Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MAYO DEL AÑO 2025 (29/05/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 60

60 NORMAS LEGALES Jueves 29 de mayo de 2025 El Peruano / Ofi cina de Recursos Humanos, en tanto no implica la creación de nuevos órganos o unidades orgánicas adicionales a la estructura orgánica vigente de la entidad; Que, mediante el Informe N° 000242-2025-OAJ/ INDECOPI, la O fi cina de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable que la Gerente General, en su condición de máxima autoridad administrativa de la entidad, emita la resolución que apruebe la modi fi cación del Manual de Clasi fi cador de Cargos del INDECOPI aprobado con el artículo 2 de la Resolución N° 000143- 2022-GEG/INDECOPI y modi fi cado por las Resoluciones N° 000098-2024-GEG/INDECOPI, N° 000153-2024-GEG/INDECOPI, N° 000171-2024-GEG/INDECOPI, N° 000013-2025-GEG/INDECOPI, y N° 000018-2025-GEG-INDECOPI en los términos propuestos por la O fi cina de Recursos Humanos y validados por la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; Con el visado de la O fi cina de Recursos Humanos; de la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1023, que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, ente rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos del Estado; la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por Decreto Legislativo N° 1033; la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM; el Decreto Supremo N° 127-2024-PCM, que modi fi ca el Reglamento de la Ley N° 31419; la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PRE que formaliza la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH; la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000018-2024-SERVIR-PRE que formaliza la Directiva N° 003-2024-SERVIR-GDSRH y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado por Resolución N° 000063-2021-PRE/INDECOPI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car el Manual de Clasi fi cador de Cargos del INDECOPI, aprobado mediante el artículo 2° de la Resolución N° 000143-2022-GEG/INDECOPI y modi fi cado por las Resoluciones N° 000098-2024- GEG/INDECOPI, N° 000153-2024-GEG/INDECOPI, N° 000171-2024-GEG/INDECOPI, N° 000013-2025-GEG/INDECOPI, y N° 000018-2025-GEG-INDECOPI; el mismo que en calidad de Anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y su Anexo en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), en la sede digital de la entidad (www.gob.pe/indecopi) y en el Portal de Transparencia Estándar del INDECOPI el mismo día de la publicación del presente documento en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIOSELINA ESTHER URBINA CRUZ Gerenta General 2403167-1 INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LA PRODUCCIÓN Retiran la calificación para operar como CITE privado “Centro de Innovación Tecnológica de Marketing - CITE Marketing”, a la Empresa de Asesoría y Consultoría en Marketing y Comercialización, Mercadeando S.A. RESOLUCIÓN EJECUTIVA N° 000104-2025-ITP/DE San Isidro, 26 de mayo del 2025VISTO: El Memorando N° 0179-2025-ITP/DSE de fecha 07 de marzo de 2025, de la Dirección de Seguimiento y Evaluación; el Memorando N° 0228-2025-ITP/DEDFO de fecha 03 de abril de 2025, de la Dirección de Estrategia Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE; el Informe N° 193-2025-ITP/OAJ, de fecha 15 de abril de 2025, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; el Memorando N° 16-2025- ITP/SCD, de fecha 16 de mayo de 2025, de la Secretaria del Consejo Directivo; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 92, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1451, se crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio de Producción con personería jurídica de derecho público interno, el cual tiene a su cargo la coordinación, orientación, concertación y cali fi cación de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica-CITE; Que, el Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE, norma la creación, implementación, desarrollo, funcionamiento y gestión de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE; y los clasi fi ca en CITE público y CITE privado; Que, de acuerdo con el literal p) del artículo 4 del Decreto Legislativo N° 92, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1451, y el literal k) del artículo 17 el Decreto Legislativo N° 1228, el Instituto Tecnológico de la Producción - ITP tiene entre sus funciones el retirar la califi cación de los CITE privados, cuando corresponda, por el incumplimiento de sus obligaciones, condiciones exigidas y aquellas otras causas que se determinan en el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1228; Que, en ese sentido, el artículo 28 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1228, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE, establece que el ITP puede retirar la cali fi cación de los CITE privados, cuando corresponda, por el incumplimiento de su objeto, según lo establecido en el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1228, o pierda las condiciones de su califi cación; Que, con Resolución Ejecutiva N° 271-2019-ITP/DE se aprobó la Directiva N° 004-2019-ITP/DE, denominada “Directiva de Procedimiento para la cali fi cación, seguimiento y retiro de cali fi cación de personas jurídicas de derecho privado para operar como Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE Privado” (en adelante la Directiva), el cual tiene como objeto establecer el procedimiento para la cali fi cación, seguimiento y retiro de cali fi cación de las personas jurídicas de derecho privado para operar como Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE privado; siendo así, dicha Directiva contiene en su numeral 9.8.1 las causales de retiro de cali fi cación de CITE privado; Que, mediante Resolución Viceministerial N° 001-2012-PRODUCE-DVMYPE-I, de fecha 29 de febrero de 2012, se otorgó a la Empresa de Asesoría y Consultoría en Marketing y Comercialización, Mercadeando S.A., la cali fi cación para operar como “Centro de Innovación Tecnológica de Marketing- CITE Marketing” (en adelante CITEmarketing); Que, mediante Resolución Ejecutiva N° 0025-2017- ITP/DE, de fecha 17 de febrero de 2017, se aprobó la adecuación al Decreto Legislativo N° 1228 del CITEmarketing; Que, con Memorando N° 0179-2025-ITP/DSE, sustentado en el Informe N° 0011-2025-ITP/DSE-UFE e Informe Técnico N° 0005- 2025-ITP/DSE-UFE, todos ellos de fecha 07 de marzo de 2025, la Dirección de Seguimiento y Evaluación (en adelante, la DSE), remite a la Dirección Ejecutiva y a la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE (en adelante, la DEDFO), su informe de veri fi cación de condiciones de cali fi cación y operatividad vinculados con el CITEmarketing, recomendando evaluar la pertinencia de