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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JULIO DEL AÑO 2025 (26/07/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 148

TEXTO PAGINA: 114

114 NORMAS LEGALES Sábado 26 de julio de 2025 El Peruano / Organizada (Corporativo) de Huaura del Distrito Fiscal de Huaura a favor del abogado MARCOS AREVALO TORRES. Tercero.- La renuncia es un ejercicio del derecho a la libertad de trabajo, la misma que se encuentra sujeta a que se cumplan determinadas exigencias para hacerse efectiva a fi n de evitar que se afecte el normal desarrollo de las actividades en nuestra institución. En esa línea, conforme a lo establecido en el artículo 106 de la Ley Nº 30483 - Ley de la Carrera Fiscal; lo señalado en la Primera Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; y, los artículos 183 y 185 de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el cargo de fi scal termina, entre otros, desde que la renuncia es aceptada, encontrándose el empleador facultado para aceptarla desde la fecha en que fue recibida o, dentro de los treinta (30) días siguientes. Cuarto.- Por lo expuesto, y teniéndose en cuenta que la aceptación de la renuncia desde la fecha en que fue recibida o dentro de los treinta días siguientes, es una facultad discrecional del empleador, conforme lo señalado por la O fi cina General de Asesoría Jurídica en el informe Nº 000624-2021-MP-FN-OGASEJ, corresponde aceptar la renuncia formulada, al encontrarse dentro del plazo establecido por ley. Quinto.- En consecuencia, la Junta de Fiscales Supremos mediante Acuerdo Nº 064-2025 adoptado en sesión ordinaria de fecha 1 de julio de 2025 convino por unanimidad, con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, aceptar la renuncia formulada por el abogado MARCOS AREVALO TORRES al cargo de fi scal adjunto provincial titular de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos contra la Criminalidad Organizada (Corporativo) de Huaura del Distrito Fiscal de Huaura, a partir del día 3 de julio de 2025; debiendo previamente efectuar la entrega de cargo correspondiente. En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, y conforme a lo establecido en el considerando precedente; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado MARCOS AREVALO TORRES al cargo de fi scal adjunto provincial titular de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos contra la Criminalidad Organizada (Corporativo) de Huaura del Distrito Fiscal de Huaura, a partir del día 3 de julio de 2025; debiendo previamente efectuar la entrega de cargo correspondiente. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento del abogado MARCOS AREVALO TORRES, que deberá efectuar la entrega de cargo conforme a las disposiciones de la materia, bajo responsabilidad funcional; y en caso de incumplimiento, se remitirán los actuados a la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, para que proceda conforme a sus atribuciones. Artículo Tercero.- Remitir la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, para los fi nes pertinentes. Artículo Cuarto.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huaura, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este, a la Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, a la Gerencia General, a la O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, a la O fi cina General de Potencial Humano, así como al interesado, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la NaciónPresidenta de la Junta deFiscales Supremos 2423051-1Aceptan renuncia de fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Este RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2242-2025-MP-FN Lima, 24 de julio de 2025 VISTOS: El o fi cio Nº 005649-2025-MP-FN-PJFS-DFLE, e informe Nº 0168-2025-MP-FN-OREF-YGRC, y; CONSIDERANDO: Mediante el o fi cio de vistos, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este, se remite y expresa conformidad a la carta de fecha 9 de julio de 2025, suscrita por el abogado Grambellt Jhon Sinarahua Alarcón, fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Este, designado en la Cuarta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Santa Anita, quien presenta su renuncia al cargo por motivos personales y familiares. En su carta de renuncia, el citado abogado solicita la exoneración del plazo de anticipación que exige la Ley para que la renuncia se haga efectiva a partir del 25 de julio de 2025, recibiendo el visto bueno de su jefe inmediato, por lo que cumple con los lineamientos establecidos en el ofi cio circular Nº 001-2022-MP-FN-PJFS, de fecha 20 de abril de 2022. El numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, prevé que el cargo de fi scal termina, entre otros, por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que “el término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma” (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fi scales). En virtud de la facultad concedida a la Fiscal de la Nación, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a la evaluación de los actuados contenida en el informe Nº 0168-2025-MP-FN-OREF-YGRC de fecha 17 de julio de 2025, resulta necesario emitir el acto resolutivo que acepte la renuncia del referido fi scal, a partir del 25 de julio de 2025. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado Grambellt Jhon Sinarahua Alarcón, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Este, y su designación en la Cuarta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Santa Anita, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 092-2025-MP-FN, de fecha 14 de enero de 2025; a partir del 25 de julio de 2025. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento al abogado Grambellt Jhon Sinarahua Alarcón que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Tercero.- Disponer que la O fi cina General de Potencial Humano, de acuerdo a sus atribuciones, realice la gestión correspondiente a fi n de que el abogado Grambellt Jhon Sinarahua Alarcón, contratado a plazo indeterminado en el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728, retorne a desempeñar funciones de acuerdo a la reserva de su plaza como personal administrativo registrado en el Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA).