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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MAYO DEL AÑO 2025 (21/05/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 47

47 NORMAS LEGALES Miércoles 21 de mayo de 2025 El Peruano / Artículo 3.- Delegación de facultades y atribuciones en el Director General de la O fi cina General de Administración Delegar en el Director General de la O fi cina General de Administración, respecto de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, las facultades y atribuciones, en el marco de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, y su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 009-2025-EF, siguientes: a) Suscribir la solicitud de compra centralizada, así como los convenios interinstitucionales o actas, según corresponda, en condición de entidad encargante. b) Suscribir, en condición de entidad encargante, la comunicación escrita por la que se acepta la compra centralizada propuesta por Perú Compras u otra entidad contratante. c) Suscribir convenios interinstitucionales con entidades contratantes para realizar compras corporativas de bienes y servicios en general, y sus respectivas adendas. d) Desistir de participar en una compra corporativa facultativa. Artículo 4.- Deber de informar Los funcionarios y servidores en los cuales se ha delegado las facultades y atribuciones indicadas en la presente Resolución Ministerial están obligados a dar cuenta semestralmente al Despacho Ministerial, a través de la Secretaría General, respecto de las actuaciones realizadas en virtud de la delegación, conforme al formato que se adjunta como Anexo a la presente Resolución Ministerial.Artículo 5.- Cumplimiento de requisitos Las facultades y atribuciones a que se re fi ere la presente Resolución Ministerial son indelegables y comprenden las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso. Artículo 6.- Vigencia de la Resolución Ministerial N° 027-2025-VIVIENDA Precisar que las facultades delegadas en el marco de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 344-2018-EF, contenidas en la Resolución Ministerial N° 027-2025-VIVIENDA, son aplicables a los procedimientos de selección iniciados antes de la vigencia de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 009-2025-EF, los cuales se rigen por las normas vigentes al momento de su convocatoria. Artículo 7.- Noti fi cación Notifi car la presente Resolución Ministerial a los funcionarios y servidores en quienes han sido delegadas las facultades y atribuciones. Artículo 8.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), en la misma fecha de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.DURICH FRANCISCO WHITTEMBURY TALLEDO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento ANEXO “FORMATO PARA LA REMISIÓN DE INFORMACIÓN VINCULADA CON EL EJERCICIO DE FACULTADES Y ATRIBUCIONES DELEGADAS” FACULTAD O ATRIBUCIÓN DELEGADASE EJERCIÓ LA FACULTAD DELEGADA (SI/NO)N° EXPEDIENTERESOLUCIÓN O DOCUMENTO EMITIDOFECHA SUMILLAOBSERVACIONES Y/O COMENTARIOS 2401165-1 Delegan facultades y atribuciones en diversos funcionarios del Ministerio RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 042-2025- VIVIENDA-SG Lima, 19 de mayo de 2025 VISTOS:El Memorándum N° 0457-2025-VIVIENDA/SG-OGA de la Ofi cina General de Administración, la Nota de Elevación N° 992-2025-VIVIENDA-OGA/OACP y el Informe Técnico N° 007-2025-VIVIENDA/OGA-OACP-AADG de la O fi cina de Abastecimiento y Control Patrimonial, el Memorándum N° 781-2025-VIVIENDA/SG-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 0394-2025-VIVIENDA/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, (en adelante, la Ley), tiene por objeto establecer el marco normativo para efectivizar la contratación oportuna de bienes, servicios y obras, así como regular, en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento, la participación de los actores involucrados en el proceso de contratación pública; Que, los numerales 25.1 y 25.2 del artículo 25 de la Ley establecen que, la autoridad de la gestión administrativa de cada entidad contratante es responsable de la aprobación, autorización y supervisión de los procesos de contratación de bienes, servicios y obras, con excepción de aquellas reservadas al titular de la entidad, siendo que, en el caso de los ministerios, ésta recae en la secretaría general; y que dicha autoridad puede delegar, mediante resolución, las facultades que la ley le otorga, salvo las excepciones previstas en el reglamento; Que, el Reglamento de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2025-EF, tiene por objeto establecer los procedimientos, requisitos y condiciones aplicables a las disposiciones previstas en la Ley; Que, el numeral 8.1 del artículo 8 de la Directiva N° 0002-2025-EF/54.01, “Directiva que establece disposiciones para la elaboración del Plan Anual de Contrataciones”, aprobada con la Resolución Directoral N° 0010-2025-EF/54.01, señala que la autoridad de la