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55 NORMAS LEGALES Jueves 18 de diciembre de 2025 El Peruano / VISTOS: El OFICIO N° 931-2025-D-FCCA-UNA (17-10-2025), cursado por la señora Decana de la Facultad de Ciencias Contables y Administrativas de esta Casa Superior de Estudios, referido al requerimiento de autorización de viaje al exterior, del docente, Dr. EDGAR VILLAHERMOSA QUISPE, con fines de participación en calidad de ponente en evento de carácter internacional con sede en la ciudad de Barcelona - España; y, el MEMORANDUM N° 1204-2025-SG-UNA-PUNO (08-11-2025) emitido por Secretaría General – UNA-PUNO, que contiene el acuerdo de aprobación del Consejo Universitario; CONSIDERANDO: Que, la Universidad Nacional del Altiplano de Puno se rige por las disposiciones contenidas en la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria, el Estatuto y normas administrativas internas; goza de autonomía en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, que debe ser ejercida de acuerdo a lo previsto en el art. 18° de la Constitución Política del Estado y Leyes de la República, para el cumplimiento de los fines y objetivos institucionales; asimismo, la Ley N° 31520, Ley que restablece la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas; Que, conforme prescribe el primer párrafo del artículo 1° de la Ley N° 27619, denominada “Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos”, tiene como objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Publico, incluyendo aquellos comprendidos en el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE; de ello se colige que, todo viaje al extranjero del rector y de docentes universitarios que irrogue gastos al Estado (en calidad de bolsa de viaje, viáticos, etc.), deberá ser publicado en el Diario Oficial “El Peruano” de forma obligatoria; Que, sobre la Publicación de viajes al exterior en el Diario Oficial El Peruano, la Ley N° 27619, en concordancia con el Decreto Supremo N° 047-2002- PCM, que regula la Autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, respecto al contenido del acto de autorización, en su artículo 2°, dice lo siguiente: “La Resolución de autorización de viaje al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. Sin perjuicio de lo expuesto, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad”. En concordancia con lo señalado en su artículo 4° sobre la publicidad: “Las Resoluciones de autorización de viaje deberá publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje. En aquellos casos en que se haya requerido una permanencia mayor a la autorizada, se deberá acreditar específicamente la circunstancia que la motiva, siendo necesaria, además, la publicación de la autorización de mayor permanencia”. Finalmente su artículo 10°, señala en relación a la obligación de presentar informe: “Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario o servidor público, deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.”; Que, el art. 93, numeral 93.16 del Estatuto – UNA- PUNO (RAU. N° 008-2023-AU-UNA), establece que son atribuciones del Consejo Universitario, entre otras: “Autorizar los viajes fuera del país en comisión de servicio del Rector y Vicerrectores, Decanos, Director de la Escuela de Posgrado, docentes, funcionarios y estudiantes; así también recibir los informes correspondientes. ”;Que, a través de OFICIO N° 931-2025-D-FCCA-UNA, la señora Decana de la Facultad de Ciencias Contables y Administrativas de esta Casa Superior de Estudios, hace alcance la RESOLUCIÓN DE DECANATO N° 495-2025-D-FCCA-UNA (17-10-2025), que autoriza la licencia por capacitación del 02 al 09 de noviembre del 2025, a favor del docente, Dr. EDGAR VILLAHERMOSA QUISPE, para su participación en calidad de PONENTE en el CONGRESO INTERNACIONAL DE INVESTIGACIÓN EN CONTABILIDAD Y EMPRESA (CIICE 2025), con el tema: “Queja ante el Tribunal Fiscal: Un análisis de su eficacia y limitaciones”, con sede en la ciudad de BARCELONA - ESPAÑA; acto administrativo que a su vez, autoriza la asignación de una Bolsa de Viaje por el monto de OCHO MIL CON 00/100 SOLES (S/. 8,000.00), con cargo a recursos directamente recaudados por el Programa de Maestría en Contabilidad y Administración. Solicitándose su ratificación; Que, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido sus opiniones técnicas contenidas en: el INFORME N° 2223-2025-UP-OPP-UNA-PUNO (29-10- 2025) de la Unidad de Presupuesto, del cual se infiere la existencia de marco presupuestal en la Meta SIAF 0012 – 5005857 Ejercicio de la Docencia Universitaria, Genérica de Gasto 2.3 Bienes y Servicios, Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, Centro de Costo 02.06.04.01 Decanato de la Facultad de Ciencias Contables y Administrativas, por el monto de S/. 8,000.00 Soles, presupuesto adicional, con fondos de la Maestría en Contabilidad y Administración, de acuerdo al INFORME N° 0975-2025-ADMC-EPG- UNA de la Administración Contables de la EPG, sobre existencia de disponibilidad de fondos; y el INFORME N° 1891-2025-UPM-OPP-UNA-P (29-10-2025) de la Unidad de Planeamiento y Modernización, sobre la verificación de la existencia del registro de la Actividad Operativa relacionada con el pedido: “EJERCICIO DE LA DOCENCIA UNIVERSITARIA – RDR”, conforme a la ficha CEPLAN que trae anexo. Por su parte, la Oficina de Asesoría Jurídica ha emitido la OPINIÓN LEGAL N° 1030-2025-OAJ-UNA-PUNO (30-10-2025), el cual, en armonía con la normativa y consideraciones expuestas, contiene pronunciamiento favorable para autorizar el viaje al exterior, del docente comprendido en la presente; Estando a la documentación sustentatoria que forma parte de la presente Resolución; en el marco de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria, el Estatuto y Resolución de Asamblea Universitaria Nº 009-2021-AU-UNA; y, De conformidad con lo aprobado por el Pleno del Honorable Consejo Universitario en Sesión Extraordinaria del 07 de noviembre del 2025; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR, en vía de regularización, el viaje al exterior, ciudad de BARCELONA - ESPAÑA, del docente de la Escuela Profesional de Ciencias Contables, Facultad de Ciencias Contables y Administrativas de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno – Perú, Dr. EDGAR VILLAHERMOSA QUISPE, con fines de participación en calidad de PONENTE en el CONGRESO INTERNACIONAL DE INVESTIGACIÓN EN CONTABILIDAD Y EMPRESA (CIICE 2025), con el tema: “Queja ante el Tribunal Fiscal: Un análisis de su eficacia y limitaciones”, del 02 al 09 de noviembre del 2025; acorde con la RESOLUCIÓN DE DECANATO N° 495-2025-D-FCCA-UNA y fundamentos descritos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo .- AUTORIZAR, se otorgue una bolsa de viaje por la suma de OCHO MIL CON 00/100 SOLES (S/. 8,000.00), a favor del docente, Dr. EDGAR VILLAHERMOSA QUISPE, con cargo a la Meta SIAF 0012 – 5005857 Ejercicio de la Docencia Universitaria, Genérica de Gasto 2.3 Bienes y Servicios, Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados, Centro de Costo 02.06.04.01 Decanato de la Facultad de Ciencias Contables y Administrativas, presupuesto adicional con fondos de la Maestría en Contabilidad y Administración.