TEXTO PAGINA: 77
77 NORMAS LEGALES Sábado 29 de noviembre de 2025 El Peruano / adicional como Juzgado Penal Unipersonal, unas cargas pendientes negativas de -5 y -42 expedientes en las subespecialidades Penal-Constitucional y Penal-Penal, respectivamente; debiendo informar, sobre el particular, a la presidenta de la Comisión Nacional de Productividad Judicial en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario, posteriores a la noti fi cación de la presente resolución administrativa. 9.3 Que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Sullana remita a la presidenta de la Comisión Nacional de Productividad de Judicial, en un plazo no mayor de veinte (20) días calendario, posteriores a la notifi cación de la presente resolución administrativa, un informe que detalle las razones por las cuales, la data estadística o fi cial correspondiente al mes de setiembre de 2025, con fecha de corte al 10 de octubre de 2025 evidencia las siguientes diferencias, debiendo precisarse los factores y/o situaciones especí fi cas que las hayan originado: a) Que el Juzgado de Paz Letrado del distrito de Los Órganos, provincia de Talara, presenta una diferencia signi fi cativa de 1124 expedientes entre la carga pendiente total en etapa de trámite registrada al cierre del año 2024 (201) y la carga inicial del presente año (1325), quedándole al mes de setiembre una elevada carga pendiente de 1095 expedientes. b) Que, al mes de diciembre de 2024, el citado órgano jurisdiccional registró un total de 247 expedientes pendientes de cali fi cación, y al mes de enero de 2025, su carga pendiente de cali fi cación ascendía a 1302, manteniendo al mes de setiembre de 2025 un total de 1381 expedientes pendientes por cali fi cación. Artículo Décimo.- Recordar que, en los informes de las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia remitidos a la presidenta de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, los cuales sustentan la ampliación de la labor de itinerancia de sus órganos jurisdiccionales, deberán consignar las fechas en las cuales se efectuó dicha itinerancia, así como la cantidad de expedientes resueltos en dicha labor. Artículo Décimo Primero.- Disponer que en las propuestas de redistribución de expedientes que efectúen las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia a la Comisión Nacional de Productividad Judicial, deben precisar si los expedientes a redistribuir son físicos o son expedientes judiciales electrónicos, para lo cual, en este último caso, las propuestas de redistribución deberán efectuarlas con conocimiento de la Secretaría Técnica de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico. Artículo Décimo Segundo.- Disponer que los gastos que se generen por la labor de itinerancia del Juzgado Mixto del distrito y provincia de Ayabaca hacia el distrito de Suyo de la misma provincia, y del Juzgado de Paz Letrado del distrito de Los Órganos, provincia de Talara hacia el distrito de Máncora de la misma provincia, pertenecientes a la Corte Superior de Justicia de Sullana, sean fi nanciados en su totalidad con cargo a las partidas presupuestarias asignadas a su respectiva Corte Superior de Justicia. Artículo Décimo Tercero.- Notifi car la presente resolución a la presidenta del Poder Judicial, la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil, Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, O fi cina de Productividad Judicial, Cortes Superiores de Justicia de Junín, Madre de Dios, Puente Piedra – Ventanilla, Puno y Sullana, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JANET TELLO GILARDI Presidenta Consejo Ejecutivo 2463868-1Prorrogan funcionamiento de órganos jurisdiccionales transitorios de descarga procesal, disponen medidas administrativas en diversas Cortes Superiores de Justicia y dictan otras disposiciones Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000435-2025-CE-PJ Lima, 28 de noviembre del 2025 VISTO: El O fi cio Nº 000790-2025-OPJ-CNPJ-CE-PJ, que adjunta el Informe Nº 000053-2025-OPJ-CNPJ-CE-PJ, del jefe de la O fi cina de Productividad Judicial, concerniente a las propuestas de prórroga de órganos jurisdiccionales transitorios con vencimiento al 30 de noviembre de 2025. CONSIDERANDO: Primero. Por Resoluciones Nros. 186-2025-CE-PJ, 208-2025-CE-PJ, 270-2025-CE-PJ y 300-2025-CE-PJ se prorrogó hasta el 30 de noviembre de 2025 el funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales transitorios que se encuentran bajo la competencia de la Comisión Nacional de Productividad Judicial. Segundo. Que, la evaluación de la prórroga de funcionamiento de los órganos jurisdiccionales transitorios se realiza en función a los datos estadísticos correspondientes al período de setiembre de 2025, con fecha de corte de información al 10 de octubre de 2025, siendo el avance ideal en dicho período del 73%; asimismo, para la evaluación de los órganos jurisdiccionales transitorios también se consideran aspectos tales como cambios de magistrado y de especialidad, redistribución de expedientes, promedio de avance de meta ajustada del órgano jurisdiccional versus sus homólogos, incremento considerable del número de expedientes resueltos por mes y carga pendiente, por lo que para determinar los plazos de prórroga de los órganos jurisdiccionales transitorios, se toman en cuenta los siguientes intervalos: INTERVALOS PARA EVALUACIÓN DE ÓRGANOS JURISDICCIO- NALES TRANSITORIOS CON DATA ESTADÍSTICA AL MES DE SETIEMBRE DE 2025 Para OO.JJs que iniciaron el 01/01/25 o antes: Intervalo Prórroga Avance% ≥ 82% 5 meses 73% ≤ Avance% < 82% 4 meses Avance% < 73% 3 meses Para OO.JJs que iniciaron el 01/04/25: Intervalo Prórroga Avance% ≥ 78% 5 meses 67% ≤ Avance% < 78% 4 meses Avance% < 67% 3 meses Para OO.JJs que iniciaron el 01/05/25: Intervalo Prórroga Avance% ≥ 75% 5 meses 63% ≤ Avance% < 75% 4 meses Avance% < 63% 3 meses Para OO.JJs que iniciaron el 01/06/25: Intervalo Prórroga Avance% ≥ 71% 5 meses 57% ≤ Avance% < 71% 4 meses Avance% < 57% 3 meses Para OO.JJs que iniciaron el 01/07/25: Intervalo Prórroga Avance% ≥ 67% 5 meses 50% ≤ Avance% < 67% 4 meses Avance% < 50% 3 meses