Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE OCTUBRE DEL AÑO 2026 (29/10/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 130

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 63

63 NORMAS LEGALES Jueves 29 de octubre de 2026 El Peruano / se otorga certi fi cación presupuestal para atender lo solicitado, según el detalle siguiente: “OTORGAR CERTIFICACION PRESUPUESTAL PARA ATENDER SUBVENCION FINANCIERA POR EL MONTO DE S/. 2,500.00 SOLES AL ALUMNO STEVEN GIANFRANCO JIMENEZ ZA PATA DE LA F ACULTAD DE INGENIERIA DE MINAS, QUIEN ASISTIRA COMO PONENTE EN EL “AAPG LACR STUDENT & YOUNG PROFESSIONAL CHAPTER LEADERSHIP SUMMIT 2026”, A REALIZARSE DEL 05 AL 08 DE NOVIEMBRE DEL 2026, EN LA CIUDAD DE BOGOTA - COLOMBIA, AUTORIZADO POR EL VICERRECTORADO DE INVESTIGACION CON OFICIO N° 1004-VRI-UNP-2026.” CADENA FUNCIONAL PROGRAMATICA CERTIFICADO N° 4997 RUBRO DE FINANCIAMIENTO18 – CANON Y SOBRECANON, REGALIAS, RENTA DE ADUANAS Y PARTICIPACIONES SECCION FUNCIONAL0028 DESARROLLO DE INVESTIGACIONES DE CIENCIA APLICADA GENERICA DE GASTO 2.5. OTROS GASTOS CLASIFICADOR 2.5.3.1.11. STEVEN GIANFRANCO JIMENEZ ZAPATAS/ 2,500.00 MONTO TOTAL S/ 2,500.00 Que, con Informe Legal N° 1186-2026-OCAJ-UNP del 09.Oct.2026, la Abog. Evelyn M. Adrianzen Palacios, Jefa (e) de la O fi cina de Asesoría Jurídica, textualmente recomienda: “A. Que, se debe declarar PROCEDENTE la SUBVENCION ECONOMICA para actividades académicas al alumno de pregrado adscrito a la Facultad de Ingeniería de Minas, STEVEN GIANFRANCO JIMENEZ ZA PATA, por el monto ascendente a DOS MIL QUINIENTOS y 00/100 Soles (S/. 2,500.00); monto que le permitirá cubrir gastos de pasajes, alojamiento, manutención y otros; para que pueda asistir en calidad de ponente “AAPG LACR STUDENT & YOUNG PROFESIONAL CHAPTER LEADERSHIP SUMMIT 2026”; evento académico a realizarse en Bogotá-Colombia del 06 al 08.Nov.2026; teniendo en cuenta lo normado en el Reglamento para Otorgamiento de Subvenciones para actividades académicas de estudiantes de Pregrado y Egresados de la Universidad Nacional de Piura, señalado mediante Resolución de Consejo Universitario N° 0646-CU-2023; ello en mérito a la Certi fi cación Presupuestaria establecida en el Memorándum N° 1560-2026-UP-OPYPTO-UNP de fecha 14.Set.2026. B) Que, se debe Emitir la Resolución correspondiente.”; Que, con O fi cio N° 5233-R-UNP-2026 del 19.Oct.2026, el Titular del Pliego de la Universidad Nacional de Piura, hace llegar a la Secretaria General el presente expediente y dispone se agende en Sesión de Consejo Universitario para su evaluación; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 174° numeral 174.18 del Estatuto de la Universidad Nacional de Piura, que prescribe dentro de las atribuciones del Consejo Universitario, la siguiente: “174.18 Autorizar los viajes fuera del país en Comisión de Servicio del Rector, Vicerrectores, Decanos, docentes y estudiantes; recibir y evaluar el informe correspondiente.” ; Que, estando a lo expuesto y tras la valoración conjunta de los actuados, se concluye que la solicitud de participación en calidad de ponente, autorización de viaje al exterior y otorgamiento de subvención económica a favor del estudiante STEVEN GIANFRANCO JIMÉNEZ ZA PATA cumple estrictamente con el marco legal dispuesto en la Ley N° 30220 - Ley Universitaria, el Estatuto de la Universidad Nacional de Piura, la Resolución Viceministerial N° 022-2023-MINEDU, la Ley N° 32513 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, y el Reglamento para Otorgamiento de Subvenciones para actividades académicas de estudiantes de Pregrado y Egresados de la UNP aprobado mediante Resolución de Consejo Universitario N° 0646-CU-2023; por lo cual, en estricta observancia del principio de legalidad y concordando con la aprobación del Consejo de Facultad expresada en el O fi cio N° 632-2026-D.FIM-UNP, el aval del Viceministerio de Investigación formulado en el O fi cio N° 1004-VRI-UNP-2026, la disponibilidad presupuestal otorgada mediante el Certi fi cado N° 4997 en el Memorándum N° 1560-2026-UP-OPYPTO-UNP por la suma de S/ 2,500.00, y la opinión legal favorable de la O fi cina Central de Asesoría Jurídica contenida en el Informe Legal N° 1186-2026-OCAJ-UNP; en Sesión Ordinaria N° 09 del 21.Oct.2026 el Consejo Universitario, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley N° 30220 y el Estatuto de la Universidad Nacional de Piura, acordó APROBAR la participación, AUTORIZAR el viaje al exterior del 05 al 08.Nov.2026 a la ciudad de Bogotá - Colombia, y OTORGAR la subvención económica por el monto de S/ 2,500.00 (Dos mil quinientos y 00/100 Soles) al referido estudiante, para su participación en calidad de ponente en el “AAPG LACR STUDENT & YOUNG PROFESSIONAL CHAPTER LEADERSHIP SUMMIT 2026”, en salvaguarda del fortalecimiento de la investigación formativa, la internacionalización y la excelencia académica de esta Casa Superior de Estudios; Que, la presente Resolución se suscribe en virtud al Principio de Legalidad, por el cual las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fi nes para los que les fueron conferidas; así como al Principio de Buena Fe Procedimental, por el cual la autoridad administrativa, los administrados, sus representantes o abogados y, en general, todos los partícipes del procedimiento, realizan sus respectivos actos procedimentales guiados por el respeto mutuo, la colaboración y la buena fe (…), previstos en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo N° 006-2026-JUS; Que, de conformidad con el artículo 175º inciso 3) del Estatuto de la Universidad Nacional de Piura, “El Rector es el representante legal de la Universidad y ejerce el gobierno de la misma (…).” Señalando dentro de sus funciones, “inciso 3) Dirigir la actividad académica de la Universidad y su gestión administrativa, económica y fi nanciera (…)”; Que, estando a lo acordado por Consejo Universitario en Sesión Ordinaria N° 09 del 21.Oct.2026 y, a lo dispuesto por el señor Rector (e), en uso de sus atribuciones legales conferidas y con visto de la Unidad de Presupuesto, la O fi cina Central de Asesoría Jurídica y la Secretaria General; SE RESUELVE:Artículo 1°.- AUTORIZAR EL VIAJE AL EXTERIOR , del estudiante STEVEN GIANFRANCO JIMÉNEZ ZAPATA , perteneciente a la Escuela Profesional de Ingeniería de Petróleo de la Facultad de Ingeniería de Minas de la Universidad Nacional de Piura, quien participará en calidad de ponente con la conferencia titulada “EVOLUCIÓN Y LIDERAZGO ESTUDIANTIL: LA TRANSFORMACIÓN DEL AAPG UNP STUDENT CHAPTER HACIA EL FUTURO ENERGÉTICO”, en el evento “AAPG LACR STUDENT & YOUNG PROFESSIONAL CHAPTER LEADERSHIP SUMMIT 2026”, organizado por la American Association of Petroleum Geologists - Latin America & Caribbean Region (AAPG LACR), a realizarse en la ciudad de Bogotá, República de Colombia , del 05 al 08.Nov.2026 . Artículo 2°.- AUTORIZAR , a la Dirección General de Administración de la Universidad Nacional de Piura, para que en el marco de sus funciones y normatividad vigente, disponga las acciones administrativas necesarias —en coordinación con las Unidades de Contabilidad y Tesorería— para el OTORGAMIENTO DE SUBVENCIÓN ECONÓMICA a favor del alumno detallado en el Artículo 1°, conforme al Memorándum N° 1560-2026-UP-OPYPTO-UNP y la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 4997, por un monto de S/ 2,500.00 (Dos mil quinientos y 00/100 Soles) , bajo el siguiente detalle: