Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE FEBRERO DEL AÑO 2026 (27/02/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 31

31 NORMAS LEGALES Viernes 27 de febrero de 2026 El Peruano / SISTEMA TECNICO AUTOMOTRIZ PERU S.A.C., es el siguiente: NOMBRES Y APELLIDO S CARGO ELISEO PAREDES SAIRITUPACINGENIERO SUPERVISOR TITULAR NICOLAS ELOY MORILLO LEONINGENIERO SUPERVISOR SUPLENTE ALFREDO BORIS QUINCHO ROSALES INSPECTORES JULIO CESAR VALVERDE AYLAS EDWIN DAVID AYALA RAVICHAGUA Artículo 4.- ESTABLECER que la empresa SISTEMA TECNICO AUTOMOTRIZ PERU S.A.C., bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección de Circulación Vial de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes, la renovación o contratación de nueva póliza de seguro de responsabilidad civil, antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación: ACTOFECHA MÁXIMA DE PRESENTACIÓN Primera renovación o contratación de nueva póliza 15 de octubre de 2026 Segunda renovación o contratación de nueva póliza 15 de octubre de 2027 Tercera renovación o contratación de nueva póliza 15 de octubre de 2028 Cuarta renovación o contratación de nueva póliza 15 de octubre de 2029 Quinta renovación o contratación de nueva póliza 15 de octubre de 2030 Artículo 5.- En virtud de lo establecido en el numeral 44.2 del artículo 44 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, aprobado por Decreto Supremo N° 025-2008-MTC y sus modificatorias, la presente Resolución Directoral debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 6.- REMITIR a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las labores de fiscalización, en el marco de sus competencias. Artículo 7.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución Directoral a la empresa SISTEMA TECNICO AUTOMOTRIZ PERU S.A.C., en el domicilio ubicado en Av. Principal N° 313 y Av. San Francisco N° 190, Centro Poblado San Ignacio, distrito de Sunampe, provincia de Chincha y departamento de Ica; y/o en el correo electrónico: [email protected]. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE CAYO ESPINOZA GALARZA Director de la Direccion de Circulacion Vial 2487490-1 VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO Autorizan Transferencia Financiera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 058-2026-VIVIENDA Lima, 26 de febrero de 2026 VISTOS: El Memorándum N° 286-2026-VIVIENDA/VMVU- DGPPVU y el Informe N° 005-2026-VIVIENDA/VMVU- DGPPVU-CBM de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo, el Memorándum N° 241-2026-VIVIENDA/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 164-2026-VIVIENDA/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que el Ministerio tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; asimismo, establece que tiene competencias en las materias de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana; ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias; Que, en el marco de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026 (en adelante, la Ley N° 32513), mediante la Resolución Ministerial N° 360-2025-VIVIENDA se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2026 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de S/ 3 930 661 286,00 (TRES MIL NOVECIENTOS TREINTA MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y UN MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), por toda fuente de financiamiento; Que, el literal b) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 32513, autoriza, en el presente Año Fiscal, la realización, de manera excepcional, de transferencias financieras que realice el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) para el Fondo MIVIVIENDA S.A. que incluye gastos administrativos; las mismas que, según el numeral 13.2 de dicho artículo, se realizan mediante resolución del titular del pliego, previo informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, y es publicada en el diario oficial El Peruano; asimismo, el numeral 13.3 del mismo artículo dispone que, la entidad pública que transfiere es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales transfirieron los recursos; Que, mediante el Memorándum N° 286-2026-VIVIENDA/VMVU-DGPPVU, sustentado en el Informe N° 005-2026-VIVIENDA/VMVU-DGPPVU-CBM, la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo informa que se ha suscrito el Convenio N° 02-2026-VIVIENDA “Convenio de transferencia de recursos para la administración del otorgamiento de bonos para el Año Fiscal 2026”, entre el MVCS y el Fondo MIVIVIENDA S.A., por lo que, solicita se expida la Resolución Ministerial que autorice la transferencia financiera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., hasta por la suma de S/ 23 000 000,00 (VEINTITRÉS MILLONES Y 00/100 SOLES), para financiar la administración del otorgamiento de bonos que promueve el MVCS, en el marco de la autorización establecida en el literal b) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 32513; Que, con el Memorándum N° 241-2026-VIVIENDA/ OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° 072-2026-VIVIENDA/OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto, mediante el cual se emite opinión favorable en materia presupuestaria y propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza la transferencia financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, hasta por la suma de S/ 23 000 000,00 (VEINTITRÉS MILLONES Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., para financiar la administración del otorgamiento de bonos que promueve el MVCS, para lo cual, señala que se ha suscrito el convenio respectivo; Que, mediante el Informe N° 164-2026-VIVIENDA/ SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que, en el marco de lo establecido en el literal b) del numeral 13.1 y el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley N° 32513, corresponde se expida la Resolución Ministerial que autorice la transferencia financiera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A.; Que, en consecuencia, es necesario autorizar la transferencia financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento