Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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89 NORMAS LEGALES Viernes 3 de julio de 2026 El Peruano / en el Reglamento de Funcionamiento de Consejos de Usuarios y en atención a la casuística presentada, ha identi fi cado oportunidades de mejora en la aplicación del referido Reglamento, orientadas a optimizar determinados aspectos vinculados con los procesos electorales, el desarrollo de las sesiones, la plani fi cación de actividades y el fortalecimiento de los mecanismos de participación de los miembros de los Consejos de Usuarios; Que, a través del Memorando N° 0813-2025-GAU- OSITRAN la Gerencia de Atención al Usuario solicitó el acompañamiento de la Gerencia de Asesoría Jurídica durante la elaboración de la propuesta de modi fi cación del Reglamento de Funcionamiento de Consejos de Usuarios del Ositrán, dicho acompañamiento viene siendo brindado por la Jefatura de Asuntos Jurídicos Regulatorios y Administrativos, conforme lo dispuesto a través del Memorando N° 014-2026-GAJ-OSITRAN; Que, mediante del Informe Nº 0092-2026-GAU- OSITRAN se presentó a la Gerencia General el análisis efectuado por la GAU respecto a los temas identi fi cados como oportunidades de mejora en el marco del desarrollo de las actividades de los Consejos de Usuarios del Ositrán, y que requieren ser precisados en el Reglamento de Consejos de Usuarios, solicitando el otorgamiento de la autorización respectiva a efectos de dar inicio al proceso de revisión normativa del Reglamento de Funcionamiento de los Consejos de Usuarios; Que, a través del Memorando N° 0152-2026-GG- OSITRAN, la Gerencia General autorizó el inicio del proceso de revisión normativa del Reglamento de Funcionamiento de los Consejos de Usuarios; Que, a través del Memorando Circular N° 0016-2026-GAU-OSITRAN, la Gerencia de Atención al Usuario remitió a la Gerencia de Supervisión y Fiscalización, así como a la Gerencia de Regulación y Estudios Económicos la propuesta de modi fi cación del Reglamento de Funcionamiento de Consejos de Usuarios del Ositrán para su revisión y comentarios, de corresponder; Que, con el Memorando N° 0888-2026-GSF-OSITRAN y el Memorando N° 0105-GRE-OSITRAN se recibieron los comentarios de ambas Gerencias, los cuales han sido materia de evaluación para su posterior incorporación en la propuesta de modi fi cación del Reglamento de Funcionamiento de Consejos de Usuarios; Que, mediante Informe N° 0228-2026-GAU-OSITRAN, la Gerencia de Atención al Usuario sustentó la propuesta de modi fi cación del Reglamento de Funcionamiento de los Consejos de Usuarios de OSITRAN, así como la necesidad de su prepublicación a fi n de recibir comentarios y sugerencias de los interesados; Que, luego de evaluar y deliberar respecto de la propuesta normativa materia de análisis, el Consejo Directivo mani fi esta su conformidad con los fundamentos y conclusiones contenidos en el Informe N° 0228-2026-GAU-OSITRAN, incorporándolo íntegramente a la parte considerativa de la presente Resolución; Por lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 26917, la Ley N° 27332, el Reglamento General del OSITRAN aprobado mediante Decreto Supremo N° 044-2006-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones del Ositrán aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2015-PCM; estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesión Ordinaria N° 839-2026-CD-OSITRAN; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la publicación para comentarios de la propuesta de modi fi cación del Reglamento de Funcionamiento de Consejos de Usuarios de Ositrán, aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo N° 022-2016-CD-OSITRAN y modi fi catorias, así como de su Exposición de Motivos, los mismos que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. Asimismo, disponer su publicación en el Portal Institucional del Ositrán, ubicado en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www. gob.pe/ositran) junto con el Proyecto de “Reglamento de Funcionamiento de Consejos de Usuarios”, Exposición de Motivos y el Informe N° 0228-2026-GAU-OSITRAN, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3°.- Establecer un plazo de quince (15) días calendarios, contados a partir de la publicación indicada en el artículo precedente, para que los interesados puedan presentar sus comentarios a la propuesta de modi fi cación del Reglamento de Funcionamiento de Consejos de Usuarios de Ositrán; los cuales deben ser remitidos al Ositrán en su sede ubicada en Calle Los Negocios 182, Surquillo, Lima, o a través de la Mesa de Partes Virtual. Artículo 4 °.- Encargar a la Gerencia de Atención al Usuario la sistematización y el análisis de los comentarios recibidos al Proyecto de Reglamento, así como la elaboración de la propuesta fi nal del Reglamento. Regístrese, comuníquese y publíquese. VERÓNICA ZAMBRANO COPELLO Presidente del Consejo DirectivoPresidencia Ejecutiva 2530954-1 ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA Designan Gerente General de la Autoridad Nacional del Agua RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 0153-2026-ANA San Isidro, 2 de julio de 2026 VISTOS:El Informe N° 0876-2026-ANA-OA-URH, de la Unidad de Recursos Humanos; el Informe Legal N° 0485-2026-ANA-OAJ, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el literal k) del artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2017-MINAGRI, establece que la Jefatura de la Autoridad Nacional del Agua tiene como función designar y remover a los empleados de con fi anza, así como aquellas personas que deban representar a la Autoridad Nacional del Agua ante organismos y eventos nacionales e internacionales sobre materias de competencia de la entidad; Que, la Unidad de Recursos Humanos, mediante Informe de vistos, opina viable la designación del señor FRANCISCO MAURICIO REVILLA LOAIZA en el cargo de Gerente General de la Autoridad Nacional del Agua, indicando que cumple con el per fi l establecido en el Manual de Clasi fi cador de Cargos aprobado por Resolución de Gerencia General N° 021-2025-ANA-GG, y con los requisitos exigidos en la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; asimismo, señala que, no se encuentra incurso en alguna causal de impedimento y/o incompatibilidad legal para ejercer dicho cargo; Que, a través del Informe Legal de Vistos, la O fi cina de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable lo informado por la Unidad de Recursos Humanos, como órgano competente; Con los vistos de la Unidad de Recursos Humanos, de la O fi cina de Administración, de la O fi cina de Asesoría