Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE AGOSTO DEL AÑO 2025 (23/08/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 47

47 NORMAS LEGALES Sábado 23 de agosto de 2025 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo Único. Designar a la señora CLAUDIA ROSALÍA CENTURIÓN LINO como representante del Sector Economía y Finanzas ante el Directorio del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Economía y Finanzas 2431053-1 EDUCACIÓN Autorizan Transferencia Financiera del Programa Educación Básica para Todos a favor de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 373-2025- MINEDU Lima, 22 de agosto de 2025 VISTOS, los documentos que conforman el Expediente N° DIFODS2025-INT- 0730839; y, CONSIDERANDO:Que, en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 32185, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, mediante la Resolución Ministerial N° 637-2024-MINEDU se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2025 del Pliego 010: M. de Educación, por la suma de S/ 13 225 912 066,00 (TRECE MIL DOSCIENTOS VEINTICINCO MILLONES NOVECIENTOS DOCE MIL SESENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), por toda Fuente de Financiamiento; Que, el artículo 76 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional del Presupuesto Público, establece que son transferencias fi nancieras los traspasos de ingresos públicos sin contraprestación, a favor de Pliegos o de Entidades que no constituyen pliego presupuestario; asimismo, señala que las transferencias fi nancieras que se pueden efectuar durante la ejecución se autorizan y regulan en las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público; Que, el literal p) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 32185, autoriza al Ministerio de Educación, en el presente Año Fiscal, a la realización, de manera excepcional, de transferencias fi nancieras, a favor del Instituto Nacional de Estadísticas e Informática (INEI) y/o universidades públicas, previa suscripción de convenios y/o acuerdos de colaboración interinstitucional y/o adendas, para los procesos de formación, actualización, inducción, capacitación, innovación y evaluación en materia educativa, docente y directivos, hasta por la suma de S/ 148 976 499,00 (CIENTO CUARENTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES); Que, el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley N° 32185, dispone que, las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 13.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; precisando además que la resolución del titular del pliego se publica en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, el artículo 17 de la Directiva N° 0001-2024- EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada con la Resolución Directoral N° 0009-2024-EF/50.01 y modi fi catorias, establece el procedimiento a seguir para la ejecución de una transferencia fi nanciera; Que, con fecha 13 de agosto de 2025, el Ministerio de Educación y la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (en adelante, la Universidad), suscribieron el Convenio N° 028-2025-MINEDU, denominado “Convenio de Colaboración Interinstitucional entre el Ministerio de Educación y la Universidad Nacional Mayor de San Marcos” (en adelante, el Convenio), con el objeto que la Universidad colabore con el Ministerio de Educación en la implementación y ejecución del Programa de formación docente “Escuelas bicentenario, por la mejora de los aprendizajes”, en el marco de la normativa vigente; Que, la Cláusula Sexta del Convenio establece que en el marco de lo dispuesto en el literal p) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 32185, el Ministerio de Educación gestionará la emisión de la Resolución Ministerial que autorice una transferencia fi nanciera a favor de la Universidad, hasta por la suma de S/ 4 738 848,00 (CUATRO MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), monto que cubrirá los costos administrativos efectivamente realizados por la Universidad para el cumplimiento del objeto del Convenio, debidamente sustentados según el Formato para Propuesta Económica que se incluye como Anexo N° 5 de los Términos de Referencia del Convenio; precisándose que el monto del fi nanciamiento será transferido a la Universidad en única oportunidad y al 100 % durante el presente año fi scal y conforme a las formalidades previstas en el literal p) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 32185; y en caso se presenten saldos no utilizados, y culminada la ejecución del Convenio antes de fi nalizar el año fi scal, se debe proceder a su devolución, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 20 del Decreto Legislativo N° 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería; Que, adicionalmente, la Cláusula Sexta del Convenio señala que, la Dirección de Formación Docente en Servicio (en adelante, la DIFODS) dependiente de la Dirección General de Desarrollo Docente otorgará la conformidad sobre cada una de las acciones pedagógicas y administrativas que la Universidad se haya comprometido a brindar o brinde según lo establecido en los Términos de Referencia del Convenio; Que, mediante el Informe N° 01495-2025-MINEDU/ VMGP-DIGEDD-DIFODS, la DIFODS de la Dirección General de Desarrollo Docente sustenta y solicita gestionar la resolución ministerial que autorice una Transferencia Financiera a favor de la Universidad, hasta por la suma de S/ 4 738 848,00 (CUATRO MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), correspondiente al 100% del monto de fi nanciamiento establecido en la Cláusula Sexta del Convenio, en el marco de lo dispuesto en el literal p) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 32185; Que, con el Informe N° 01610-2025-MINEDU/SPE- OPEP-UPP, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica considera que es técnicamente factible gestionar la Resolución Ministerial que autorice una Trasferencia Financiera a favor de la Universidad, hasta por la suma de S/ 4 738 848,00 (CUATRO MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), por cuanto se cuenta con los recursos en el Presupuesto Institucional del Pliego 010: M. de Educación, en la Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, en la cadena de gasto vinculada a la DIFODS para atender la transferencia fi nanciera solicitada; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar una Transferencia Financiera a favor de la Universidad, hasta por la suma de S/ 4 738 848,00 (CUATRO MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), en cumplimiento de lo establecido en el Convenio y en el marco de lo dispuesto en el literal p) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 32185;