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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2025 (25/12/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 100

100 NORMAS LEGALES Jueves 25 de diciembre de 2025 El Peruano / para acreditar su identidad ante diversas dependencias del Estado y del sector privado; Que el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil - RENIEC, rea fi rma su compromiso de materializar el derecho a la identidad de todas las personas, promoviendo la igualdad, la inclusión y el acceso equitativo y oportuno a los servicios de registro civil, identi fi cación e identidad digital, orientando su gestión hacia la reducción de las brechas de documentación y la atención prioritaria de las poblaciones en situación de vulnerabilidad y especial protección tales como, niñas, niños y adolescentes, personas adultas mayores, personas con discapacidad, personas en situación de movilidad, población indígena u originaria, personas en situación de pobreza y pobreza extrema, aquellas afectadas por los desastres naturales o emergencias y otras que enfrenten barreras sociales, culturales y de acceso territorial o tecnológicas, conforme a la Política Social Institucional del RENIEC aprobada por Resolución Jefatural N° 000201-2025-JNAC/RENIEC (01DIC2025); Que aunado a ello, se tiene el cumplimiento de normativa emitida para bene fi ciar a poblaciones en situación de vulnerabilidad, como es el caso de la Ley N°31714 Ley que prioriza el trámite gratuito de la actualización del domicilio en el DNI de la población en situación de pobreza y pobreza extrema, así como la Ley N°31405 Ley que promueve la protección y desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes que se encuentran en situación de orfandad, el Decreto Supremo N° 003-2016-MIDIS, que aprueba la Estrategia de Acción Social con Sostenibilidad como instrumento técnico destinado a atender las intervenciones a las comunidades nativas amazónicas, entre otros bene fi cios al que no podrán acceder de no contar con un DNI; Que en virtud a ello, la Dirección de Restitución de la Identidad y Apoyo Social (DRIAS) mediante el documento de vistos, solicita aprobar las gratuidades para el año 2026, mediante la consolidación de ciento cincuenta y siete mil (157,000) procedimientos en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales (RUIPN), para la tramitación y consecuente expedición del Documento Nacional de Identidad electrónico (DNIe) que se gestionen en campañas y jornadas de documentación itinerante de la DRIAS, desde el primer día hábil del mes de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre del 2026; a fi n de garantizar la atención integral de las poblaciones que viven en situación de vulnerabilidad y de especial protección, precisando que el incremento de estas gratuidades está sujeto a la disponibilidad presupuestal de la entidad; Que el artículo 98° del Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, aprobado con el Decreto Supremo N° 015-98-PCM, establece la facultad de la Jefatura Nacional para determinar la gratuidad de los servicios que considere pertinente; Que la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, mediante los documentos de vistos, señala que la gratuidad de los procedimientos registrales y la consecuente expedición del DNI, propuesto por la Dirección de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, es factible de ser fi nanciadas con cargo a los recursos presupuestarios asignados a la institución para el año 2026; Que de igual forma, la Gerencia General mediante el documento de vistos, evalúa lo solicitado y emite opinión favorable a la propuesta de la Dirección de Restitución de la Identidad y Apoyo Social; Que teniendo en cuenta lo opinado por los órganos competentes, la O fi cina de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable la emisión de la Resolución Jefatural correspondiente; Que se hace necesario hacer de conocimiento lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural a la ciudadanía; y, Estando a la opinión favorable de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por el Decreto Supremo Nº015-98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural N°000061-2024/JNAC/RENIEC (08ABR2024) y su modi fi catoria y a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar la gratuidad de ciento cincuenta y siete mil (157,000) procedimientos en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales (RUIPN), para la tramitación y consecuente expedición del Documento Nacional de Identidad Electrónico (DNIe) que se gestionen en el marco de las acciones de la Dirección de Restitución de la Identidad y Apoyo Social – DRIAS, desde el primer día hábil del mes de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre del 2026. Artículo Segundo.- Establecer la gratuidad para los procedimientos de inscripción por primera vez, renovación, duplicados, actualización de imágenes y recti fi cación de datos, según corresponda, dirigidos a los siguientes Grupos de Atención: GRUPO DE ATENCIÓ NPOBLACION POTENCIAL Grupo 1Población en situación de Pobreza y Pobreza Extrema, mayores y menores de edad que cuenten con la constancia de clasificación socioeconómica SISFOH (pobre o pobre extremo). Grupo 2Personas con Discapacidad (PCD), mayores y menores de edad, que acrediten su condición de discapacidad conforme a la normativa vigente. Grupo 3Personas adultas mayores a partir de los 60 años en situación de especial vulnerabilidad. Grupo 4 Menores de edad (0 a 17 años) a nivel nacional. Grupo 5Mayores de edad que incluya de manera afirmativa su condición de donante de órganos y tejidos, con fines de trasplante o injerto, después de su muerte. Grupo 6Mayores y menores de edad, que se realicen durante las intervenciones de la Estrategia de Acción Social con Sostenibilidad (EASS) a través de la Plataformas Itinerantes de Acción Social (PIAS) y Buques de la Armada Peruana (BAP), en ámbitos de comunidades nativas y alto andinasDurante el funcionamiento de las Oficinas Registrales Móviles en las PIAS, se deberán seguir los lineamientos señalados en el Anexo 1. Grupo 7Población en situación de vulnerabilidad y especial protección, cuya condición se encuentre debidamente justificada, que incluye:7.1. Niñas, niños y adolescentes en situación de desprotección familiar, orfandad debido al fallecimiento de sus padres/tutores, o menores que acompañan a sus madres en establecimientos penitenciarios. 7.2. Personas menores y mayores de edad repatriadas o personas en situación de calle. 7.3. Personas mayores o menores víctimas de delitos penales que vulneren su libertad, integridad física y psicológica, y familiares directamente afectados. 7.4. Personas en situación de urgencias o emergencias médicas (hospitalizadas, que requieran intervención quirúrgica o necesiten afiliarse al seguro para recibir tratamiento). 7.5. Personas que, por circunstancias coyunturales como siniestros o desastres naturales, se encuentren en situación de vulnerabilidad (Anexo 2). Grupo 8Población indígena u originaria, zonas del VRAEM, frontera y aquellas afectadas por otras situaciones que generen barreras económicas (pobreza y pobreza extrema), culturales o de acceso territorial o tecnológicas que limiten el ejercicio su derecho a la identidad, a excepción de rectificación de domicilio. Grupo 9Bomberos voluntarios del Perú a nivel nacional, en el marco de los procesos electorales 2026.