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27 NORMAS LEGALES Viernes 22 de agosto de 2025 El Peruano / servidor ROLAND ALEXANDER FLORES VEINTIMILLA, Coordinador Territorial de Tumbes del referido Programa Nacional; para cuyo efecto adjunta el Informe N° D000538-2025-MIMP-WARMINAN-UAJ de su Unidad de Asesoría Jurídica, en el que se menciona que la concurrencia del citado servidor al evento en mención, quien ha participado de la XVII Reunión del Comité de Frontera El Oro – Tumbes realizada en noviembre de 2023, coadyuvará a dar cuenta sobre el estado de cumplimiento de los compromisos asumidos en su oportunidad en la aludida reunión, así como informar sobre las acciones realizadas para la atención y protección a la mujer e integrantes del grupo familiar víctimas de violencia, y de las acciones preventivas y de promoción de una vida libre de violencia en zonas de frontera; Que, asimismo, con Memorándum N° D002437-2025- MIMP-WARMINAN-UPPM, la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Programa Nacional Warmi Ñan, otorga el Certi fi cado de Crédito Presupuestario N° 2503, que acreditan la disponibilidad de recursos para cubrir los gastos de pasajes y viáticos que irrogan la participación del citado servidor en el evento antes indicado; Que, a través del Informe N° D000024-2025- MIMP-OCAI, la O fi cina de Cooperación y Asuntos Internacionales señala que la participación del servidor ROLAND ALEXANDER FLORES VEINTIMILLA, permitirá establecer entre ambos países acciones conjuntas en la temática de violencia hacia la mujer e integrantes del grupo familiar; así como, abordar temas sensibles, entre ellos, la trata de personas, violencia de género, trabajo infantil, con la fi nalidad de consensuar nuevos compromisos; Que, mediante Informe N° D000659-2025-MIMP- OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable para la emisión del acto resolutivo que autorice el viaje del citado servidor, que cuenta con la conformidad de la O fi cina de Cooperación y Asuntos Internacionales; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, establece que los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, deben realizarse en categoría económica y ser autorizados conforme lo establece la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias; Que, la referida Ley N° 27619, y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establecen que para el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios, así como de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, la autorización de viaje al exterior, se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, debiendo publicarse la misma en el diario o fi cial El Peruano; Que, en consecuencia, y de conformidad con el itinerario propuesto, resulta necesario autorizar el viaje al exterior del servidor antes mencionado, para los fi nes expuestos en los considerandos precedentes; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de la Mujer, de la Secretaría General, de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar – Warmi Ñan, de la O fi cina de Cooperación y Asuntos Internacionales y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, la Resolución Ministerial N° 306-2024-MIMP, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del servidor ROLAND ALEXANDER FLORES VEINTIMILLA, Coordinador Territorial de Tumbes del Programa Nacional para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar – Warmi Ñan del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a la ciudad de Machala, República del Ecuador, el día 22 de agosto de 2025, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial son cubiertos con cargo a los recursos asignados a la Unidad Ejecutora 009: Programa Nacional para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar - Warmi Ñan, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes y gastos de transporte US$ dólares Viáticos por 1 día US$ dólares Total US$ dólares ROLAND ALEXANDER FLORES VEINTIMILLA100.00 370.00 470.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a la realización del viaje, el servidor autorizado por la presente Resolución Ministerial presenta ante la Titular del Pliego el informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos, así como la rendición de cuentas conforme a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- Notifi car la presente Resolución Ministerial al Programa Nacional para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar – Warmi Ñan y a la O fi cina de Cooperación y Asuntos Internacionales. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe.mimp), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. FANNY ESTHER MONTELLANOS CARBAJAL Ministra 2430626-1 Designan Asesor II de la Dirección Ejecutiva del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000288-2025- MIMP Lima, 21 de agosto del 2025 Vistos, el O fi cio N° 000837-2025-INABIF/DE de la Dirección Ejecutiva del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF; el Memorándum N° D000858-2025-MIMP-DVMPV del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables; el Proveído N° D010975-2025-MIMP-SG de la Secretaría General; el Informe N° D000719-2025-MIMP-OPTP de la O fi cina de Procesos Técnicos de Personal; el Memorándum N° D001292-2025-MIMP-OGRH de la O fi cina General de Recursos Humanos, el Informe N° D000660-2025-MIMP- OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de con fi anza de Asesor/a II de la Dirección Ejecutiva del Programa Integral