NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (04/09/2025)
CANTIDAD DE PAGINAS: 72
TEXTO PAGINA: 58
58 NORMAS LEGALES Jueves 4 de setiembre de 2025 El Peruano / 10. El/La Director/a Regional de la Dirección Regional de Educación del Callao. 11.- El Director/a de la Unidad de Gestión Educativa Local – UGEL del Callao. 12. El/La Rector/a de la Universidad Nacional del Callao o su Representante. 13. El/la Alcalde/sa de la Municipalidad Provincial del Callao o su representante. 14. El/la Alcalde/sa de la Municipalidad Distrital de La Perla o su representante. 15. El/la Alcalde/sa de la Municipalidad Distrital de Bellavista o su representante. 16. El/la Alcalde/sa de la Municipalidad Distrital de Mi Perú o su representante. 17. El/la Alcalde/sa de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua – Reynoso o su representante. 18. El/la Alcalde/sa de la Municipalidad Distrital de La Punta o su representante. 19. El/la Alcalde/sa de la Municipalidad Distrital de Ventanilla o su representante. 20. El/La Decano/a Regional del Colegio Médico del Perú – Consejo Regional XVIII Callao. 21. El/la Decano/a Regional del Colegio de Psicólogos de Lima y Callao. 22. El/La Gerente/a General de la Sociedad Bene fi cencia Pública del Callao o su representante. 23. El/La Delegado/a del Callao de la Junta de Usuarios de los Servicios de Salud o su representante. 24. El/La Decano de la Escuela Profesional de Psicología de la Universidad Privada César Vallejo de la Filial Callao o su representante. 25. El/La Jefe/a del Cuerpo de Bomberos Voluntarios del Callao o su representante. 26. Ministerio del Interior - Región Policial del Callao.27. Defensoría del Pueblo – Sede Callao.28. El Director/a de la Unidad de Gestión Educativa Local – UGEL de Ventanilla. 29. Otros Actores del Sistema de Salud Pública. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Salud del Callao, la formulación y elaboración de un Plan Estratégico Sectorial para la Promoción, Prevención, Diagnóstico y Tratamiento Integral de los Problemas de Salud Mental en el ámbito de la Provincia Constitucional del Callao en el periodo 2025 – 2030, con acciones que favorezcan la atención de la población, articulando actores públicos, sociedad civil organizada y las instituciones involucradas en el tema. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Salud del Callao, la elaboración de los proyectos de inversión y aprobación de los expedientes técnicos, para cerrar la brecha de infraestructura y equipamiento en todos los centros de los diferentes niveles de atención para la Promoción, Prevención, Diagnóstico, Tratamiento Integral y Rehabilitación de los problemas de Salud Mental en el ámbito de la Provincia Constitucional del Callao. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la O fi cina de Gestión Patrimonial del Gobierno Regional del Callao en coordinación con la Dirección Regional de Salud del Callao, proceda a determinar los inmuebles disponibles de propiedad del Gobierno Regional del Callao, para futura implementación de nuevos centros para la Promoción, Prevención, Diagnóstico, Tratamiento Integral y Rehabilitación de los Problemas de Salud Mental en el ámbito de la Provincia Constitucional del Callao. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial incorporar progresivamente y en función a la disponibilidad presupuestal los proyectos de inversión generados por la Dirección Regional de Salud del Callao y de las Unidades Ejecutoras en el Programa Multianual de Inversiones, priorizando su fi nanciamiento para el cumplimiento de los objetivos que se consigna en el artículo primero de la presente Ordenanza, bajo responsabilidad. Artículo Séptimo.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Salud del Callao y a las Unidades Ejecutoras, la presentación de los proyectos de inversión y elaboración de los expedientes técnicos, para cerrar la brecha de infraestructura y equipamiento de los Centros y de los diferentes niveles de atención, para la Promoción, Prevención, Diagnóstico, Rehabilitación y Tratamiento Integral de los Problemas de Salud en el ámbito de la Provincia Constitucional del Callao. Artículo Octavo.- DERÓGUESE la Ordenanza Regional Nº 000011, de fecha 16 de mayo de 2014, “Ordenanza Regional que declara de interés y necesidad pública la promoción de la salud mental, la prevención y el tratamiento integral de los problemas de la salud mental en el Callao”, así como todas las normas y disposiciones legales y administrativas, generales y especí fi cas, sin excepción, que se opongan o limiten la aplicación de la presente Ordenanza. Artículo Noveno.- ENCARGAR a la O fi cina de Tecnologías de Información y Comunicaciones la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Portal web del Gobierno Regional del Callao . www. regioncallao.com.pe Artículo Décimo.- ENCARGAR a la O fi cina de Trámite Documentario y Archivo del Gobierno Regional del Callao noti fi car la presente Ordenanza Regional a las unidades orgánicas del Gobierno Regional del Callao para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese y comuníquese. CIRO RONALD CASTILLO ROJO SALAS Gobernador HAROLD ANGULO CÁRDENAS Secretario del Consejo Regional 2433646-1 Aprueban Reglamento que regula la realización de las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas del Gobierno Regional del Callao ORDENANZA REGIONAL Nº 004 Callao, 18 de agosto de 2025 EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao en Sesión de Ordinaria de fecha 18 de agosto de 2025. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú, establece: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (…) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional, como órgano normativo y fi scalizador, (…)” ; Que, el Artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y, sus modi fi catorias, señala: “Los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia (…)” ; Que, el Artículo 5º de la acotada norma, establece: “La misión de los gobiernos regionales es organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, (…) para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región.” ; Que, el Artículo 8º de la misma norma, señala que la gestión de los gobiernos regionales se rige por los siguientes principios: “(…) 3. Gestión moderna y rendición de cuentas. - La Administración Pública Regional está orientada bajo un sistema moderno de gestión y sometida a una evaluación de desempeño. Los gobiernos regionales incorporarán a sus programas de acción mecanismos concretos para la rendición de cuentas a la ciudadanía sobre los avances, logros, di fi cultades y perspectivas de