Norma Legal Oficial del día 16 de mayo del año 1998 (16/05/1998)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 16 de MORDAZA de 1998

Procesos Administrativos Disciplinarios y a los interesados para que dentro del termino de cinco (5) dias utiles contados desde el dia siguiente de su notificacion personal y/o publicacion en el Diario Oficial El Peruano, presenten sus respectivos descargos y las pruebas que consideren pertinentes para su defensa ante la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios. Articulo Tercero.- REMITIR los actuados a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios para que proceda de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Gerente General 5256

26695 y 26738; Articulo 11º incisos b) y k) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico aprobado por Resolucion Nº 035-96-MP-FN-CEMP, Articulo 10º numeral 10.2.3 del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Secretaria Ejecutiva del Ministerio Publico, Reglamento Normativo de Procesos Administrativos Disciplinarios y sus modificatorias, Art. 127º del Reglamento de la Ley de MORDAZA Administrativa, Arts. 21º y 28º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 276; con el informe emitido por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y con las facultades delegadas por el Titular del Pliego en merito al Articulo 1º de la Resolucion Administrativa del Titular del Pliego del Ministerio Publico Nº 121-97-SE-TP-CEMP; SE RESUELVE:

RESOLUCION DE LA GERENCIA GENERAL Nº 062-98-MP-FN-GG MORDAZA, 14 de MORDAZA de 1998 VISTOS: El Informe Nº 015-98-MP-FN-CPPAD y documentos relacionados con la presunta falta administrativa disciplinaria del servidor MORDAZA MORDAZA Anglas - Tecnico en Abogacia II del Distrito Judicial de Utcubamba. CONSIDERANDO: Que, mediante Memorandum Nº 630-97-MP-FN-GG, la Gerencia General remite a la Presidencia de las Comisiones de Procesos Administrativos Disciplinarios, los actuados en relacion a la presunta inconducta funcional del servidor en cuestion; Que, el senor Presidente de la Comision Distrital Descentralizada de Control Interno de Amazonas, senala en su Informe Nº 14-97-MP-FPM-U, los hechos suscitados en la oficina de la Fiscalia Provincial Mixta de Utcubamba el dia 18 de junio de 1997, entre la ciudadana Berbelinda MORDAZA MORDAZA y el servidor MORDAZA Anglas, resultando victima de lesiones leves la primera de las nombradas; Que, en su Parte Nº 104-97-JAP-U-CPNP.BG, la Jefatura del Area Policial de Bagua Grande, concluye que MORDAZA MORDAZA Anglas resulta presunto autor de la Falta contra la Persona (agresion) en agravio de Berbelinda MORDAZA MORDAZA, con una incapacidad resultante de seis (6) dias de atencion facultativa por diez (10) dias de incapacidad para el trabajo, hecho ocurrido el dia 18 de junio de 1997 en la MORDAZA de Bagua Grande, en la forma y circunstancias que se detalla en el cuerpo del parte policial; Que, corre en autos, el Informe Nº 008-97-MP-C.I.AMAZONAS emitido por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Miembro de la Comision Distrital Descentralizada de C.I.-AMAZONAS, documento en el que concluye luego del analisis correspondiente que el servidor MORDAZA Anglas ha demostrado una conducta negligente que conlleva a acreditar que ha cometido falta administrativa disciplinaria; Que, del analisis de los documentos corrientes en autos, se colige que el servidor MORDAZA Anglas habria incurrido en presuntos actos contrarios a la funcion publica que prescribe el Art. 127º del Reglamento de la Ley de MORDAZA Administrativa aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y concordante con lo dispuesto por el Art. 21º inciso e) y Art. 28º incisos a) de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico; por lo que resulta procedente se le instaure MORDAZA administrativo disciplinario para que dentro de un debido MORDAZA deslinde su responsabilidad; Con las visaciones de los miembros de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y de conformidad con lo dispuesto en la MORDAZA y Cuarta Disposiciones Transitorias, Complementarias y Finales de la Ley Nº 26623 y sus ampliatorias Leyes Nºs.

Articulo Primero.- INSTAURAR MORDAZA administrativo disciplinario al servidor MORDAZA MORDAZA Anglas, Tecnico en Abogacia II de la Fiscalia Provincial Mixta de Utcubamba; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- REMITIR MORDAZA autenticada de la presente resolucion a las Gerencias Centrales de Personal, Auditoria Interna, Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y al interesado para que dentro del termino de cinco (5) dias utiles contados desde el dia siguiente de su notificacion personal y/o publicacion en el Diario Oficial El Peruano, presente su descargo y las pruebas que considere pertinentes para su defensa, ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios. Articulo Tercero.- REMITIR los actuados a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para que proceda conforme a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Gerente General 5257 RESOLUCION DE LA GERENCIA GENERAL Nº 063-98-MP-FN-GG MORDAZA, 14 de MORDAZA de 1998 VISTOS: El Informe Nº 019-98-MP-FN-CPPAD y demas documentos relacionados con la presunta falta administrativa disciplinaria del servidor MORDAZA MORDAZA Rendon MORDAZA - Medico I de la Division Medico Legal de Ayacucho. CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 550-97-MP-SUPR.C.I. la Fiscalia Suprema de Control Interno, remite a la Presidencia de las Comisiones de Procesos Administrativos Disciplinarios, copias certificadas de la queja formulada por el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra Fiscales y Servidores del Distrito Judicial de Ayacucho; Que, el recurrente fundamenta su queja en el hecho de que el Dr. Rendon MORDAZA habria expedido un certificado medico legal favoreciendo al Fiscal Provincial MORDAZA MORDAZA Chuchon MORDAZA con el proposito de desvirtuar los hechos graves en que dicho magistrado habria incurrido; Que, mediante Oficio Nº 886-97-MP-FN-IML/GT, la Gerencia Tecnica del Instituto de Medicina Legal informa, en relacion a las ausencias injustificadas que registra el mencionado medico, del 28 de MORDAZA al 3 de junio del ano en curso; Que, mediante Oficio Nº 325-97-MP-FSEGGDJ-AYACUCHO, el senor Fiscal Superior Encargado de la Gestion de Gobierno del Distrito Judicial de MORDAZA, hace de conocimiento de la Gerencia General que la Sala

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