Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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82 NORMAS LEGALES Miércoles 14 de octubre de 2026 El Peruano / 2.9. Además, debe tenerse en cuenta que la comprobación de esta causal de suspensión es de naturaleza netamente ya que la autoridad cuestionada se encuentra con un mandato de detención vigente en su contra en mérito a una resolución emitida por un juez competente, en el marco de un proceso penal, en aplicación de la ley penal pertinente, y con respeto a los derechos y los principios procesales amparados por ley, la cual debe ejecutarse indefectiblemente en el fuero electoral. 2.10. Por consiguiente, queda acreditado, fehacientemente, que el señor regidor está incurso en la causal prevista en el numeral 5 del artículo 25 de la LOM, debido a que cuenta con sentencia de segunda instancia que con fi rmó la pena privativa de la libertad por cuatro (4) años, cuya vigencia concurre con el periodo de su mandato edil. Por tal motivo, corresponde disponer la suspensión del señor regidor y dejarse sin efecto, provisionalmente, la credencial que se le otorgó para que ejerza dicho cargo, en tanto se resuelve su situación jurídica en el ámbito penal. 2.11. En consecuencia, conforme lo dispone el artículo 24 de la LOM, el señor regidor debe ser reemplazado por el siguiente regidor hábil que sigue en su propia lista electoral (ver SN 1.5.). En tal medida, corresponde convocar a doña Marie Ángela Rosmery Ayasta Galindo, identi fi cada con DNI Nº 40363539, para que asuma el cargo de regidora de la Municipalidad Metropolitana de Lima del departamento de Lima, en tanto se resuelve la situación jurídica del señor regidor, para lo cual se le debe conceder la credencial que lo faculte como tal (ver SN 1.1., 1.2. y 1.6.). 2.12. Así mismo Teniendo en cuenta la reevaluación de los actuados y las circunstancias sobrevinientes respecto a la incorporación provisional de la regidora suplente al Concejo Metropolitano de Lima, corresponde dejar sin efecto únicamente la parte del acto resolutivo por el cual se convocó “a doña Marie Ángela Rosmery Ayasta Galindo identi fi cada con DNI Nº 40363539, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Metropolitano de Lima, departamento de Lima, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal”. 2.13. En consecuencia, subsisten plenamente vigentes y en todos sus extremos las demás disposiciones contenidas en la Resolución Nº 1301-2026-JNE. 2.14. Así mismo a fi n de completar el número de regidores del Concejo Metropolitano de Lima por el periodo de gobierno municipal 2023-2026, corresponde convocar en su reemplazo a doña Karina Valencia Nieva, identi fi cada con DNI. Nº 10557568, candidata no proclamada de la referida organización política, otorgándosele la credencial que la faculta como tal. 2.15. Se precisa que subsisten plenamente vigentes y en todos sus demás extremos las demás disposiciones contenidas en la Resolución Nº 1301-2026-JNE. 2.16. Dichas convocatorias se realizan de acuerdo con el Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Provinciales Electas, del 7 de noviembre de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Lima Centro, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2.17. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse según lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.8.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE 1. DEJAR SIN EFECTO , provisionalmente, la credencial otorgada a don Alan Fernando Carrasco Bobadilla, regidor de la Municipalidad Lima Metropolitana, departamento de Lima, en tanto se resuelve su situación jurídica en el marco del procedimiento de suspensión seguido en su contra. 2. CONVOCAR a doña Marie Ángela Rosmery Ayasta Galindo, identi fi cada con DNI Nº 40363539, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora de la Municipalidad de Lima Metropolitana, departamento de Lima, en tanto se resuelva la situación jurídica de don Alan Fernando Carrasco Bobadilla, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal. 3. DEJAR SIN EFECTO , en modo parcial, la Resolución Nº 1301-2026-JNE, de fecha 12 de junio de 2026, ÚNICAMENTE en el extremo que convoca a doña Marie Ángela Rosmery Ayasta Galindo, identi fi cada con DNI Nº 40363539, como regidora provisional del Concejo Metropolitano de Lima, departamento de Lima, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026, dejándose asimismo sin efecto la credencial que se le otorgó. 4. CONVOCAR en reemplazo de la regidora en mención a doña Karina Valencia Nieva, identi fi cada con DNI Nº 10557568, candidata no proclamada de la organización política Partido Democrático Somos Perú, para que asuma provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Metropolitano de Lima, departamento de Lima, por el periodo comprendido, con e fi cacia a partir del 4 de septiembre de 2026 al 4 de octubre de 2026 , para lo cual se le otorgará las credencial correspondiente. 5. PRECISAR que los demás extremos de la Resolución Nº 1301-2026-JNE, de fecha 12 de junio de 2026, mantienen plena vigencia jurídica. 6. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado mediante la Resolución Nº 830-2025-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. BURNEO BERMEJO GONZALES BARRÓN TORRES CORTEZ OYARCE YUZZELLI Clavijo Chipoco Secretaria General 1 Aprobado con la Resolución Nº 0830-2025-JNE, publicada el 4 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano. 2563997-1 Declaran nulidad de lo actuado a partir de la citación a regidora del Concejo Distrital de Andabamba en proceso referido a su vacancia RESOLUCIÓN Nº 3246-2026-JNE Expediente Nº JNE.20260030997 ANDABAMBA - ACOBAMBA - HUANCAVELICAVACANCIACONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, 24 de agosto de 2026 VISTOS: el O fi cio Nº 077-2026-AL/MDA-ACOB-HVCA del 5 de marzo de 2026, por el cual don Líder Enríquez Soto, alcalde de la Municipalidad Distrital de Andabamba, provincia de Acobamba, departamento de Huancavelica (en adelante, señor alcalde), solicita la convocatoria de candidato no proclamado en razón de la vacancia de doña Roxana Palomino Asparrin, regidora de dicha comuna (en adelante, señora regidora), por la causal de inconcurrencia injusti fi cada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses, establecida en el numeral 7 del artículo 22 de