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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2025 (29/11/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 80

80 NORMAS LEGALES Sábado 29 de noviembre de 2025 El Peruano / Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 1557- 2025 de la quincuagésima sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 17 de noviembre de 2025, realizada con la participación de la señora Tello Gilardi y los señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández, sin la intervención de la señora Barrios Alvarado por encontrarse de vacaciones; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar, a partir del 1 de diciembre de 2025, el funcionamiento de los siguientes órganos jurisdiccionales transitorios de descarga procesal: HASTA EL 28 DE FEBRERO DE 2026 (3 MESES)Corte Superior de Justicia de Amazonas- Juzgado Civil Transitorio – UtcubambaCorte Superior de Justicia del Callao- Juzgado de Trabajo Transitorio – Callao Corte Superior de Justicia de Huaura - Juzgado Civil Transitorio – HuachoCorte Superior de Justicia de Ica- Juzgado Civil Transitorio – Chincha - Juzgado de Trabajo Transitorio – Ica Corte Superior de Justicia de La Libertad- Juzgado Civil Transitorio – VirúCorte Superior de Justicia de Lima- 4° Juzgado Civil Transitorio – Lima - 3° Juzgado de Trabajo Transitorio – Lima- 25° Juzgado de Trabajo Transitorio – Lima Corte Superior de Justicia de Lima Este- Juzgado Civil Transitorio – Ate - Juzgado de Familia Transitorio – San Juan de Lurigancho - Juzgado de Familia Transitorio de la Comunidad Urbana Autogestionaria de Huaycán – Ate Corte Superior de Justicia de Lima Sur- Sala Laboral Transitoria – Villa El Salvador - Juzgado Civil Transitorio – Villa María del Triunfo Corte Superior de Justicia de Sullana- Juzgado Civil Transitorio – Sullana HASTA EL 31 DE MARZO DE 2026 (4 MESES) Corte Superior de Justicia de Arequipa- 1° Juzgado Civil Transitorio de Ejecución – Arequipa Corte Superior de Justicia de La Libertad- Juzgado Civil Transitorio – La Esperanza - Juzgado Mixto Transitorio – Parcoy Corte Superior de Justicia de Lima - 1° Juzgado Civil Transitorio – Lima - 2° Juzgado Civil Transitorio – Lima- 6° Juzgado Civil Transitorio – Lima- 7° Juzgado Civil Transitorio – Lima- 10° Juzgado Civil Transitorio – Lima- 2° Juzgado de Trabajo Transitorio – LimaCorte Superior de Justicia de la Selva Central - Juzgado Civil Transitorio – PichanaquiHASTA EL 30 DE ABRIL DE 2026 (5 MESES)Corte Superior de Justicia de Amazonas- Juzgado de Familia Transitorio Subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar – Chachapoyas Corte Superior de Justicia de Lima - 1° Juzgado Constitucional Transitorio – Lima Corte Superior de Justicia del Santa- 2° Juzgado de Familia Transitorio Subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar – Nuevo Chimbote Artículo Segundo.- Disponer las siguientes medidas administrativas en la Corte Superior de Justicia de Amazonas: 2.1. Que el presidente de la Corte Superior de Justicia de Amazonas informe a la presidenta de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, en un plazo no mayor de veinte (20) días calendario, sobre la evaluación del magistrado y del personal jurisdiccional del Juzgado Civil Transitorio de la provincia de Utcubamba, debido a que presentó al mes de setiembre de 2025 un avance de meta del 67%, menor al avance ideal del 73%, correspondiente a dicho período. 2.2. Que el presidente de la Corte Superior de Justicia de Amazonas informe a la presidenta de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, en un plazo no mayor de veinte (20) días calendario, sobre las razones por las que el Juzgado Civil Permanente de la provincia de Utcubamba entre agosto y setiembre de 2025 solo refl eja egresos de 75 expedientes, a diferencia de los 244 expedientes que en dichos meses registró el Juzgado Civil Transitorio de la misma provincia como ingresos de otra dependencia, lo cual corresponde a la redistribución de 300 expedientes físicos en etapa de trámite, que como máximo debía realizar dicho juzgado permanente hacia el referido juzgado transitorio, conforme a lo dispuesto en el artículo segundo de la Resolución Administrativa Nº 270-2025-CE-PJ. Artículo Tercero.- Reiterar por última vez al presidente de la Corte Superior de Justicia de Arequipa para que, en cumplimiento a lo dispuesto en el literal b) del artículo segundo de la Resolución Administrativa Nº 113-2025-CE-PJ, y que fue reiterado mediante el artículo quinto de la Resolución Administrativa Nº 270-2025-CE- PJ, remita a la presidenta de la Comisión Nacional de Productividad Judicial el informe concerniente a la cantidad de expedientes resueltos, durante el año 2024 y lo que va del presente año, por el 11° Juzgado Civil Permanente y el Juzgado Civil Transitorio en etapa de Ejecución de la provincia de Arequipa, que realmente correspondieron a la depuración de expedientes con sentencias fi rmes (consentidas y/o ejecutoriadas) que ya se habían ejecutado y que, a pesar de ello, aún fi guraban como pendientes en etapa de ejecución debido a que no se había emitido de manera inmediata los autos que declaran el archivo de fi nitivo, precisando las fechas en las que se produjo la ejecución de las sentencias y las fechas en las que se emitieron los autos de archivo defi nitivo. Artículo Cuarto.- Disponer que el presidente de la Corte Superior de Justicia del Callao adopte las medidas administrativas pertinentes para mejorar el nivel resolutivo del 2° Juzgado de Trabajo Permanente de la provincia del Callao, ya que tuvo un avance de meta del 67% menor al avance ideal del 73%, correspondiente a dicho período; debiendo de informar sobre el particular a la presidenta de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, en un plazo no mayor de veinte (20) días calendario, posteriores