas (MYPE) establecidos en el prese nte documento, solo serán otorgados a aquellas empresas que se encuentren acreditadas como tales en el Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa - REMYPE. Los otros tipos de empresas se sujetarán a la clasificación establecida por PROMPERÚ. 3.3. El valor de la UIT (Unidad Impositiva Tributaria) con el que se expresarán los precios de venta será el que apruebe el Minister io de Economía y Finanzas para el ejercicio fiscal corriente. IV. Convenios de Cooperación Técnica Internacional o Acuerdos de Colaboración Interinstitucional Las condiciones y limitaciones establecidas para el acceso a los servicios comprendidos en el presente documento, no serán apli cables para las participaciones que se encuentren en el marco de un convenio de cooperación técnica internacional o de acuerdos de colaboración interinstitucional en materia de promoción del turismo, las exportaciones o la imagen país. Estas participaciones estarán sujetas a la disponibilidad de cupos, a la evaluación previa del órgano o unidad orgánica responsable del servicio y a la suscripción del Convenio o Acuerdo de Colaboración correspondiente, y del Contrato de Participación o Aceptación de las Condiciones Generales de Participación, según corresponda. V. Responsabilidades 5.1. Los órganos y unidades orgánicas de línea encargados de brindar los servicios son responsables de: a) Comunicar oportunamente a las personas y empresas que desean acceder a los servicios, los requisitos y condiciones que deben cumplir, de acuerdo con lo establecido en el presente documento. b) Controlar y verificar que los participantes cumplan con todos los requisitos y condiciones establecidas en el presente docum ento, previo a la prestación del servicio. c) Cuando corresponda, brindar información actualizada y oportuna a la Unidad de Finanzas en los medios que se establezcan para el control de pagos de las empresas admitidas para participar en los eventos convocados. 5.2. La Unidad de Finanzas es responsable de: a) Aplicar los precios de venta y los descuentos que correspondan, según lo establecido en el presente documento. b) Emitir y entregar los comprobantes de pago correspondientes, de acuerdo con los pagos recibidos. c) Elaborar, actualizar y publicar en la Intranet el Listado de empresas e Instituciones que mantienen deudas con PROMPERÚ. VI. Prohibiciones El personal de PROMPERÚ está prohibido de autorizar excepciones a la Carta de Servicios vigente (tales como prórrogas en los pl azos de pago, permitir la participación de empresas sin haber cancelado el precio de venta correspondiente -incluidos los descuentos aplicables- o teniendo deuda preexist ente, entre otros), que no estén expresamente aprobadas en el citado documento; siendo pasible de responsabilidad administrativa, civil o penal conforme a los dispositivos l egales vigentes. VII. Sanciones El incumplimiento de lo establecido en el presente documento genera responsabilidad pasible de resolución contractual, sin perj uicio de la responsabilidad civil y penal a que hubiere lugar. PROMPERÚ evaluará según los criterios de razonabilidad y proporcionalidad el caso concreto, dentro del marco de las disposiciones legales vigentes que regulan la materia. VIII. Disposición Final Transitoria Se podrán aprobar mediante Resolución de Gerencia General, medidas excepcionales y transitorias relacionadas con las disposicio nes contenidas en el presente documento, para lo cual se deberá contar con el debido sustento contenido en un informe técnico elaborado por el área usuaria que la propo nga, en el cual se justificará de igual forma la temporalidad de dicha medida, debiendo contar con la opinión favorable de la Subdirección y Dirección correspondiente, así como de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. 2425854-1