Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (04/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 57

57 NORMAS LEGALES Jueves 4 de setiembre de 2025 El Peruano / la implementación de nuevos Centros de Salud Mental Comunitarios, el mejoramiento de la infraestructura y equipamiento, acompañado de una mayor asignación presupuestal para la adquisición de bienes y servicios de los centros ya existentes; iii) Generar un Plan de Implementación de la Red Integrada de Salud Mental en la Región Callao; iv) El trabajo articulado de todas las unidades orgánicas del Gobierno Regional del Callao, dentro del ámbito de sus competencias; Que, la Dirección Regional de Salud del Callao (DIRESA Callao), mediante O fi cio Nº 4013-2024-GRC/ DIRESA/DG/DESP/DAIS/UTESR/ESRSMyCP, de fecha 15 de agosto del 2024, remite el Informe Nº 444-2024-GRC/DIRESA/UTESR/ESRSMyCP, de fecha 12 de agosto del 2024, en el cual, la O fi cina de Estrategia Sanitaria Regional de Salud Mental y Cultura de Paz de la Dirección de Atención Integral de Salud de la Dirección Ejecutiva de Salud de las Personas de la Dirección Regional de Salud del Callao, emite opinión técnica favorable a la propuesta del proyecto de Ordenanza Regional que aprueba declarar de Interés Regional y de Necesidad Pública, la promoción de Salud Mental, la prevención y el tratamiento integral de los problemas de Salud Mental y dicta medidas para su fortalecimiento en los tres niveles de atención de la Región Callao, en bene fi cio de la Salud Mental de la Comunidad Chalaca; Que, con O fi cio Nº 000196-2024-GRC/CR-RMMRPM, de fecha 27 de agosto de 2024, la Consejera Regional Rosa María Mercedes Raquel Pacheco Miñan, remite el proyecto de “Ordenanza que aprueba Declarar de Interés Regional y de Necesidad Pública la Promoción de la Salud Mental, la Prevención y el Tratamiento Integral de los Problemas de Salud Mental y Dicta Medidas para su Fortalecimiento en los Tres (03) Niveles de Atención de la Región Callao”; Que, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, con Informe Nº 000464-2024-GRC/GRPPYAT, de fecha 20 de septiembre de 2024, señala que, considerando el Informe Nº 000236-2024-GRC/OPMI, de fecha 20 de septiembre del 2024, mediante el cual la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones ha emitido opinión favorable, hace suyo dicho pronunciamiento; Que, dentro del ordenamiento jurídico del Gobierno Regional del Callao, se tiene la Ordenanza Regional Nº 000011 de fecha 16 de mayo de 2014, a través de la cual, se declara de Interés y Necesidad Pública la Promoción de la Salud Mental, la Prevención y el Tratamiento Integral de los problemas de Salud Mental en la Región Callao; Que, a través del O fi cio Nº 000277-2024-GRC/CR- RMMMRPM, de fecha 16 de octubre de 2024, la Consejera Regional Rosa María Mercedes Raquel Pacheco Miñan, señala que en virtud a los cambios normativos acontecidos al tiempo de vigencia, la Ordenanza Regional Nº 000011 de fecha 16 de mayo de 2014, la cual, se declara de Interés y Necesidad Pública la Promoción de la Salud Mental, la Prevención y el Tratamiento Integral de los problemas de Salud Mental en la Región Callao, culminó su aplicación en el año 2016; asimismo, señala que en la actualidad, para tratar los problemas de Salud Mental, la Ley Nº 30947, Ley de Salud Mental, considera como eje central el modelo de atención comunitaria sobre el cual se encuentra elaborada técnica y legalmente la Ordenanza Regional propuesta, por lo que solicita su derogación; Que, cabe precisar que mediante el Informe de Control Nº 002-2025-OC/0628-SVC, cuyo período de evaluación fue del 29 de enero al 6 de febrero de 2025, la Contraloría General advirtió a la Dirección Regional de Salud del Callao (DIRESA Callao) , que diversos Centros de Salud Mental Comunitarios (CSMC) se encuentran operando en condiciones precarias al carecer de los principales servicios básicos como: agua potable, desagüe, energía eléctrica y servicio de Internet, lo cual pone en riesgo la calidad y continuidad de la atención a los/as pacientes y también la integridad del personal de esos establecimientos; asimismo, hace acotación que, la Provincia Constitucional del Callao cuenta con seis (06) CSMC, de los cuales solo dos funcionan en inmuebles de propiedad de la DIRESA Callao y los restantes en predios o locales cedidos por otras entidades del Estado, con las cuales se suscribieron convenios interinstitucionales. La comisión de control recomendó comunicar al titular de la DIRESA Callao sobre los hechos registrados, con la fi nalidad de adoptar acciones urgentes que permitan dar continuidad y mejorar los servicios de salud mental que se ofrecen en los CSMC supervisados; Que, de los estudios de la Organización Panamericana de la Salud, 2023: “Avances y desafíos de la reforma de salud mental en el Perú en el último decenio”, se identi fi có que nuestra Región Callao con fl uye una magnitud de problemas de salud mental y bajas coberturas de atención requiriéndose de una política regional de salud mental más potente. Se necesita, por tanto, un involucramiento más decidido de las autoridades, especialmente en el sentido de garantizar dotaciones su fi cientes de infraestructura y recursos humanos en los servicios de salud mental comunitaria; Que, con Informe Nº 000512-025-GRC/GAJ, de fecha 11 de junio de 2025 la Gerencia de Asesoría Jurídica, respecto a la emisión de la “Ordenanza Regional que aprueba declarar de Interés Regional y de Necesidad Pública, la promoción, la prevención, el diagnóstico y el tratamiento integral de los problemas de Salud Mental y dicta medidas para su fortalecimiento en los tres niveles de atención en el ámbito de la Provincia Constitucional del Callao”, opina que es procedente al haber cumplido con la normativa que regula dicho acto; Que, conforme el artículo 15, de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, es atribución del Consejo Regional aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones otorgadas al Consejo Regional de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional ha aprobado lo siguiente: ORDENANZA “QUE APRUEBA DECLARAR DE INTERÉS REGIONAL Y DE NECESIDAD PÚBLICA LA PROMOCIÓN, LA PREVENCIÓN, EL DIAGNÓSTICO Y EL TRATAMIENTO INTEGRAL DE LOS PROBLEMAS DE SALUD MENTAL Y DICTA MEDIDAS PARA SU FORTALECIMIENTO EN LOS TRES (03) NIVELES DE ATENCIÓN EN EL ÁMBITO DE LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO”. Artículo Primero.- DECLARAR DE INTERÉS REGIONAL Y DE NECESIDAD PÚBLICA, LA PROMOCIÓN, LA PREVENCIÓN, EL DIAGNÓSTICO Y EL TRATAMIENTO INTEGRAL DE LOS PROBLEMAS DE SALUD MENTAL Y DICTA MEDIDAS PARA SU FORTALECIMIENTO EN LOS TRES (03) NIVELES DE ATENCIÓN EN EL ÁMBITO DE LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO. Artículo Segundo.- CRÉASE el “Consejo Regional de Salud Mental”, bajo la rectoría de la Dirección Regional de Salud del Callao, como instancia regional sectorial, que contribuye a la implementación de los lineamientos para la acción en salud mental en la Provincia Constitucional del Callao debiendo estar conformado por: 1.El/La Gobernador/a Regional del Callao o su representante. 2. El/la Director/a Regional de la Dirección Regional de Salud del Callao, quien lo presidirá. 3. El/La Gerente/a Regional de la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional del Callao. 4. El/La Director/a General del Hospital Nacional “Daniel Alcides Carrión”. 5. El/La Director/a Ejecutivo/a del Hospital San José del Callao. 6. El/La Director/a Ejecutivo/a del Hospital de Ventanilla. 7. El/La Director/a Ejecutivo/a del Hospital de Rehabilitación del Callao. 8. El/La Director/a General o Gerente/a General del Hospital Nacional “Alberto Sabogal Sologuren” ESSALUD. 9. El/La Director/a del Centro Médico Naval “Cirujano Mayor Santiago Távara”.