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48 NORMAS LEGALES Viernes 8 de agosto de 2025 El Peruano / Resolución Secretarial N° 000106-2025/SGEN/RENIEC (21JUL2025); Que en consecuencia, resulta pertinente la designación de la señora LIZZETTE MABEL DEXTRE AGUIRRE, profesional propuesto para ocupar el cargo de con fi anza de Jefa de la Unidad de Servicios Generales y Control Patrimonial de la O fi cina de Administración y Finanzas del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, cargo considerado de con fi anza en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) Provisional del RENIEC; Estando a las atribuciones conferidas en la Ley N° 26497 - Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, el Reglamento de Organización y Funciones del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, aprobado mediante la Resolución Jefatural N° 000061- 2024/JNAC/RENIEC (08ABR2024) y de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 009-2024-JUS Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DESIGNAR, a partir del 8 de agosto de 2025, a la señora LIZZETTE MABEL DEXTRE AGUIRRE, en el cargo de Jefa de la Unidad de Servicios Generales y Control Patrimonial de la O fi cina de Administración y Finanzas del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, cargo considerado de confi anza en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) Provisional vigente. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución Jefatural a la O fi cina de Potencial Humano. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario O fi cial “El Peruano”, en el portal institucional www.reniec.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano www.gob.pe. Regístrese, publíquese y cúmplase.CARMEN MILAGROS VELARDE KOECHLIN Jefa Nacional 2425487-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones N° SBS-ROF-SBS-010-23; y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓN SBS N° 02713-2025 Lima, 5 de agosto de 2025EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTO:El Informe N° 00002-2025-GCPIT, de fecha 01 de agosto de 2025, elaborado por la Gerencia Central de Planeamiento, Innovación y Tecnología (GCPIT), relacionado con la propuesta de modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, en adelante la Superintendencia o SBS;CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS N° 03474-2021 del 18 de noviembre de 2021, se aprobó la estructura orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia, documento normativo interno N° SBS-ROF-SBS-010-22; Que, mediante Resolución SBS N° 00790-2022 del 11 de marzo de 2022, Resolución SBS N° 02147-2022 del 08 de julio de 2022, Resolución SBS N° 03224-2022 del 21 de octubre de 2022, Resolución SBS N° 00850-2023 del 10 de marzo de 2023, Resolución SBS N° 02001-2023 del 07 de junio de 2023, Resolución SBS N° 00004-2024 del 03 de enero de 2024 y la Resolución SBS N° 00449-2025 del 06 de febrero de 2025 se realizaron modi fi caciones al Reglamento de Organización y Funciones; Que, con la Resolución SBS N° 01103-2025 del 20 de marzo del 2025, se aprobó la nueva estructura orgánica de la Superintendencia, así como la reasignación de funciones entre sus diferentes áreas, disponiendo que los diferentes órganos de la Superintendencia entregarán a la GCPIT, la información para la formulación del nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia; Que, con la fi nalidad de contribuir a un mejor entendimiento del Reglamento de Organización y Funciones se han incorporado funciones comunes de alcance a toda la Superintendencia, funciones comunes de alcance en la Superintendencia Adjunta de Banca y Micro fi nanzas, Superintendencia Adjunta de Seguros, Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, Superintendencia Adjunta de Cooperativas y las respectivas Intendencias de estas adjuntas. Así como, funciones comunes de alcance para los Departamentos de Metodologías de Supervisión y Estrategia Financiera y de Seguros; Que, para efectos de mantener la segregación de funciones en el Departamento de Supervisión de Riesgos de Mercado, Liquidez, Inversiones y Valorización, se estima conveniente trasladar la función de valorización de inversiones al Departamento de Supervisión de Riesgos de Conglomerados; en consecuencia, se modi fi ca el nombre de la unidad orgánica Departamento de Supervisión de Riesgos de Mercado, Liquidez, Inversiones y Valorización a Departamento de Supervisión de Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones; así como del Departamento de Supervisión de Riesgos de Conglomerados a Departamento de Supervisión de Riesgos de Conglomerados y Grandes Exposiciones, y Valorización de Inversiones; Que, en respuesta a la necesidad de re fl ejar con mayor precisión la relación entre las funciones y nombres de las unidades orgánicas en la Gerencia de Riesgos, se considera conveniente modi fi car adicionalmente el nombre del Departamento de Supervisión de Sistemas de Información y Tecnología por Departamento de Supervisión de Riesgo Tecnológico; Que, la Gerencia de Gestión Humana con el propósito de brindar un soporte más especializado en los procesos de su competencia ha propuesto modi fi car los nombres de sus departamentos de la siguiente manera: i) Departamento de Administración de Personal por Departamento de Relaciones Laborales y Bienestar, ii) Departamento de Desarrollo Organizacional por Departamento de Plani fi cación y Gestión del Talento y iii) Departamento de Capacitación por Departamento de Aprendizaje y Desarrollo; Que, en relación con lo expuesto en el párrafo anterior y con la fi nalidad de optimizar la gestión interna en la Gerencia de Gestión Humana, se efectúan los siguientes cambios a nivel de funciones: • Trasladar la función de coordinar la evaluación del clima organizacional del Departamento de Plani fi cación y Gestión del Talento al Departamento de Relaciones Laborales y Bienestar. • Trasladar la función de plani fi car y administrar las líneas de carrera del personal y el desarrollo directivo, promoviendo la movilidad interna y las actividades necesarias para su cumplimiento del Departamento de Plani fi cación y Gestión del Talento al Departamento de Aprendizaje y Desarrollo.