Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2026 (31/10/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 152

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 54

54 NORMAS LEGALES Sábado 31 de octubre de 2026 El Peruano / Que, Carta N° CEGG-0000019-04- 2026 de fecha 14 de abril de 2026, FIBERMAX solicitó a INTEGRATEL suscribir una adenda al Contrato de Interconexión, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 46 del TUO de las Normas de Interconexión con el fi n de incorporar el intercambio de SMS; sin embargo, las partes no arribaron a un acuerdo; Que, mediante la carta CEGG-000041-06-2026 recibida el 25 de junio de 2026, FIBERMAX solicitó al OSIPTEL la emisión de un mandato de interconexión con INTEGRATEL, según lo señalado en el numeral (i) de la sección de VISTOS; Que, el artículo 89 del TUO de las Normas de Interconexión dispone que el OSIPTEL, a solicitud de una de las partes o de ambas, emitirá el mandato de interconexión, en un plazo máximo de treinta (30) días calendario, contados a partir de la presentación de la solicitud de mandato de interconexión; Que, el artículo 88 del TUO de las Normas de Interconexión establece que el OSIPTEL debe remitir el Proyecto de Mandato de Interconexión a las partes, a fi n de que estas expresen sus comentarios y/u objeciones dentro del plazo que, para tal efecto, fi je el OSIPTEL, el cual no puede ser menor a diez (10) días calendario; Que, mediante la Resolución de Consejo Directivo N° 000102-2026-CD/OSIPTEL de fecha 14 de agosto de 2026, se aprobó el Proyecto de Mandato de Interconexión correspondiente al presente procedimiento y se amplió en treinta (30) días calendario el plazo para la emisión del mandato; decisión que fue noti fi cada a las partes, a efecto de que remitan los comentarios que consideren pertinentes en un plazo de quince (15) días calendario; Que mediante Resolución N° 000119-2026-CD/ OSIPTEL se amplió el plazo para comentarios en diez días hábiles adicionales al plazo inicialmente otorgado, a solicitud de INTEGRATEL; Que, se han realizado las acciones necesarias a efectos que FIBERMAX e INTEGRATEL emitan los comentarios que consideren pertinentes, con la debida oportunidad y transparencia para el ejercicio de su derecho de defensa; Que, de conformidad con los antecedentes, análisis y conclusiones contenidos en el Informe indicado en el numeral (ii) de la sección de VISTOS, que esta instancia hace suyos corresponde emitir el Mandato de Interconexión entre las empresas FIBERMAX e INTEGRATEL; De acuerdo con las funciones señaladas en el artículo 23 del Reglamento General del OSIPTEL, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM, y el literal b) del artículo 8 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del OSIPTEL, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 160-2020-PCM; y estando al Acuerdo N° 1093/5248/2026 adoptado por el Consejo Directivo en la Sesión de fecha 22 de octubre de 2026; y, sobre la base del Informe N° 000207-2026-DPRC/OSIPTEL; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Mandato de Interconexión, correspondiente al procedimiento tramitado con el Expediente N° 00001-2026-CD-DPRC/MI entre las empresas FIBERMAX TELECOM S.A.C. e INTEGRATEL PERÚ S.A.A., a efectos de incorporar el intercambio de SMS, al contrato de Interconexión, aprobado mediante la Resolución N° 00389-2023-GG/OSIPTEL y modi fi catorias, conforme al anexo del Informe N° 000207-2026-DPRC/OSIPTEL. Artículo 2.- El mandato de Interconexión que se aprueba en el artículo 1 de la presente resolución, entra en vigencia al día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 3.- Encargar a la O fi cina de Administración y Finanzas noti fi car la presente Resolución y el Informe N° 000207-2026-DPRC/OSIPTEL, a las empresas FIBERMAX TELECOM S.A.C. e INTEGRATEL PERÚ S.A.A. Artículo 4.- Encargar a la O fi cina de Comunicaciones y Relaciones Institucionales la publicación de la presente resolución conjuntamente con el Informe N° 000207 2026-DPRC/OSIPTEL que contiene el Mandato de Interconexión, en la sede digital del Osiptel (www.gob.pe/ osiptel) y la publicación de la presente resolución en el Diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, y publíquese.RAFAEL EDUARDO MUENTE SCHWARZ Presidente Ejecutivo Consejo Directivo 2569774-1 Modifican el Instructivo Técnico para el cumplimiento de las Normas Complementarias para la Implementación del Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad, aprobado por Resolución de Gerencia General N° 00070-2020-GG/OSIPTEL RESOLUCIÓN Nº 000286-2026-GG/ OSIPTEL San Borja, 29 de octubre del 2026 OBJETOMODIFICACIÓN DEL INSTRUCTIVO TÉCNICO PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS COMPLEMENTARIAS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL REGISTRO NACIONAL DE EQUIPOS TERMINALES MÓVILES PARA LA SEGURIDAD APROBADO POR RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL Nº 00070-2020-GG/OSIPTEL VISTOS: El Informe Nº 000154-2026-DFI emitido por la Dirección de Fiscalización e Instrucción que sustenta la modi fi cación del Instructivo Técnico para el cumplimiento de las Normas Complementarias para la Implementación del Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad, aprobado por Resolución de Gerencia General Nº 00070-2020-GG/OSIPTEL; y, CONSIDERANDO:Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1338, Decreto Legislativo que crea el Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad, orientado a la prevención y combate del comercio ilegal de equipos terminales móviles y al fortalecimiento de la seguridad ciudadana (en adelante, Decreto Legislativo Nº 1338), se creó el Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad - RENTESEG, con la fi nalidad de prevenir y combatir el hurto, robo y comercio ilegal de equipos terminales móviles, dentro del marco del fortalecimiento de la seguridad ciudadana; Que, mediante la Resolución de Consejo Directivo Nº 07-2020-CD/OSIPTEL, se aprobó las Normas Complementarias para la implementación del RENTESEG, cuya Cuarta Disposición Complementaria Final establece que, el Instructivo Técnico para el cumplimiento de las Normas Complementarias para la implementación del RENTESEG se aprueba mediante resolución de Gerencia General; Que, mediante la Resolución de Gerencia General Nº 00070-2020-GG/OSIPTEL, se aprobó el Instructivo Técnico para el cumplimiento de las Normas Complementarias para la Implementación del RENTESEG, el cual contiene formatos, criterios operativos y parámetros técnicos, entre otros; Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1596, Decreto Legislativo que modi fi ca el Decreto Legislativo Nº 1338, el Decreto Legislativo Nº 1215 y el Código Penal, a fi n de dictar medidas para combatir el empleo de equipos terminales móviles en la delincuencia (en adelante, Decreto Legislativo Nº 1596), se