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38 NORMAS LEGALES Sábado 23 de agosto de 2025 El Peruano / Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, para los fi nes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 2431102-1 Oficializan modificación del Manual de Operaciones del Proyecto de inversión “Mejoramiento de los servicios de información del MIDIS en el marco del Sistema Nacional de Focalización (SINAFO) a nivel nacional” RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº D000004-2025- OFIS-DE Lima, 19 de agosto del 2025 VISTOS: El Informe Nº 002-2025-OFIS-PFSNF-DE de la Dirección Ejecutiva de la Unidad Ejecutora Nº 002: Programa para el Fortalecimiento del Sistema Nacional de Focalización; el O fi cio Nº D000131-2025-OFIS-PE de la Presidencia Ejecutiva; el Informe Nº D000113-2025- OFIS-OPPM de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; Carta del Banco Mundial y el Informe Nº D000147-2025-OFIS-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1612 se crea el Organismo de Focalización e Información Social (OFIS) como Organismo Público Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, constituyéndose en pliego presupuestal, con autonomía funcional, administrativa, técnica y económica, a cargo del Sistema Nacional de Focalización (SINAFO); Que, a través del Decreto Supremo Nº 251-2024- EF, se aprueba la operación de endeudamiento externo entre la República del Perú y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), prevista en la Ley Nº 31955, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de US$ 55 000 000,00 (CINCUENTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a fi nanciar parcialmente el Proyecto de Inversión “Mejoramiento de los servicios de información del MIDIS en el marco del Sistema Nacional de Focalización (SINAFO) a nivel nacional”, a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS); Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 031-2025-EF, se modi fi ca el Decreto Supremo Nº 251- 2024-EF, y se establece que la Unidad Ejecutora del Proyecto de Inversión “Mejoramiento de los servicios de información del MIDIS en el marco del Sistema Nacional de Focalización (SINAFO) a nivel nacional”, es el Organismo de Focalización e Información Social (OFIS); Que, el Acuerdo Legal Nº 9717-PE (Contrato de Préstamo) suscrito entre la República del Perú y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), como institución conformante del Banco Mundial; en su Artículo V establece como condiciones de efectividad del Contrato de Préstamo, la creación de la Unidad Ejecutora del Proyecto de Inversión y la aprobación del Manual de Operaciones, previa No Objeción del Banco; Que, en ese contexto, a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº D000015-2025-OFIS-PE, se formalizó la creación de la Unidad Ejecutora 002: “Programa para el Fortalecimiento del Sistema Nacional de Focalización” del Proyecto de inversión “Mejoramiento de los servicios de información del MIDIS en el marco del Sistema Nacional de Focalización (SINAFO) a nivel nacional” (Unidad Ejecutora 002), en el marco del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº D000016-2025-OFIS-PE se aprobó el Manual de Operaciones del Proyecto, habiendo así cumplido las condiciones de efectividad del Contrato de Préstamo; Que, el OFIS en su condición de Pliego Presupuestal y por tanto, en su rol de supervisión y de resguardo de la correcta implementación de la Unidad Ejecutora 002, adoptó las primeras medidas necesarias para ello, entre las cuales se encuentran: (i) la emisión de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº D000019-2025-OFIS-PE, mediante la cual se encarga las funciones de Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora 002 al Presidente Ejecutivo del OFIS; (ii) la emisión de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº D000024-2025-OFIS-PE, a través de la cual se dispone la designación del Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora 002 como responsable de dicha Unidad Ejecutora; (iii) la incorporación de recursos vía crédito suplementario de los recursos materia de endeudamiento a favor del Pliego OFIS, la cual fue aprobada por el Ministerio de Economía y Finanzas mediante Decreto Supremo Nº 130-2025-EF, dichos recursos fueron desagregados con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº D000036-2025-OFIS-PE; (iv) la emisión de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº D000049-2025-OFIS-PE, la cual dispone que la Unidad Ejecutora 001 brinde el soporte administrativo y operativo para la contratación del personal clave de la Unidad Ejecutora 002 del Pliego OFIS; y (v) las gestiones para la constitución del Comité Directivo con representantes del MIDIS, MEF y OFIS, que a la fecha se encuentra ejerciendo las funciones que le corresponde; Que, mediante Informe Nº 002-2025-PFSNF-DE, la Dirección Ejecutiva da cuenta a la Presidencia Ejecutiva del OFIS, en su calidad de Pliego presupuestal de quien depende la Unidad Ejecutora 002, de las acciones realizadas y descritas en el considerando precedente, sustentando además la necesidad de “que la Unidad Ejecutora 001 del Pliego OFIS preste el apoyo técnico, operativo y administrativo que requiera la Unidad Ejecutora del Proyecto de inversión para la ejecución de todas aquellas actividades y procesos relacionadas al Proyecto de inversión referidas a la selección y de ser el caso adjudicación y/o suscripción de contratos con consultores y/o proveedores previstas en el Plan de Adquisiciones”; agregando además, que ello “es de suma importancia, a efectos de cumplir con los tiempos establecidos para la ejecución del proyecto, que la programación propuesta para su desarrollo sea cumplida;” siendo que “su ejecución incide en el objetivo establecido para el proyecto que es lograr que los servicios de información del MIDIS, a través del OFIS, y en el marco del Sistema Nacional de Focalización (SINAFO) de Perú sean más inclusivos, dinámicos e interoperables para su uso por parte de las instituciones públicas en sus intervenciones regulares y de emergencia. (…)”; para dicho efecto propone la modi fi cación del numeral 2.6 del Manual de Operaciones con el objeto de habilitar a la Unidad Ejecutora 001 para que brinde el apoyo solicitado; Que, a través del O fi cio Nº D000131-2025-OFIS-PE, la Presidencia Ejecutiva del OFIS remite a la Unidad Ejecutora 002 las opiniones favorables emitidas por la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la Ofi cina de Asesoría Jurídica del OFIS, para las acciones pertinentes en el marco de lo establecido en el Manual de Operaciones de la Unidad Ejecutora 002; Que, en efecto, mediante informe Nº D000113-2025- OFIS-OPPM, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Pliego OFIS, señala que por los fundamentos expuestos por la Dirección Ejecutiva de la Unidad Ejecutora 002 resulta necesario realizar la modi fi cación solicitada, precisando que: “(…) la prestación de soporte administrativo y técnico es necesaria para que se pueda dar inicio a la ejecución del proyecto de inversión, más aun teniendo en cuenta que el proyecto de inversión tiene un plazo previsto de ejecución de 5 años y actividades que deben ser desarrolladas durante el primer año que es 2025. (…) En consideración de lo expuesto precedentemente, esta o fi cina considera que la propuesta se encuentra debidamente sustentada y se condice con lo dispuesto en el marco normativo del