Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE FEBRERO DEL AÑO 2026 (18/02/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 55

55 NORMAS LEGALES Miércoles 18 de febrero de 2026 El Peruano / Que, mediante Ley N° 30057, se aprobó la Ley del Servicio Civil (en adelante, “Ley del Servicio Civil”), con el objetivo de establecer un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de estas; Que, de acuerdo al literal e) del artículo 3 de la Ley del Servicio Civil, el servidor civil de confianza forma parte del entorno directo e inmediato de los funcionarios públicos o directivos públicos y cuya permanencia en el Servicio Civil está determinada y supeditada a la confianza por parte de la persona que lo designó; puede formar parte del grupo de directivos públicos, servicio civil de carrera o servidor de actividades complementarias; ingresa sin concurso público de méritos, sobre la base del poder discrecional con que cuenta el funcionario que lo designa; no conforma un grupo y se sujeta a las reglas que correspondan al puesto que ocupa; Que, el artículo 79 de la Ley del Servicio Civil dispone que el vínculo entre los servidores de confianza y la entidad se establece en un contrato escrito de naturaleza temporal, cuya vigencia se condiciona a la confianza de quien los designa; en tanto que su designación se realiza mediante el acto administrativo que corresponda de acuerdo a ley o mediante el acto de administración contemplado en la Ley del Servicio Civil, según sea el caso, correspondiendo que el acto sea publicado en la página web de la entidad; Que, por su parte, la Tercera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento General de la Ley N° 30057, aprobado por Decreto Supremo N° 040- 2014-PCM, establece que los funcionarios públicos de la entidad y los servidores de confianza que cumplan el perfil ingresan automáticamente al régimen correspondiente previsto en dicha ley, por el solo mérito de la aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE; Que, con Resolución Gerencial N° 000015-2022- PERÚ COMPRAS-GG, modificada por la Resolución de Administración N° 000027-2025-PERÚ COMPRAS-OA, la Resolución de Administración-D N° 000001-2025-PERÚ COMPRAS-OA y la Resolución de Administración-D N° 000010-2025-PERÚ COMPRAS-OA, se aprueba el Manual de Perfiles de Puestos de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000229-2023-SERVIR-PE, modificada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000189-2025-SERVIR-PE, se formalizó el acuerdo del Consejo Directivo SERVIR, mediante el cual se aprobó el Cuadro de Puestos de la Entidad de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS; Que, por medio del Informe N° 000033-2026-PERÚ COMPRAS-OA, de fecha 17 de febrero de 2026, la Oficina de Administración concluye que, la señora Yasmin Vanessa Corzo Quinteros cumple con los requisitos establecidos en el Manual de Perfiles de Puestos de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, para la designación en el cargo de jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica de la entidad; asimismo, se verifica que la evaluada no cuenta con impedimentos para el acceso a la función pública; Que, con Informe N° 000069-2026-PERÚ COMPRAS- OAJ, de fecha 17 de febrero de 2026, la Oficina de Asesoría Jurídica concluye que, resulta legalmente viable que se emita el acto resolutivo a través del cual se designe a la señora Yasmin Vanessa Corzo Quinteros en el cargo de jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas (Perú Compras); Que, estando vacante y presupuestado el cargo de jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas (Perú Compras), se ha visto por conveniente designar a la persona que lo ocupe; Con el visto bueno de la Gerencia General, la Oficina de Asesoría Jurídica y la Oficina de Administración, y; De conformidad con lo previsto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; y, en uso de la atribución conferida por el literal j) del artículo 8 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas (Perú Compras), aprobado por el Decreto Supremo N° 066-2025-EF; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a la señora Yasmin Vanessa Corzo Quinteros, en el cargo de jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas (Perú Compras), a partir del 18 de febrero de 2026. Artículo Segundo.- Disponer que la Oficina de Tecnologías de la Información realice la publicación de la presente resolución en la sede digital de la Central de Compras Públicas (Perú Compras) (www.gob.pe/ perucompras), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE ALBERTO ZAPATA GALLO Jefe de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS 2487921-1 COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS Autorizan transferencia financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Caynarachi, en el marco del Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible - PIRDAIS RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 000014-2026-DV-PE Miraflores, 16 de febrero del 2026 VISTO: El Memorando N° 00388-2026-DV-DATE, mediante el cual la Dirección de Articulación Territorial remite el Anexo N° 1 que detalla la Inversión, entidad ejecutora e importe a ser transferido, y; CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 4° del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM, establece que DEVIDA tiene la función de diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los sectores competentes, tomando en consideración las políticas sectoriales vigentes, así como conducir el proceso de su implementación; Que, el literal c) del numeral 13.1 del artículo 13° de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, autoriza a DEVIDA en el presente año fiscal, a realizar de manera excepcional, transferencias financieras en el marco de los Programas Presupuestales: “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible - PIRDAIS”, “Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas”, y “Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú”, precisándose en el numeral 13.2 del referido artículo, que dichas transferencias financieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la