Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE AGOSTO DEL AÑO 2025 (29/08/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 57

57 NORMAS LEGALES Viernes 29 de agosto de 2025 El Peruano / Municipal de Servicios Eléctricos Utcubamba S.A.C. (Emseusa); Electro Tocache S.A. (Electro Tocache), Empresa de Interés Local Hidroeléctrica S.A. de Chacas (Eilhicha); Proyecto Especial Chavimochic; Empresa de Distribución y Comercialización de Electricidad San Ramón S.A. (Edelsa); Empresa Distribuidora - Generadora y Comercializadora de Servicios Públicos de Electricidad Pangoa S.A. (Egepsa); Electro Pangoa S.A.; Empresa de Servicios Eléctricos Municipales de Paramonga S.A. (Emsemsa: interventor Adinelsa); Empresa de Servicios Eléctricos Municipal de Pativilca S.A.C. (Esempat), y, Servicios Eléctricos Rioja S.A. (Sersa); Que, asimismo, con Resolución N° 187-2023-OS/CD se fi jaron los VAD para el periodo del 01 de noviembre 2023 al 31 de octubre de 2027, para las empresas: Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Centro S.A. (Electrocentro), Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Nor Oeste del Perú S.A. (Electronoroeste), Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte S.A. (Electronorte), Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electro Norte Medio S.A. (Hidrandina), Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad de Puno S.A.A. (Electro Puno), Electro Sur Este S.A.A., Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electrosur S.A., Empresa Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. (Seal), Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. (Adinelsa), Electro Oriente S.A. y Electro Ucayali S.A. Que, estando por fi nalizar la vigencia de las mencionadas resoluciones de fi jación del VAD y de conformidad con las disposiciones normativas indicadas, entre los pasos previos para el inicio de los nuevos procedimientos de fi jación del VAD de los periodos 2026-2030 y 2027-2031, se requiere con anticipación, aprobar los Términos de Referencia a ser utilizados por las empresas concesionarias de distribución para la Elaboración del Estudio de Costos del Valor Agregado de Distribución, siendo necesario que previamente se publique el proyecto de Términos de Referencia; Que, la División de Distribución Eléctrica de la Gerencia de Regulación de Tarifas de Osinergmin, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 67 de la LCE, ha elaborado el Informe Técnico N° 629-2025-GRT que contiene el Proyecto de Términos de Referencia para la Elaboración del Estudio de Costos del Valor Agregado de Distribución, con las consideraciones técnicas y administrativas requeridas para la fi jación tarifaria, a fi n de recibir los comentarios u opiniones de los interesados durante un periodo de cuarenta y cinco (45) días hábiles, contados desde la fecha de su publicación; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM; la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, así como en sus respectivas normas modi fi catorias, complementarias y conexas, y; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión N° 21-2025 de fecha 28 de agosto 2025. SE RESUELVE: Artículo 1.- Publicación del Informe Técnico Disponer la publicación en la página Web de Osinergmin (https://www.gob.pe/osinergmin) del Informe Técnico N° 629-2025-GRT que contiene el Proyecto de Términos de Referencia para la Elaboración del Estudio de Costos del Valor Agregado de Distribución, a que se re fi ere el artículo 67 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 2.- Plazo para comentarios Defi nir un plazo de cuarenta y cinco (45) días hábiles contados desde el día siguiente de la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano para que los interesados remitan por escrito sus opiniones y sugerencias a la Gerencia de Regulación de Tarifas de Osinergmin, vía la ventanilla electrónica: https://ventanillavirtual.osinergmin.gob.pe/ o, mediante la mesa de partes física, situada en la avenida Jorge Chávez N° 154, Mira fl ores, Lima; o en las mesas de partes físicas con las que Osinergmin cuenta a nivel nacional. Las opiniones y sugerencias también podrán ser remitidas a la siguiente dirección de correo electrónico: distribucionelectrica@osinergmin.gob.pe, citando en el asunto lo siguiente: “Proyecto TDR”. La recepción de los comentarios estará a cargo de la Sra. Carmen Ruby Gushiken Teruya. Artículo 3.- Análisis de los comentarios Encargar a la Gerencia de Regulación de Tarifas el análisis de los comentarios y sugerencias que se reciban sobre el proyecto de Términos de Referencia para la Elaboración del Estudio de Costos del Valor Agregado de Distribución a que se re fi ere el artículo 1 de la presente resolución, así como la presentación de la propuesta fi nal al Consejo Directivo de Osinergmin. Artículo 4.- Plazo de presentación de los Estudios de Costos del Valor Agregado de Distribución Establecer que el plazo para la presentación de los Estudios de Costos del Valor Agregado de Distribución, previsto en el ítem a) del Anexo B.1.1 de la Resolución N° 080-2012-OS/CD, correspondiente a la fi jación del Valor Agregado de Distribución para los periodos 2026 - 2030 y 2027 - 2031, será el siguiente: Respecto de las empresas Pluz Energía Perú, Luz del Sur, Electro Dunas, Electro Tocache, Emseusa, Proyecto Especial Chavimochic, Emsemsa (interventor Adinelsa), Sersa, Eilhicha, CVC Energía, Egepsa, Electro Pangoa, Esempat y Edelsa, será a más tardar, el primer día útil del mes de mayo de 2026. Respecto de las Hidrandina, Electrocentro, Electro Sur Este, Electronoroeste, Electro Oriente, Seal, Electronorte, Electro Puno, Electrosur, Electro Ucayali y Adinelsa, será a más tardar, el primer día útil del mes de mayo de 2027. Artículo 5.- Publicación de Resolución Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el portal institucional de Osinergmin: https://www.gob.pe/osinergmin, y consignarla con el Informe Técnico N° 629-2025-GRT y el Informe Legal N° 628-2025-GRT, que integran la presente resolución, en la página web de Osinergmin: https://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2025.aspx OMAR CHAMBERGO RODRÍGUEZ Presidente del Consejo Directivo 2433057-1 Resolución de Consejo Directivo mediante la cual se aprueba el Precio Medio del Gas y el Costo Medio de Transporte para el Periodo de Aplicación de setiembre 2025 a noviembre 2025 de la Concesión de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en Lima y Callao RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 146-2025-OS/CD Lima, 28 de agosto del 2025 VISTOS: Los Informes N° 623-2025-GRT y N° 104-2025- GRT, elaborados por la División de Gas Natural y la Asesoría Legal de la Gerencia de Regulación de Tarifas del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - Osinergmin. CONSIDERANDO: Que, con fecha 9 de diciembre de 2000, se suscribió el Contrato BOOT de la Concesión de Distribución de