Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE FEBRERO DEL AÑO 2026 (18/02/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 56

56 NORMAS LEGALES Miércoles 18 de febrero de 2026 El Peruano / entidad, siendo necesario que tal resolución sea publicada en el Diario Oficial “El Peruano”; Que, el numeral 13.3 del artículo señalado en el párrafo anterior, establece que la entidad pública que transfiere los recursos en virtud al numeral 13.1 del mismo cuerpo normativo, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales fueron transferidos los recursos, precisando que éstos bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fines para los cuales se autoriza su transferencia financiera; Que, mediante Informe N° 000003-2026-DV-OPP- UINV-HPO, la Unidad de Inversiones de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto comunica, entre otras, la programación de la siguiente Inversión en la cartera de inversiones de DEVIDA para el año 2026: “Mejoramiento de los servicios de capacitación y asistencia técnica en la cadena de valor de la palma aceitera (Elaeis guineensis) en el distrito de Caynarachi - provincia de Lamas - departamento de San Martin”; Que, en el marco del Programa Presupuestal “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible - PIRDAIS”, en el año 2026, DEVIDA suscribió una adenda al convenio de cooperación interinstitucional con la Municipalidad Distrital de Caynarachi para la ejecución de la precitada Inversión, hasta por la suma de OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE Y 41/100 SOLES (S/ 855,657.41), cuyo financiamiento se efectuará a través de transferencia financiera; Que, la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, ha emitido el Informe N° 000026-2026-DV-OPP-UPTO, informe previo favorable que dispone el numeral 13.2 del artículo 13° de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; asimismo, se ha emitido la Certificación de Crédito Presupuestario N° 0000000452 y la respectiva conformidad del plan operativo de la Inversión; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la precitada norma legal, la entidad ejecutora, bajo responsabilidad, sólo destinará los recursos públicos que se transfieren para la ejecución de la Inversión detallada en el Anexo N° 1, de conformidad con el plan operativo aprobado por DEVIDA, quedando prohibido reorientar dichos recursos a otras inversiones, actividades y/o gastos administrativos; Con los visados de la Gerencia General, los Responsables de la Dirección de Articulación Territorial, la Dirección de Asuntos Técnicos, la Dirección de Promoción y Monitoreo, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina General de Administración y la Oficina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, y el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM. SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR la transferencia financiera hasta por la suma total de OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE Y 41/100 SOLES (S/ 855,657.41), para financiar la Inversión a favor de la entidad ejecutora que se detalla en el Anexo N° 1, que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- DISPONER que la transferencia financiera autorizada por el Artículo Primero, se realice con cargo al presupuesto del año fiscal 2026 del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas, correspondiente a la fuente de financiamiento “Recursos Ordinarios”. Artículo Tercero.- RATIFICAR que la entidad ejecutora, bajo responsabilidad, sólo destinará los recursos públicos que se transfieren para la ejecución de la Inversión descrita en el Anexo N° 1 de la presente resolución, quedando prohibido reorientar dichos recursos a otras inversiones, actividades y/o gastos administrativos, en concordancia con lo dispuesto por el numeral 13.3 del artículo 13° de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026.Artículo Cuarto.- DISPONER que la Dirección de Promoción y Monitoreo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, sea la encargada de efectuar el monitoreo y seguimiento de metas para las cuales fueron entregados los recursos, en el marco de lo dispuesto en el numeral 13.3 del artículo 13° de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026. Artículo Quinto.- NOTIFICAR la presente resolución a la Dirección de Articulación Territorial, la Dirección de Asuntos Técnicos, la Dirección de Promoción y Monitoreo, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y a la Oficina General de Administración para los fines correspondientes, así como al Responsable del Portal de Transparencia de la Entidad, a fin que proceda a gestionar la publicación del presente acto resolutivo en el Diario Oficial “El Peruano” y en el portal institucional de DEVIDA. Regístrese, comuníquese y publíquese. BERTHIN ENRIQUE GOMEZ VELA Presidencia Ejecutiva ANEXO N° 1 TRANSFERENCIA FINANCIERA DE LA COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS EN EL MARCO DEL PROGRAMA PRESUPUESTAL “PROGRAMA DE DESARROLLO ALTERNATIVO INTEGRAL Y SOSTENIBLE - PIRDAIS” N° ENTIDAD EJECUTORANOMBRE DE LA INVERSIÓNMONTO DE LA TRANSFERENCIA HASTA S/ 1MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAYNARACHIMEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE CAPACITACIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA EN LA CADENA DE VALOR DE LA PALMA ACEITERA (ELAEIS GUINEENSIS) EN EL DISTRITO DE CAYNARACHI - PROVINCIA DE LAMAS - DEPARTAMENTO DE SAN MARTIN.855,657.41 TOTAL S/ 855,657.41 2487896-1 INSTITUTO PERUANO DEL DEPORTE Ratifican designación de presidente del Consejo Regional del Deporte de Loreto RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 000022-2026-P/IPD Lima, 17 de febrero del 2026 VISTOS: El Oficio N° 881-2025-GRL/GR Loreto del Gobierno Regional de Loreto; el Informe N° 000021-2026- OCR/IPD, emitido por la Oficina de Coordinación Regional, Cooperación y Relaciones Nacionales e Internacionales del Instituto Peruano del Deporte; el Proveído N° 001191- 2026-P/IPD de la Presidencia del Instituto Peruano del Deporte; el Informe N° 000281-2026-UP-OGA/ IPD, emitido por la Unidad de Personal; el Memorando N° 001566-2026-OGA/IPD de la Oficina General de Administración; y el Informe N° 000131-2026-OAJ/IPD de la Oficina de Asesoría Jurídica; y; CONSIDERANDO: Que, conforme con el artículo 7 de la Ley N° 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, y sus modificatorias, el Instituto Peruano del Deporte (IPD) es el ente rector del Sistema Deportivo Nacional y un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Educación, con autonomía técnica, funcional y administrativa para el cumplimiento de sus funciones, constituyéndose además en un pliego presupuestal;