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86 NORMAS LEGALES Viernes 15 de agosto de 2025 El Peruano / Con informes N°s. 000606 y 000621-2025-MP- FN-UEDFAMAZ-APH, el Área de Potencial Humano del Distrito Fiscal de San Martín hace de conocimiento que las plazas mencionadas en el párrafo precedente cuentan con registro en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) y con disponibilidad presupuestal para ser ocupadas. Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo N° 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley N° 31718, establecen que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modi fi cada por la Ley N° 31718, señala que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa. Al respecto, el Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC N° 2770-2010-PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria. En ese sentido, es necesario emitir el acto resolutivo correspondiente a fi n de nombrar y designar a los abogados Karina Yanet Bernal Diaz y Vany Yesenia Flores Milian, para que ocupen provisionalmente los cargos de fi scales adjuntas provinciales en la Fiscalía Provincial Mixta de Tingo; en atención al marco normativo, previa verifi cación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe N° 0052-2025-MP-FN-OREF-LELQ, de fecha 8 de agosto de 2025. Cabe acotar que la abogada Vany Yesenia Flores Milian, se encuentra laborando a plazo indeterminado dentro del régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728, conforme se advierte del Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA); por lo que, corresponde la reserva de su plaza de origen. De conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo N° 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley N° 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar como fi scales adjuntas provinciales provisionales del Distrito Fiscal de Amazonas, designándolas en la Fiscalía Provincial Mixta de Tingo, a las siguientes abogadas: • Karina Yanet Bernal Diaz • Vany Yesenia Flores Milian, con reserva de su plaza de origen. Artículo Segundo.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Amazonas, Coordinador Nacional de las Fiscalías Penales de competencia de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “A” y encargado de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “B, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, Ofi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Imagen Institucional y a las abogadas mencionadas. Regístrese, comuníquese y publíquese. DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2428045-7Aceptan renuncia de fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Cajamarca y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 2452-2025-MP-FN Lima, 14 de agosto de 2025 VISTOS:El ofi cio N° 001963-2025-MP-FN-PJFSCAJAMARCA y el informe N° 00116-2025-MP-FN-OREF-MRUO, y; CONSIDERANDO: Mediante la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2853-2024-MP-FN, de fecha 16 de diciembre de 2024, se nombró a la abogada Rosa De Los Dolores Tafur Chilón, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Cajamarca, designándola en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca. A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2233-2025-MP-FN, de fecha 24 de julio de 2025, se resolvió dar por concluida la designación descrita en el párrafo precedente, dejando subsistente el citado nombramiento; en consecuencia, se dispuso designar a la abogada Rosa De Los Dolores Tafur Chilón en la Fiscalía Provincial Mixta de Miguel Iglesias. Con el o fi cio de vistos, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Cajamarca remite la carta sin fecha, suscrita por la abogada Rosa De Los Dolores Tafur Chilón, quien presenta su renuncia al cargo de fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Cajamarca, por motivos personales y familiares; precisando además que la abogada no ha tomado posesión de cargo en la Fiscalía Provincial Mixta de Miguel Iglesias. En su carta de renuncia, la mencionada abogada solicita que esta se haga efectiva a partir del 1 de agosto de 2025, advirtiéndose que ha recibido la conformidad de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Cajamarca; por lo que cumple con los lineamientos establecidos en el o fi cio circular N° 001-2022-MP-FN-PJFS, de fecha 20 de abril de 2022. El numeral 3 del artículo 106 de la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, prevé que el cargo de fi scal termina, entre otros, por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-90-PCM, establece que: “el término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma” (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fi scales). El numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que “la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción”. En virtud de la facultad concedida a la Fiscal de la Nación, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a la evaluación de los actuados contenida en el informe N° 00116-2025-MP-FN-OREF-MRUO, de fecha 11 de agosto de 2025, resulta necesario emitir el acto resolutivo que acepte la renuncia de la abogada Rosa De Los Dolores Tafur Chilón al cargo de fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Cajamarca, con efi cacia anticipada a partir del 1 de agosto de 2025 y, en consecuencia, que deje sin efecto su designación en la Fiscalía Provincial Mixta de Miguel Iglesias.