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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE AGOSTO DEL AÑO 2025 (08/08/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 39

39 NORMAS LEGALES Viernes 8 de agosto de 2025 El Peruano / Universidades se rigen por la Ley Universitaria N° 30220 y sus propios estatutos en el marco de la constitución y de las leyes; Que, conforme al artículo 8° de la Ley Universitaria N° 30220, establece: “El Estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la constitución la presente Ley y demás normativa aplicable (…)”; Que, el artículo 84 del Estatuto de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur, aprobado por la Resolución de Asamblea Universitaria N° 006-2024-UNTELS-CU, de fecha 25 de octubre de 2024, precisa: “Artículo 84.- Las Escuelas Profesionales: Las Escuelas Profesionales en que se organiza la universidad en el nivel de Pregrado son: Escuela Profesional de Administración Escuela Profesional de Marketing y Negocios Internacionales Escuela Profesional de Ingeniería Ambiental Escuela Profesional de Ingeniería IndustrialEscuela Profesional de Ingeniería de Sistemas de Información Escuela Profesional de Ingeniería en Ciencia de Datos e Inteligencia Arti fi cial Escuela Profesional de Ingeniería de Software Escuela Profesional de Ingeniería Mecánica y Eléctrica Escuela Profesional de Ingeniería Electrónica y Telecomunicaciones Escuela Profesional de Ingeniería Mecatrónica”; Que, con fecha 07 de enero de 2025, los docentes de la Escuela Profesional de Ingeniería de Sistemas suscriben el Acta de Reunión por la cual acuerdan mantener la denominación de la Escuela Profesional de Ingeniería de Sistemas, consignada como Escuela Profesional de Ingeniería de Sistemas de Información en el Estatuto (vigente) de la UNTELS; Que, mediante O fi cio N° 0009-2025-UNTELS-R-D- EPIS, de fecha 09 de enero de 2025, dirigido al Decano de la Facultad de Ingeniería y Gestión, el Director de la Escuela Profesional de Ingeniería de Sistemas remite el acta de sesión plenaria del personal docente de la Escuela Profesional de Ingeniería de Sistemas, por el cual solicitan mantener vigente en el Estatuto la denominación de la Escuela Profesional de Ingeniería de Sistemas de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur, Que, mediante O fi cio N° 0017-2025-UNTELS-R-D, de fecha 09 de enero de 2025, dirigido a la Rectora de la UNTELS el Decano de la Facultad de Ingeniería y Gestión, en referencia al O fi cio N° 0009-2025-UNTELS-R-D-EPIS, de la Escuela Profesional de Ingeniería de Sistemas solicita incluir como punto de agenda la modi fi cación de la denominación de la Escuela Profesional de Ingeniería de Sistemas de Información consignada en el Estatuto de la UNTELS, lo que traslada con fi nes de aprobación en sesión de la Asamblea Universitaria; Que, mediante Proveído N° 037-2025-UNTELS-R, de fecha 10 de enero de 2025, dirigido a la Secretaria General, la Rectora de la UNTELS traslada el O fi cio N° 0017-2025-UNTELS-R-D, del Decano de la Facultad de Ingeniería y Gestión, para la modi fi cación de la denominación del nombre de la Escuela Profesional de Ingeniería de Sistemas de Información consignado en el Estatuto (vigente) de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur, a ser evaluado y aprobado en sesión de la Asamblea Universitaria; Que, en sesión extraordinaria de fecha 22 mayo de 2025, los integrantes de la Asamblea Universitaria, acuerdan por unanimidad: Modi fi car la denominación de la Escuela Profesional de Ingeniería de Sistemas de Información de la Facultad de Ingeniería y Gestión, consignada en el artículo 84 del Estatuto de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur, aprobado por la Resolución de Asamblea Universitaria N° 006-2024-UNTELS-CU; Que, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria N° 30220, de fecha 09 de julio de 2014, la Resolución N° 002-2023-CEU-UNTELS, de fecha 12 de mayo de 2023, y el Estatuto a la Asamblea Universitaria de la UNTELS; RESUELVE:Artículo Primero.- MODIFICAR la denominación de la Escuela Profesional de Ingeniería de Sistemas de Información de la Facultad de Ingeniería y Gestión, consignada en el artículo 84 del Estatuto de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur, aprobado por la Resolución de Asamblea Universitaria N° 006-2024-UNTELS-CU, de acuerdo al siguiente detalle: DICE:Escuela Profesional de Ingeniería de Sistemas de Información DEBE DECIR:Escuela Profesional de Ingeniería de SistemasArtículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección General de Administración de la UNTELS, a través de la Unidad de Abastecimiento la publicación de la presente Resolución de Asamblea Universitaria en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Tercero.- PUBLICAR la presente resolución en el Portal de Transparencia Estándar de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.GLADYS MARCIONILA CRUZ YUPANQUI Rectora MARLY KARINA URIBE ALLAUCA Secretaria General 2425558-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Declaran infundado recurso de apelación y confirman resolución que dispuso inscripción de la organización política UP Unidad Popular en el Registro de Organizaciones Políticas del JNE, acreditación de sus personeros legales y otras disposiciones RESOLUCIÓN N° 0285-2025-JNE Expediente N° JNE.2025005846 LIMA - LIMA - LIMA DNROPAPELACIÓN Lima, 9 de julio de 2025VISTO: en audiencia pública virtual de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por don Duberlí Apolinar Rodríguez Tineo, personero legal titular de la organización política UP Unidad Popular (en adelante, señor personero), en contra de la Resolución N° 000186-2025-DNROP/JNE, del 23 de junio de 2025, por la cual la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas (DNROP) inscribió a dicha organización política en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) del Jurado Nacional de Elecciones (JNE); y teniendo a la vista también los Expedientes N° JNE.2025001669 y N° JNE.2025001330.