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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE AGOSTO DEL AÑO 2025 (15/08/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 95

95 NORMAS LEGALES Viernes 15 de agosto de 2025 El Peruano / Gobierno Regional de Ayacucho - DIREPRO Ayacucho, alcanza la propuesta de Plan Regional de Acuicultura de Ayacucho 2025 - 2030, el cual, ha sido socializado con dependencias e instituciones involucradas con la actividad acuícola de la región, habiéndose validado el documento en el taller efectuado el 24/02/2025, donde participaron personas naturales y jurídicas e instituciones involucradas en las actividades acuícolas en la región Ayacucho. O fi cio N° 225-2025-GRA-GG-GRDE-DRP-DR, de fecha 26 de marzo de 2025, la Dirección Regional de Producción remite Informe favorable de la Dirección General de Acuicultura a la Gerente Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional de Ayacucho para el trámite y su emisión de expediente del proyecto de Ordenanza Regional, que aprueba la propuesta del Plan Regional de Acuicultura - PRA de Ayacucho 2025 - 2030. Ofi cio N° 240-2025-GRA/GG-ORAJ, la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica, adjunta la Opinión Legal N° 10-2024-GRA/FPP, de fecha 07 de abril 2025, que emite la siguiente recomendación: “Reponer, los actuados a la GRDE del GRA, y por trámite regular derive el presente expediente a la GDRE (Dirección Regional de Producción) a fi n de emitir el proyecto de ordenanza Regional y continuar con los trámites ante la secretaría técnica del CRA, y ser derivado ante la comisión respectiva, para su conocimiento y análisis sobre la Ordenanza Regional de Plan Regional de Acuicultura de Ayacucho 2025-2030, debiendo posteriormente ser sometido a pleno del consejo regional para la emisión de la Ordenanza Regional correspondiente”; expediente derivado a la Comisión Permanente de Producción, Comercio y Turismo del Consejo Regional, para su revisión, evaluación, elaboración y aprobación del Dictamen del proyecto de Ordenanza Regional, que aprueba el Plan Regional de Acuicultura 2025 al 2030 que se encuentra articulado con el Plan de Desarrollo Regional Concertado 2024 - 2034 y con el Plan Nacional de Acuicultura al 2030; la misma que se somete a consideración del Pleno del Consejo Regional Ayacucho en Sesión Ordinaria de fecha 09 de mayo de 2025; Que, los Gobiernos Regionales tienen funciones en materia pesquera, como formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia pesquera y producción acuícola de la región, de igual forma veri fi car el cumplimiento y correcta aplicación de los dispositivos legales sobre el control y fi scalización de insumos químicos con fi nes acuícolas de acuerdo a la ley de la materia; dictar las medidas correctas y sancionar de acuerdo con los dispositivos vigentes en merito a los literales a) y g) del Artículo 52° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos regionales; Que, el literal a) del artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, establece que son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; mientras que el literal a) del artículo 45° de la misma Ley Orgánica, establece que la función normativa y reguladora de los Gobiernos Regionales, se ejerce elaborando y aprobando normas de alcance regional; Que, el artículo 38° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, concordante con el artículo 158° del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ayacucho, aprobado por Ordenanza Regional N° N° 003-2012-GRA/CR, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el literal o) del artículo 21° de la Ley N° 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cado por la Ley N° 29053, establece que es atribución del Gobernador Regional, promulgar las Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) días hábiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional; En uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional; Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias Leyes Nros. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053, 29611, 29981, 30055, 30305, 31433, 31812 y 31913; Ley N° 27658, marco de la Modernización de la Gestión del Estado; al amparo del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ayacucho, aprobado por Ordenanza Regional N° 003-2012-GRA/CR; y demás normas conexas; el Consejo Regional de Ayacucho con el voto mayoritario de sus miembros, luego de un amplio debate respecto al Dictamen N° 002-2025-GRA/CR- CPPCYT de la Comisión Permanente de Producción, Comercio y Turismo; emite la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR el Plan Regional de Acuicultura de Ayacucho 2025 - 2030, como instrumento de gestión que permitirá orientar la política regional para el desarrollo integral de la Acuicultura de una forma plani fi cada y e fi ciente, que forma parte integrante de la presente Ordenanza, cuyo documento adjunto se publicará en el portal web del Gobierno Regional de Ayacucho. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico y Dirección Regional de la Producción, el cumplimiento e implementación de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza Regional Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección Regional de la Producción la publicación de la presente Ordenanza Regional en el diario o fi cial “El Peruano” y en el portal electrónico del Gobierno Regional de Ayacucho, para conocimiento y fi nes pertinentes. Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Ayacucho, para su respectiva promulgación. En la sede del Consejo Regional de Ayacucho, a los 21 días del mes de mayo del año dos mil veinticinco. CRISTIAN JESÚS NAVARRETE LIZARBE Presidente Consejo Regional POR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ayacucho, a los 23 días del mes de mayo del año dos mil veinticinco. WILFREDO OSCORIMA NÚÑEZ Gobernador 2404193-1 GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES Aprueban actualización del Manual de Clasificador de Cargos de la Unidad Ejecutora Nº 001 del Pliego Gobierno Regional de Tumbes RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 000447-2025/GOB.REG. TUMBES-GR Tumbes, 22 de julio de 2025 VISTO: EL INFORME Nº 272-2025/GOB.REG.TUMBES- GGR-ORA-ORH-UECP de fecha 17 de julio de 2025; INFORME Nº 081-2025/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GGR-GRPPAT-SGDI-SG, de fecha 18 de julio del 2025, PROVEÍDO S/N, de fecha 21 de julio del 2025, DE LA GERENCIA REGIONAL DE PLANEAMIENTO, PRESUPUESTO Y ACONDICIONAMIENTO