Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE OCTUBRE DEL AÑO 2025 (07/10/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 40

40 NORMAS LEGALES Martes 7 de octubre de 2025 El Peruano / Comercial y Civil - Litigación Oral; Procesos de Amparo en materia constitucional; así como en Familia en la subespecialidad Violencia Contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar y Familia Civil Alimentos para Niñas, Niños y Adolescentes. El número de órganos jurisdiccionales incluye trece órganos jurisdiccionales correspondientes a la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada - etapa intermedia, en atención a lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 000138-2020-P-CE-PJ y la implementación del Expediente Judicial Electrónico en tres órganos jurisdiccionales de la Corte Suprema de Justicia de la República: la Sala Penal Permanente, Sala Penal Especial y el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, aprobada por el Consejo Ejecutivo mediante Resolución Administrativa N° 000135-2022-P-CE-PJ, totalizándose a dieciséis órganos jurisdiccionales implementados con el Expediente Judicial Electrónico en la especialidad penal. Quinto. Que, los resultados obtenidos por la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, que promueve la implementación del Expediente Judicial Electrónico y cuyos objetivos están enmarcados en el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2021-2030, se enlazan con las Políticas Públicas Nacionales: La Política General de Gobierno para el período 2021-2026 (D.S. N° 164-2021-PCM), en lo referente a impulsar el Gobierno y Transformación Digital con Equidad, la Política Nacional de Competitividad y Productividad 2019-2030 (D.S. N° 345-2018-EF), el Plan Nacional de Competitividad y Productividad al 2030 (D.S. N° 237-2019-EF), la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública (D.S. N° 004-2013-PCM) y la Estrategia Nacional de Implementación del Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar 2021-2026 (D.S. N° 011-2021-MIMP). La Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico es también cooperante activo en la implementación de la Política Pública de Reforma del Sistema de Justicia en el Poder Judicial (Resolución Administrativa N° 000338-2022-CE-PJ). Sexto. Que, mediante la Resolución Administrativa N° 000258-2022-CE-PJ, se dispuso la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), a partir del 4 de julio de 2022, en la Tercera Sala Civil, Cuarta Sala Civil, Primer Juzgado Civil, Tercer Juzgado Civil, Décimo Juzgado Civil, Décimo Primero Juzgado Civil, Décimo Cuarto Juzgado Civil, Décimo Quinto Juzgado Civil, Décimo Sexto Juzgado Civil, Vigésimo Juzgado Civil, Vigésimo Primero Juzgado Civil, Vigésimo Tercero Juzgado Civil, Vigésimo Quinto Juzgado Civil, Vigésimo Octavo Juzgado Civil, Trigésimo Primero Juzgado Civil, Trigésimo Segundo Juzgado Civil, Trigésimo Tercero Juzgado Civil y Trigésimo Cuarto Juzgado Civil, órganos jurisdiccionales de la sede Basadre de la Corte Superior de Justicia de Lima, para que atiendan procesos de la especialidad Civil bajo el alcance de la Oralidad Civil: Sétimo. Que, mediante la Resolución Administrativa N° 000351-2025-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, dispuso en su artículo primero implementar a partir del 30 de setiembre de 2025, el tercer tramo del Módulo Corporativo Civil de Litigación Oral de la Corte Superior de Justicia de Lima, en el 2°, 9°, 19°, 26°, 27°, 29°, 36° y 37° Juzgado Civil del distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima. Octavo. Que, debe tenerse en cuenta lo dispuesto por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en la Resolución Administrativa N° 000351-2025-CE-PJ y el ofi cio N° 002113-2025-P-CSJLI-PJ de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, la Secretaría Técnica de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico ha elaborado el Informe N° 071-2025-ST-CT-EJE-PJ, teniendo como sustento el ofi cio N° 002113-2025-GTI-GG-PJ de la Gerencia de Tecnologías de Información de la Gerencia General del Poder Judicial, mediante el cual informa respecto a las acciones realizadas en el marco de la ampliación de la implementación del Expediente Judicial Electrónico en la Corte Superior de Justicia de Lima en la especialidad civil, bajo el alcance de la oralidad civil. Adicionalmente, la Gerencia de Servicios Judiciales mediante el O fi cio N° 000243-2025-GSJ-GG-PJ, indica los órganos jurisdiccionales que serán comprendidos en la ampliación de la implementación del Expediente Judicial Electrónico y el dimensionamiento de la Mesa de Partes Física para la atención de ingresos de documentos en la Corte Superior de Justicia de Lima. Noveno. Que, existiendo la necesidad de continuar con las implementaciones del Expediente Judicial Electrónico, como parte de las acciones de fortalecimiento de transformación digital, y estando en ejecución las actividades correspondientes al Plan Operativo Institucional del Expediente Judicial Electrónico y Plan de Actividades de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, se propone la ampliación de la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), para la especialidad Civil, bajo el alcance de la oralidad civil en la Corte Superior de Justicia de Lima. Décimo. Que, el artículo 82°, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que es atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, emitir acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias judiciales del Poder Judicial funcionen con celeridad y e fi ciencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 1361- 2025 de la cuadragésima octava sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 1 de octubre de 2025, realizada con la participación de las señoras Tello Gilardi y Barrios Alvarado, y los señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer la ampliación de la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), para la especialidad civil, bajo el alcance de la oralidad civil, a partir del 6 de octubre de 2025, en los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima, conforme al detalle siguiente: Sede Basadre, ubicada en la Avenida Jorge Basadre N° 157 - San Isidro - Lima: • 2° Juzgado Civil. • 9° Juzgado Civil.• 19° Juzgado Civil. • 26° Juzgado Civil. • 27° Juzgado Civil.• 29° Juzgado Civil.• 36° Juzgado Civil. • 37° Juzgado Civil. La ceremonia de inauguración se realizará a partir del 10 de octubre de 2025. Artículo Segundo.- Encargar a la Corte Superior de Justicia de Lima realice las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente resolución, debiendo informar a la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, Gerencia de Tecnologías de Información y Gerencia de Servicios Judiciales de la Gerencia General del Poder Judicial, la realización de las mismas. Artículo Tercero.- Notifi car la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JANET TELLO GILARDI Presidenta 2445491-1