Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE OCTUBRE DEL AÑO 2026 (14/10/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 79

79 NORMAS LEGALES Miércoles 14 de octubre de 2026 El Peruano / La función de senador o diputado es, asimismo incompatible con la condición de gerente, apoderado, representante, mandatario, abogado, accionista mayoritario o miembro del directorio de empresas que tienen con el Estado contratos de obras, de suministro o de aprovisionamiento, o que administran rentas públicas o prestan servicios públicos. […] En la Ley N° 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones 1.4. Los literales j y u del artículo 5 señalan como funciones de este organismo electoral: j. Expedir las credenciales a los candidatos elegidos en los respectivos procesos electorales, del referéndum u otras consultas populares; […]u. Declarar la vacancia de los cargos y proclamar a los candidatos que por ley deben asumirlos; En el Decreto Supremo N° 039-2025-PCM 1.5. Mediante dicho Decreto Supremo, publicado en el diario o fi cial El Peruano el 26 de marzo de 2025, se convocó a Elecciones Generales 2026 para el domingo 12 de abril de 2026, con el objeto de elegir al presidente de la República, vicepresidentes, senadores y diputados del Congreso de la República, así como a los representantes peruanos ante el Parlamento Andino. En la jurisprudencia del JNE1.6. A través de la Resolución N° 0794-2021-JNE, del 25 de agosto de 2021, el JNE convocó a la candidata no proclamada de la organización política Alianza para el Progreso, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de La Esperanza, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2019-2022, para lo cual se le otorgó la credencial que la facultó como tal. En el Reglamento de noti fi caciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales del Jurado Nacional de Elecciones 1 (en adelante, Reglamento) 1.7. El artículo 14 regula lo siguiente: Artículo 14.- Sujetos obligados al uso de la casilla electrónica Todas las partes de los procesos jurisdiccionales -electorales y no electorales- son noti fi cadas con los pronunciamientos o actuaciones jurisdiccionales emitidas por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas. En caso de que la casilla electrónica de los sujetos antes mencionados se encuentre inhabilitada o desactivada, se entenderán por noti fi cados con el pronunciamiento o actuación jurisdiccional a través de su publicación en el portal institucional del JNE, surtiendo efectos legales a partir del día hábil o calendario siguiente de su publicación, en los vínculos que se indican a continuación: <https://plataformaelectoral.jne.gob.pe/bandeja/ fi ltros>, para expedientes jurisdiccionales de procesos electorales, cuya nomenclatura inicia con la sigla del respectivo proceso electoral (ejemplos: ERM, EG, EMC, CPR, entre otros). <https://consultaexpediente.jne.gob.pe/>, para expedientes jurisdiccionales de procesos no electorales, cuya nomenclatura inicia con la sigla JNE. SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO2.1. De la revisión de los actuados, se advierte que, mediante la Carta N° 012-2026-RAL, del 30 de junio de 2026, el señor regidor puso en conocimiento del señor alcalde la entrega de su credencial como senador electo del Congreso de la República, precisando que asumirá dicho cargo el 26 de julio del año en curso. 2.2. Mediante la Resolución N° 1412-2026-JNE, del 19 de junio de 2026, se proclamó al señor regidor como senador por el distrito electoral único nacional como senador, por la agrupación política Partido Cívico Obras. 2.3. En el presente caso, don Roger Miguel Astucuri Laura fue válidamente elegido regidor para el periodo 2023-2026 y, posteriormente, resultó elegido senador del Congreso de la República. En consecuencia, a fi n de garantizar la continuidad en la conformación del Concejo Distrital de Lurigancho, corresponde aplicar el criterio desarrollado por este Supremo Tribunal Electoral en la Resolución N° 0794-2021-JNE, según el cual corresponde convocar al candidato no proclamado para completar la conformación del concejo municipal y dejar sin efecto la credencial otorgada a la autoridad municipal que resultó elegida como senador del Congreso de la República. 2.4. En consecuencia, corresponde convocar a doña Janet Leni Calderón Palacios, identi fi cado con DNI N° 46295015, accesitaria de la organización política Juntos por el Perú, a fi n de que asuma el cargo de regidor del Consejo Distrital de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal. 2.5. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales electas del Distrito de Lurigancho, provincia de Lima, departamento de Lima, del 24 de octubre de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Lima Este 1, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2.6. Finalmente, se precisa que la noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.7.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a don Roger Miguel Astucuri Laura como regidor del Concejo Distrital de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, emitida con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022, por la causal de asunción de otro cargo proveniente de mandato popular, prevista en el numeral 2 del artículo 22 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 2. CONVOCAR a doña Janet Leni Calderón Palacios, identi fi cado con DNI N° 46295015, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, a fi n de completar el periodo de gobierno regional 2023-2026, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal. 3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento de noti fi caciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales, aprobado con la Resolución N° 0830-2025-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.BURNEO BERMEJO GONZALES BARRÓN TORRES CORTEZOYARCE YUZZELLIClavijo Chipoco Secretaria General 1 Aprobado por la Resolución N° 0830-2025-JNE, publicada el 4 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano. 2563978-1