Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE FEBRERO DEL AÑO 2026 (20/02/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 22

22 NORMAS LEGALES Viernes 20 de febrero de 2026 El Peruano / Nacional de Presupuesto Público, entre otros, señala que el Presupuesto del Sector Público tiene como finalidad el logro de resultados a favor de la población y del entorno, así como mejorar la equidad en observancia a la sostenibilidad y responsabilidad fiscal conforme a la normatividad vigente, y se articula con los instrumentos del SINAPLAN; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN), como órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN), y como un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el artículo 17 del Decreto Legislativo N° 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público, señala que la administración financiera del Sector Público se encuentra vinculada con los planes y/o políticas nacionales, sectoriales e institucionales de corto, mediano y largo plazo; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 0055-2024-CEPLAN/PCD, se aprueba la versión actualizada de la “Guía para el Planeamiento Institucional”, aprobada con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/PCD, que tiene como objetivo establecer la metodología para el proceso de elaboración (formulación o actualización) del Plan Estratégico Institucional (PEI) y el Plan Operativo Institucional (POI), conforme al Ciclo de Planeamiento Estratégico; Que, el numeral 3.2.3 del capítulo 3 de la “Guía para el Planeamiento Institucional”, establece que el POI Anual en ejecución se actualiza, además cuando se presentan cambios en la programación de metas físicas de las actividades operativas e inversiones, que estén relacionados al mejoramiento continuo de los procesos y/o su priorización, y por la incorporación o inactivación actividades operativas e inversiones por cambios en el entorno, cumplimiento de nuevas disposiciones normativas dictadas por el Ejecutivo o el Legislativo, entre otros, que contribuyan con la implementación y cumplimiento de la estrategia del PEI; asimismo, señala que la entidad realiza la actualización del POI con intervención de la Comisión de Planeamiento Estratégico y el apoyo del órgano de planeamiento, previo análisis al seguimiento de la ejecución; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0079-2024- JUS, se aprobó el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2024-2030 del Sector Justicia y Derechos Humanos; mediante Resolución Ministerial N° 0331- 2024-JUS, se aprobó el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2025-20230 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; mediante Resolución Ministerial N° 0262-2025- JUS, se aprobó el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2025 Actualizado Versión 1 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y mediante Resolución Ministerial N° 0448-2025-JUS, se aprobó el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2025 Actualizado Versión 2 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, mediante Ley N° 32185, se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; Que, el artículo 26 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 013-2017- JUS, señala que la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, es el órgano de asesoramiento responsable de conducir y coordinar los sistemas administrativos de planeamiento estratégico, presupuesto público, inversión pública, modernización de la gestión pública, así como de los asuntos de cooperación técnica nacional e internacional, conforme a las normas legales vigentes; Que, mediante el documento de vistos, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y Modernización, sustenta la necesidad de aprobar el POI Anual 2025 Actualizado - Versión 3 del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Asimismo, señala que el POI Anual 2025 Actualizado - Versión 3 del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, ha sido elaborado de acuerdo a las disposiciones de la Guía para el Planeamiento Institucional, con corte presupuestal al 31 de diciembre de 2025;Que, de acuerdo con el numeral 3.2.3 del Capítulo 3 de la citada “Guía para el Planeamiento Institucional”, con intervención del Grupo de Trabajo y el apoyo del órgano de planeamiento, previo análisis al seguimiento de la ejecución, el Plan Operativo Institucional Anual puede ser objeto de hasta cuatro actualizaciones (una por cada trimestre), y/o dependiendo de la necesidad de la entidad que permita asegurar el logro de los resultados, cuando se actualiza el PEI y cuando se presentan las siguientes circunstancias: a) Cambios en la programación de metas físicas de las Actividades Operativas e Inversiones, que estén relacionados al mejoramiento continuo de los procesos y/o su priorización y; b) Incorporación o inactivación de Actividades Operativas e Inversiones por cambios en el entorno, cumplimiento de nuevas disposiciones normativas dictadas por el Ejecutivo o el Legislativo, entre otros que contribuyan con la implementación y cumplimiento de la estrategia del PEI; Que, de conformidad con el segundo párrafo del numeral 7.1 del artículo 7 del Texto único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, el régimen de eficacia anticipada de los actos administrativos previsto en el artículo 17 de la misma norma es susceptible de ser aplicado a los actos de administración interna, siempre que no se violen normas de orden público ni afecte a terceros; Que, en el presente caso, considerando que la propuesta de actualización del Plan Operativo Institucional Anual 2025 se sustenta en el incremento y/o reducción de metas físicas, así como ajuste de metas financieras de las AOI y con corte del Presupuesto Institucional Modificado (PIM) al 31/12/2025, corresponde disponer que el presente acto tenga eficacia anticipada al 31 de diciembre de 2025, en tanto se evidencia que, su aprobación no transgrede orden normativo alguno, ni afecta derechos de los administrados, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 del citado Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, por lo expuesto, corresponde emitir el acto resolutivo que apruebe el Plan Operativo Institucional Anual 2025 Actualizado Versión 3 del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con eficacia anticipada al 31 de diciembre de 2025; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el literal g) del artículo 9 de citado Reglamento, corresponde al Titular de la Entidad, aprobar las políticas, planes y programas propios de su función de Ministro de Estado, así como evaluar su ejecución; Que, en consecuencia, resulta necesario la aprobación del POI Anual 2025 Actualizado - Versión 3 del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Con el visado de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; en el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; en el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y, el Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y, la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 055-2024-CEPLAN/ PCD, que aprueba la versión actualizada de la “Guía para el Planeamiento Institucional”. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar, con eficacia anticipada al 31 de diciembre de 2025, el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2025 Actualizado - Versión 3 del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que, como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Las Unidades de Organización y Unidades Ejecutoras del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, son responsables de la ejecución de las actividades operativas e inversiones establecidas