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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (03/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 52

52 NORMAS LEGALES Miércoles 3 de setiembre de 2025 El Peruano / los reglamentos, directivas y demás normas de naturaleza registral vinculados al interés ciudadano, se sujetan en cuanto a su elaboración, estructura, sustento y demás aspectos, a las disposiciones especí fi cas de producción y sistematización legislativa, y normativas especí fi cas de la materia; Que, considerando que el proyecto normativo contiene disposiciones vinculadas a la actividad que cumple el Martillero Público, resulta necesario aprobar la publicación del proyecto normativo y su exposición de motivos en la sede digital de la SUNARP, de acuerdo a lo establecido en el Capítulo IV del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2024-JUS; Que, mediante el Informe N° 00831-2025-SUNARP/ OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica concluye que resulta viable legalmente emitir el acto resolutivo que publique en la sede digital de la SUNARP el proyecto de documento normativo y su exposición de motivos, al cumplirse con los presupuestos fácticos y normativos; y que, corresponde que la resolución sea emitida por la Superintendencia Nacional que deberá ser publicada en el diario o fi cial El Peruano, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 10 y el literal y) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNARP y lo establecido en el numeral 21.1 del artículo 21 del Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2024-JUS; De conformidad con la Ley N° 26366, Ley de creación del Sistema Nacional de los Registros Públicos y de la Superintendencia de los Registros Públicos; el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2024-JUS; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, actualizado por la Resolución Nº 00125-2024-SUNARP/SN; con el visado de la Gerencia General y la O fi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1.- Publicación Disponer la publicación del proyecto normativo que aprueba la modi fi cación del Reglamento del Procedimiento Sancionador aplicable a Martilleros Públicos, aprobado con la Resolución N° 218-2007-SUNARP/SN. El referido proyecto normativo y su Exposición de Motivos, se publican en la sede digital de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (www.gob.pe/sunarp), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano. Artículo 2.- Recepción de comentarios, aportes u opiniones Establecer el plazo de quince (15) días calendario, contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución, para recibir los comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas y/o privadas y de la ciudadanía en general; las mismas que pueden ser presentados a través de las o fi cinas de trámite documentario de las o fi cinas registrales de todo el país, así como, a través de la mesa de partes virtual de la SUNARP (https://mesadetramite.sunarp.gob.pe/), o, remitidos al correo electrónico: heguren@sunarp.gob.pe. Artículo 3.- Órgano responsable Encargar a la O fi cina de Asesoría Jurídica recibir, procesar y sistematizar los comentarios, aportes u opiniones que se presenten. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO MIGUEL SUBAUSTE BRACESCO Superintendente Nacional 2434458-1PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Autorizan la realización del “XIV Festival Nacional de Danzas Folklóricas del Poder Judicial 2025” en el departamento de Puno Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000317-2025-CE-PJ Lima, 1 de septiembre del 2025 VISTA: La Resolución Administrativa N° 000240-2025-CE-PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero.- Que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 000240-2025-CE- PJ, dispuso autorizar la realización del “XIV Festival Nacional de Danzas Folklóricas del Poder Judicial 2025”, a llevarse a cabo en el año 2025, en el Departamento de Puno; cuya organización estará a cargo de la Corte Superior de Justicia de Puno. Segundo.- Que, la señora Carmen del Pilar Gamero Huabil, Secretaria General Corte Suprema de Justicia de la República, remite el O fi cio N° 000084-2025-P-CSJPU- PJ, cursado por el señor Benny José Álvarez Quiñonez, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Puno, quien da cumplimiento a lo dispuesto en el artículo tercero de la Resolución Administrativa N° 000240-2025-CE-PJ que dispone se proponga la fecha en que se llevará a cabo el XIV Festival Nacional de Danzas Folklóricas del Poder Judicial 2025; poniendo a consideración que las fechas a realizarse el evento serían del 5 al 7 de diciembre de 2025. Tercero.- Que, cabe precisar que este tipo de actividades fortalecen los lazos de compañerismo laboral y mejora del clima laboral. Además, de otorgar bene fi cios en el plano psicológico y del bienestar personal. Por lo que, resulta pertinente autorizar que el “XIV Festival Nacional de Danzas Folklóricas del Poder Judicial 2025” se llevará a cabo del 5 al 7 de diciembre del presente año, en el Departamento de Puno. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 1064- 2025 de la trigésima cuarta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 7 de agosto de 2025, realizada con la participación de las señoras Tello Gilardi y Barrios Alvarado, y los señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero. Autorizar que el “XIV Festival Nacional de Danzas Folklóricas del Poder Judicial 2025” se llevará a cabo del 5 al 7 de diciembre del presente año, en el departamento de Puno. Artículo Segundo. Disponer que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Puno adopte las medidas pertinentes, a fi n de no afectar el despacho judicial. Artículo Tercero. Notifi car la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes.