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59 NORMAS LEGALES Sábado 17 de mayo de 2025 El Peruano / a los noventa días calendario contados a partir del día siguiente a la publicación de su reglamento; Que, con fecha 22 de enero de 2025, se publicó en el Diario O fi cial El Peruano el Decreto Supremo Nº 009-2025-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley (en adelante, el Reglamento), por lo que las referidas normas entraron en vigencia a partir del 22 de abril de 2025; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal b) del numeral 25.1 del Artículo 25 de la Ley, la Autoridad de la gestión administrativa es la más alta autoridad de la gestión administrativa de cada entidad contratante. Es responsable de la aprobación, autorización y supervisión de los procesos de contratación de bienes, servicios y obras, con excepción de aquellas reservadas al titular de la entidad; Que, asimismo, el numeral 25.2. del Artículo 25 de la Ley, dispone que el titular de la entidad y la autoridad de gestión administrativa puede delegar, mediante resolución, las facultades que dicha Ley les otorga, salvo las excepciones previstas en su reglamento; Que, el numeral 105.4 del Artículo 105 del Reglamento, dispone que, el servidor o funcionario que tenga facultades para suscribir el contrato y sus adendas conforme a las normas de gestión interna de la entidad contratante es quien se encuentra facultado para autorizar cualquier modi fi cación a este, salvo que ello se encuentre reservado a la autoridad de la gestión administrativa o al titular de la entidad conforme lo dispuesto en el Reglamento; Que, el Artículo 7 del Manual de Operaciones del PRONATEL, aprobado por Resolución Ministerial N° 0311-2020-MTC/01.03, establece que la Dirección Ejecutiva está a cargo de un Director Ejecutivo quien es la máxima autoridad ejecutiva y administrativa que ejerce la representación del PRONATEL y la titularidad de la entidad; y de conformidad con el Artículo 8 del referido Manual la Dirección Ejecutiva puede delegar las funciones que considere pertinentes, sin perjuicio de la responsabilidad que le corresponde de acuerdo con la normativa vigente; Que, el numeral 78.1 del Artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, dispone que, las entidades pueden delegar el ejercicio de competencia conferida a sus órganos en otras entidades cuando existan circunstancias de índole técnica, económica, social o territorial que lo hagan conveniente, y agrega que, procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; asimismo, el numeral 78.2 del citado artículo precisa que son indelegables las atribuciones esenciales del órgano que justi fi can su existencia, las atribuciones para emitir normas generales y las atribuciones a su vez recibidas en delegación; Que, mediante Memorando N° I003032-2025- MTC/24-OA, de fecha 25 de abril de 2025, la O fi cina de Administración remite a la O fi cina de Asesoría Legal, el Informe N° I000933-2025-MTC/24-OA-CGA, que hace suyo, a través del cual se sustenta la delegación de facultades a favor del Director de la O fi cina de Administración en materia de contrataciones públicas en el marco de la Ley, para el periodo 2025, y la modi fi cación del Artículo 2 de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° I000012-2025-MTC/24-DE; Que, mediante Memorando N° I000215-2025- MTC/24-OAL, de fecha 25 de abril de 2025, la O fi cina de Asesoría Legal solicita a la O fi cina de Administración analizar, evaluar y revisar cada una de las delegaciones propuestas, así como emitir el sustento correspondiente de la propuesta de delegación y requerir a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto la opinión correspondiente; Que, mediante Informe N° I000275-2025-MTC/24-OA, de fecha 5 de mayo de 2025, la O fi cina de Administración remite a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, el sustento de la necesidad de la delegación de nuevas facultades en el marco de la Ley y su Reglamento; y, actualizar las facultades delegadas mediante la Resolución de Dirección Ejecutiva N° I000012-2025-MTC/24-DE, con la fi nalidad de que se le deleguen conforme a la normativa aplicable sobre la materia; Que, mediante Informe N° I000205-2025-MTC/24-OPP, de fecha 6 de mayo de 2025, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto comunica a la O fi cina de Asesoría Legal, su opinión favorable respecto de la emisión de la resolución que apruebe la propuesta de delegación de nuevas facultades y de la modi fi cación de las facultades delegadas mediante el Artículo 2 de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° I000012-2025-MTC/24-DE; Que, mediante Memorando N° I003252-2025- MTC/24-OA, de fecha 7 de mayo de 2025, la O fi cina de Administración remite a la O fi cina de Asesoría Legal, la propuesta de fi nitiva de la delegación de facultades, Ley, así como de la modi fi cación del Artículo 2 de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° I000012-2025-MTC/24-DE; Que, en atención a las normas citadas, y a la propuesta formulada por la O fi cina de Administración, así como a las opiniones favorables emitidas por las Ofi cinas de Planeamiento y Presupuesto, y Asesoría Legal, señaladas en los considerandos precedentes; y atendiendo la estructura funcional del Programa Nacional de Telecomunicaciones - PRONATEL, en concordancia con el propósito de desconcentrar las facultades así como optimizar la gestión administrativa de la Entidad, resulta conveniente delegar determinadas facultades al Director de la O fi cina de Administración; Con el visado del del Director de la O fi cina de Administración, del Director de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, y del Director de la O fi cina de Asesoría Legal; y, De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, y la Resolución Ministerial N° 0311-2020-MTC/01.03 que aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Telecomunicaciones - PRONATEL; SE RESUELVE: Artículo 1.- Delegación de facultades al Director de la O fi cina de Administración en materia de Contrataciones del Estado en el marco de la Ley N° 32069: Delegar en el Director de la O fi cina de Administración las siguientes facultades: a) Aprobar la inclusión en el PAC 2025 actualizado, los procedimientos de selección que se lleven a cabo mediante las modalidades para la contratación pública e fi ciente: compra corporativa (obligatoria y/o facultativa) y compra por encargo, previo a la convocatoria del procedimiento de selección por parte de la entidad encargada. b) Veri fi car y supervisar el cumplimiento de niveles de certi fi cación requeridos para el responsable de la dependencia encargada de las contrataciones y los compradores públicos. c) Aprobar el proceso de compatibilización del requerimiento de bienes o servicios. d) Aprobar y autorizar los procesos de contratación de bienes, servicios y consultorías. e) Aprobar los expedientes de contratación de los procedimientos de selección competitivos o no competitivos, modalidades diferenciadas, así como de las contrataciones realizadas a través de Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco y Compras Públicas de Innovación. f) Designar a una o más unidades orgánicas como áreas técnicas estratégicas, para la atención de una o más necesidades de otras áreas usuarias, por el periodo y forma que establezca el Reglamento de la Ley N° 32069. g) Designar a los integrantes titulares y suplentes de los comités, previa veri fi cación de los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley N° 32069. h) Designar a los expertos integrantes, titular y suplente, del jurado, previa veri fi cación de los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley N° 32069. i) Cancelar los procedimientos de selección, en cualquier momento previo a la adjudicación de la buena pro o la adjudicación para la innovación. j) Aprobar que no se utilice la subasta inversa para la contratación de un bien o servicio que cuente con fi cha técnica. k) Suscribir y resolver los Contratos Menores, Órdenes de Compra u Ordenes de Servicio, así como sus Adendas,