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42 NORMAS LEGALES Viernes 29 de agosto de 2025 El Peruano / fi nancieras que realice el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para las empresas prestadoras de servicios de agua potable y saneamiento; las mismas que, según el numeral 13.2 de dicho artículo, se realizan mediante resolución del titular del pliego, previo informe favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, y es publicada en el diario o fi cial El Peruano; asimismo, el numeral 13.3 del mismo artículo dispone que, la entidad pública que trans fi ere es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales se trans fi rieron los recursos; Que, mediante la Nota N° 374-2025/VIVIENDA/ VMCS/PNSU/DE, la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Saneamiento Urbano remite la Nota N° 237-2025/VIVIENDA/VMCS/PNSU/UAL, el Memorando N° 1696-2025/VIVIENDA/VMCS/PNSU/UAL y el Informe N° 000076-2025/VIVIENDA/VMCS/PNSU/UAL-mbejarano de la Unidad de Asesoría Legal, el Memorando N° 2627-2025-VIVIENDA/VMCS/PNSU/UPP y los Informes N° 219-2025-VIVIENDA/VMCS/PNSU/UPP/SUPL y N° 758-2025/VIVIENDA/VMCS/PNSU/SUPR de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, el Memorando N° 1309-2025/VIVIENDA/VMCS/PNSU/UMPS y el Informe N° 64-2025-VIVIENDA/VMCS-PNSU-UMPS-JURREGOG de la Unidad para la Mejora de la Prestación de los Servicios, con los cuales sustenta y solicita gestionar la transferencia fi nanciera a favor de la Entidad Prestadora de Saneamiento de Juliaca S.A.- EPS SEDAJULIACA S.A., hasta por la suma de S/ 448 900,00 (CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para el fortalecimiento de la capacidad operativa de la actividad de limpieza de pozos sépticos en los nueve (9) sectores sin acceso a los servicios de saneamiento con equipos de hidrojets, focalizada en los distritos de Juliaca y San Miguel del departamento de Puno; para lo cual señala que se ha suscrito el Convenio N° 048-2025/VIVIENDA/VMCS/PNSU/DE; Que, con el Memorándum N° 1470-2025-VIVIENDA/ OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto (OGPP) remite el Informe N° 482-2025-VIVIENDA/OGPP-OP de la O fi cina de Presupuesto, mediante el cual emite opinión favorable en materia presupuestaria y propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/ 448 900,00 (CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la EPS SEDAJULIACA S.A., para el fortalecimiento de la capacidad operativa de la actividad de limpieza de pozos sépticos en los nueve (9) sectores sin acceso a los servicios de saneamiento con equipos de hidrojets, focalizada en los distritos de Juliaca y San Miguel del departamento de Puno; Que, mediante el Informe N° 0690-2025-VIVIENDA/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica señala que, estando a la opinado por la OGPP y en el marco de lo dispuesto en el literal b) del numeral 13.1 y el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, corresponde se expida una Resolución Ministerial que autorice la transferencia fi nanciera a favor de la EPS SEDAJULIACA S.A.; Que, en consecuencia, es necesario autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/ 448 900,00 (CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la EPS SEDAJULIACA S.A., para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, y modi fi catorias; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y modi fi catorias; y, la Directiva N° 0001-2024- EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por la Resolución Directoral N° 0009-2024-EF/50.01, y modi fi catoria;SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Entidad Prestadora de Saneamiento de Juliaca S.A. Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/ 448 900,00 (CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Entidad Prestadora de Saneamiento de Juliaca S.A., para el fortalecimiento de la capacidad operativa de la actividad de limpieza de pozos sépticos en los nueve (9) sectores sin acceso a los servicios de saneamiento con equipos de hidrojets, focalizada en los distritos de Juliaca y San Miguel del departamento de Puno. Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada por la presente Resolución Ministerial se realiza con cargo al Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2025 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Categoría Presupuestaria 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5001777: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, Categoría del Gasto 5: Gasto Corriente y Genérica del Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias. Artículo 3.- Limitación del uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por la presente Resolución Ministerial no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Veri fi cación y Seguimiento El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, es responsable de la veri fi cación y seguimiento de las metas físicas y fi nancieras de los recursos, así como del cumplimiento de las acciones contenidas en el Convenio N° 048-2025/VIVIENDA/VMCS/PNSU/DE, para lo cual realiza el monitoreo correspondiente. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. DURICH FRANCISCO WHITTEMBURY TALLEDO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2433060-1 ORGANISMOS EJECUTORES BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERÚ Designan Gerente General de la Biblioteca Nacional del Perú RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000190-2025-BNP Lima, 28 de agosto de 2025 VISTOS: El Informe Técnico Nº 000202-2025-BNP-GG-OA-URH de fecha 28 de agosto de 2025, de la Unidad Funcional