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19 NORMAS LEGALES Miércoles 7 de mayo de 2025 El Peruano / RELACIONES EXTERIORES Autorizan a la APCI gasto por pasajes aéreos, seguros y viáticos para el desplazamiento de cooperantes peruanos quienes brindarán asistencia técnica y capacitación en República Dominicana RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0279-2025-RE Lima, 3 de mayo de 2025 VISTOS:El Memorándum Nº APC001512025, de 11 de abril de 2025, de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI; el Memorándum Nº DCI004242025, de 11 de abril de 2025, de la Dirección de Cooperación Internacional; el Memorándum Nº LEG007672025, de 16 de abril de 2025, de la O fi cina General de Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley Nº 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, la referida Agencia es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores, que ejecuta, programa y organiza la cooperación técnica internacional, también llamada cooperación internacional no reembolsable, la cual se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado, en función de la política nacional de desarrollo, y por consiguiente, goza de los bene fi cios tributarios que la ley establece; ejecuta la Política Nacional de Cooperación Técnica Internacional (PNCTI); y, proyecta la oferta peruana de cooperación técnica internacional, en el marco de las prioridades de desarrollo nacional y de la política exterior; Que, el literal c) del artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 719, Ley de Cooperación Técnica Internacional, establece que la Cooperación Técnica Internacional es el medio por el cual el Perú brinda preparación técnica, cientí fi ca y cultural a peruanos en el país o en el extranjero, y a los extranjeros en el Perú; Que, la Sexagésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, prorrogada en su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025 por el numeral iv. de la Centésima Sexagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, autoriza a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, a fi nanciar, con cargo a su presupuesto institucional y en el marco de lo señalado por el Decreto Legislativo Nº 719, la adquisición de pasajes, viáticos y seguros personales que permita el desplazamiento de cooperantes peruanos al exterior, para brindar asistencia técnica y capacitación, así como también para facilitar el desplazamiento de bene fi ciarios extranjeros hacia el Perú para recibir capacitación, ambos de corta duración. Los gastos que se efectúen en el marco de la citada disposición deberán contar previamente con una autorización aprobada mediante resolución del titular del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, la cooperación entre la República del Perú y la República Dominicana se enmarca en el “Convenio Básico de Cooperación Técnica y Cientí fi ca entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Dominicana”, suscrito el 13 de julio de 2006, a través del cual se estableció un mecanismo de reuniones, cuya periodicidad es determinada por ambas Partes, de acuerdo a las necesidades de los Programas, Proyectos y Actividades en ejecución; Que, en la III Reunión del Grupo de Trabajo de Cooperación Técnica y Cientí fi ca entre la República del Perú y la República Dominicana, se aprobó el Programa de Cooperación Técnica y Cientí fi ca República del Perú – República Dominicana 2022 – 2024; prorrogado hasta el 30 de junio de 2025, el cual está conformado, entre otros, por el Proyecto denominado “Inclusión de la Gastronomía como parte de la Marca País y el Desarrollo del Turismo Gastronómico a partir de la Experiencia Peruana y Medidas para la Reactivación del Turismo en el periodo de Post pandemia”; Que, en el marco del mencionado Proyecto se han programado las actividades denominadas “Visita técnica del MINCETUR para realizar un diagnóstico en materia de turismo comunitario sostenible en las comunidades de República Dominicana” y “Experiencia peruana en la inclusión de la gastronomía como parte de la Marca País y desarrollo del turismo gastronómico”, a realizarse en la ciudad de Santo Domingo y las provincias de Samaná, Espaillat y Puerto Plata, República Dominicana, del 18 al 23 de mayo de 2025, y cuyas instituciones ejecutoras son el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR y la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ de la República del Perú y el Ministerio de Turismo - MITUR de la República Dominicana; Que, mediante el Informe Nº 0043-2025-APCI/ DGNI, de 7 de abril de 2025, la Dirección de Gestión y Negociación Internacional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, ha señalado que en las referidas actividades del Proyecto participarán los cooperantes peruanos Guy Rengifo Rodríguez, Sandra Carolina Delgado Yépez, Ella María José Rozas Peralta y Carla Mariana Urbano Donayre, quienes brindarán asistencia técnica y capacitación en la ciudad de Santo Domingo y las provincias de Samaná, Espaillat y Puerto Plata, República Dominicana; con los objetivos de contribuir al posicionamiento del turismo gastronómico en las comunidades, promoviendo positivamente la imagen del país; promocionar la gastronomía como elemento diferenciador del turismo local; y, evaluar el desarrollo del turismo local en República Dominicana para obtener un diagnóstico orientado a desarrollar una propuesta de turismo comunitario sostenible; concluyendo que resulta necesario proceder con la autorización de gasto por concepto de pasajes aéreos, seguros personales y viáticos para el desplazamiento de los cuatro (4) funcionarios del MINCETUR y PROMPERÚ de la República del Perú, en calidad de cooperantes peruanos; Que, de conformidad con lo establecido en la Sexagésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, prorrogada en su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025 por el numeral iv. de la Centésima Sexagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, los gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y seguros personales que irrogue el desplazamiento de los citados cooperantes peruanos serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI; Que, la participación de los cooperantes peruanos se inscribe en el marco de lo dispuesto en la “Directiva que establece el procedimiento de adquisición de pasajes, asignación de viáticos y rendición de cuentas en el marco de la gestión de la Oferta Peruana de Cooperación Técnica Internacional”, aprobada por la Resolución Directoral Ejecutiva Nº 080-2019/APCI-DE; Que, mediante la Memoranda Nº 0092-2025-APCI/ OPP, Nº 0121-2025-APCI/OPP y Nº 0146-2025-APCI/OPP, de 27 de enero de 2025, 11 y 18 de febrero de 2025, respectivamente, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI ha emitido las Notas Nº 0000000052, Nº 0000000067 y Nº 0000000084, otorgando las certi fi caciones de crédito presupuestario que permitirán atender el citado gasto; Que, luego de la revisión de los requisitos, de las disposiciones establecidas en la normativa sobre la materia y sus directivas internas, la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, mediante el Informe Nº 0087-2025-APCI/OAJ, de 9