NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (05/09/2025)
CANTIDAD DE PAGINAS: 100
TEXTO PAGINA: 44
44 NORMAS LEGALES Viernes 5 de setiembre de 2025 El Peruano / de Gestión Pedagógica, la de constituir y reconformar las Comisiones Organizadoras de las universidades públicas creadas por ley, y aprobar los actos resolutivos y documentos normativos, en el marco de su competencia; Que, el literal g) del artículo 148 del ROF del MINEDU establece como una de las funciones de la Dirección General de Educación Superior Universitaria (DIGESU), el proponer los documentos normativos para la constitución y funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de universidades públicas, así como proponer su conformación; Que, de conformidad con lo previsto en el literal e) del artículo 153 del ROF del MINEDU, la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria (DICOPRO) tiene, entre otras funciones, la de proponer los miembros para la conformación de Comisiones Organizadoras de universidades públicas, así como realizar el seguimiento del cumplimiento de la normativa que les resulte aplicable; Que, el numeral 6.1.1 del Acápite VI de las Disposiciones Especí fi cas del Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, aprobado por la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, modi fi cado mediante las Resoluciones Viceministeriales N° 055-2022-MINEDU, N° 053-2023-MINEDU y N° 077-2025-MINEDU, (en adelante, el Documento Normativo) dispone que la Comisión Organizadora está conformada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, cuyo desempeño es a dedicación exclusiva, son de libre designación y remoción por parte del MINEDU, y ejercen los cargos de Presidente, Vicepresidente Académico y Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora, según corresponda; Que, conforme al artículo 2 de la Resolución Viceministerial N° 136-2024-MINEDU, se dispone que para los miembros de la Comisión Organizadora de la UNCAR, resulta de aplicación las excepciones señaladas en los literales a), b), c) y d) del numeral 7.7 del acápite VII de las Disposiciones Complementarias del Documento Normativo; Que, el literal b) del numeral 6.1.9 del Acápite VI de las Disposiciones Especí fi cas del Documento Normativo, señala que, en el caso de los Vicepresidentes o servidores con un nivel distinto al de titular de pliego, al culminar su gestión o en caso de renuncia al cargo, deberán efectuar la entrega de cargo a su jerárquico inmediato superior, conforme a los lineamientos y formatos para la entrega de cargo que debe implementar la propia universidad; precisando además que, para el caso de la entrega de cargo de los Vicepresidentes, el Presidente de la Comisión Organizadora, o el que haga sus veces, es el responsable de remitir una copia del informe de entrega de cargo a la DICOPRO del MINEDU, como máximo a los treinta (30) días calendario contados a partir de la culminación de las funciones del miembro saliente; Que, mediante la Resolución Viceministerial N° 136-2024-MINEDU, se constituye la Comisión Organizadora de la UNCAR, quedando integrada por el señor JOSE DAMIAN FUENTES LOPEZ, como Presidente; la señora DOMINGA MICAELA CANO CCOA, como Vicepresidenta Académica; y, el señor EDGAR ELOY CARPIO VARGAS, como Vicepresidente de Investigación; Que, con la Resolución Viceministerial N° 089-2025-MINEDU, se da por concluida la designación de la Vicepresidenta Académica de la Comisión Organizadora de la UNCAR; y, se encarga dichas funciones al Presidente de la referida Comisión Organizadora, en adición a sus funciones, en tanto se designe al titular; Que, a través de la Carta N° 02-ECV-2025, el Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora de la UNCAR presenta su renuncia al cargo, dispuesto en el artículo 1 de la Resolución Viceministerial N° 136-2024-MINEDU; Que, con el O fi cio N° 02285-2025-MINEDU/VMGP- DIGESU, la DIGESU remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, el Informe N° 00206-2025-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, por medio del cual, la DICOPRO sustenta y propone la emisión de la resolución viceministerial que disponga: i) Aceptar la renuncia del Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora de la UNCAR; y, ii) Encarga al Presidente de la mencionada Comisión Organizadora, las funciones de la Vicepresidencia de Investigación; en adición a sus funciones, en tanto se designe al titular; Que, mediante el Informe N° 01401-2025-MINEDU/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable la emisión de la Resolución Viceministerial conforme a lo sustentado por la DICOPRO de la DIGESU; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 30220, Ley Universitaria; Ley N° 32011, que crea la Universidad Nacional de Carabaya; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y, la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, que aprueba el Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, modi fi cada por las Resoluciones Viceministeriales N° 055-2022-MINEDU, N° 053-2023-MINEDU y N° 077-2025-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia del señor EDGAR ELOY CARPIO VARGAS al cargo de Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Carabaya, dándole las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Encargar al señor JOSE DAMIAN FUENTES LOPEZ, Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Carabaya, el cargo de Vicepresidente de Investigación de la referida Comisión Organizadora, en adición a sus funciones, en tanto se designe al titular. Artículo 3.- Disponer que la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Carabaya, remita al Ministerio de Educación, en un plazo máximo de treinta (30) días calendario, contados a partir de la vigencia de la presente Resolución, copia del Informe de Entrega de Cargo, conforme a lo previsto en el literal b) del numeral 6.1.9 del Acápite VI de las Disposiciones Especí fi cas del Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, aprobado por la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, modi fi cado por las Resoluciones Viceministeriales N° 055-2022-MINEDU, N° 053-2023-MINEDU y N° 077-2025-MINEDU. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (http://www.gob.pe/minedu), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ESTHER CUADROS ESPINOZA Viceministra de Gestión Pedagógica 2435341-1 ENERGÍA Y MINAS Otorgan a favor de SOLAR POWER PIURA S.A.C. concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante generación autónoma con fuentes no convencionales en proyecto ubicado en el departamento de Piura RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0130-2025- MINEM-DGE Lima, 14 de julio de 2025