Norma Legal Oficial del día 16 de mayo del año 1998 (16/05/1998)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 16 de MORDAZA de 1998

documentaria y difundir las actividades de competencia de la Institucion. Articulo 17º .- Son funciones de la Secretaria General: a.- Actuar, en la persona del Secretario, como Fedatario de la Institucion. b.- Redactar y certificar la autenticidad de los documentos oficiales de la Superintendencia. c.- Comunicar oportunamente las resoluciones de la Superintendencia a las instancias competentes. d.- Administrar a nivel institucional los asuntos relativos al tramite y archivo documentario, cuidando de garantizar la reserva de los documentos considerados como tales. e.- Conducir las actividades de relaciones publicas de la institucion y otras acciones afines, de acuerdo a las instrucciones que imparta el Superintendente. f.- Coordinar y centralizar el requerimiento de publicaciones, determinar las adquisiciones y organizar su distribucion, asi como los procedimientos de consultas de las mismas, de acuerdo a las instrucciones que le MORDAZA impartidas. g.- Las demas que se le asigne. h.- Llevar los registros a que se refiere el inciso c) del Articulo 56º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, asi como aquellos que se establezca con arreglo a las normas del Sistema Privado de Pensiones. Subcapitulo II : ADMINISTRACION Articulo 18º .- La Administracion es un organo de apoyo de tercer nivel jerarquico, que depende del Superintendente Adjunto. Esta a cargo de un Jefe de Administracion quien es nombrado por Resolucion de Superintendencia. La Administracion como organo de apoyo de la Superintendencia Adjunta es la encargada de administrar correctamente los recursos humanos, materiales y financieros de la institucion, proporcionando apoyo racional a todas las unidades. Es responsable de la Contabilidad General de la Superintendencia, asi como de programar y formular el proyecto de Presupuesto, y evaluar, conforme a las politicas que imparta el Superintendente, la ejecucion presupuestal. Es tambien la encargada de brindar los servicios necesarios para el desempeno de funciones de la Superintendencia. Articulo 19º .- Son funciones de Administracion las siguientes: a.- Apoyar a la Alta Direccion sobre aspectos administrativos internos. b.- Administrar la disponibilidad de recursos humanos, materiales y servicios auxiliares de la institucion. c.- Proponer las pautas para la seleccion del personal de la Superintendencia, encargandose de preparar los procedimientos de seleccion. d.- Administrar la base de datos de la informacion relacionada al personal y bienes de la institucion, efectuando los inventarios periodicos. e.- Velar por el cumplimiento de la legislacion laboral proponiendo las directivas internas pertinentes. f.- Proponer el Proyecto y sus actualizaciones del Reglamento Interno de Trabajo, velando por su cumplimiento. g.- Mantener infraestructura, maquinaria, equipo y mobiliario en condiciones operativas, coordinando con la Intendencia de Organizacion y Sistemas en lo que concierne al Equipo de Procesamiento Automatico de Datos. h.- Ejecutar las adquisiciones de bienes y servicios, actuando de conformidad con las normas legales vigentes. i.- Llevar y mantener actualizada la contabilidad general de la Superintendencia, formulando los estados financieros, analisis y notas respectivas. j.- Dotar a la institucion y su personal de las condiciones de seguridad integral que MORDAZA requiera. k.- Mantener actualizado el Plan de Cuentas de la Institucion. l.- Administrar la Tesoreria de la Institucion. ll.- Formular el proyecto de Presupuesto y evaluar la ejecucion del mismo, de conformidad con las instrucciones de la Superintendencia.

m.- Realizar las acciones para el cobro de las multas que imponga la Superintendencia, en concordancia con las leyes y disposiciones reglamentarias vigentes. n.- Formular la planilla del personal, efectuando el abono de los haberes correspondientes. o.- Proponer las acciones relativas al bienestar del personal. p.- Las demas que se le asigne. Articulo 20º .- La Administracion cuenta en su estructura organica con un Despacho Gerencial y con unidades funcionales, de acuerdo a lo siguiente: Direccion - Despacho Gerencial Unidades Funcionales - Unidad de Desarrollo Organizacional - Unidad de Contabilidad - Unidad de Tesoreria - Unidad de Presupuesto - Unidad de Personal - Unidad de Seguridad y Servicios - Unidad de Abastecimientos Articulo 21º .- Las unidades funcionales vinculadas con la administracion financiera son: la unidad funcional de Contabilidad, encargada de efectuar el registro de las transacciones y la formulacion de los estados financieros de la institucion; la unidad funcional de Presupuesto, encargada de la programacion, ejecucion y evaluacion presupuestal; y la unidad funcional de Tesoreria, encargada de la administracion y control de los movimientos de fondos de la institucion. Articulo 22º .- Las unidades funcionales vinculadas con la administracion de los recursos humanos y materiales de la institucion son: la unidad funcional de Desarrollo Organizacional, encargada de disenar los mecanismos que permitan el adecuado funcionamiento de las unidades administrativas, asi como, de promover la mejor comunicacion, integracion y desarrollo del personal de la institucion; la unidad funcional de Personal, encargada de la administracion de las acciones de personal que garanticen una adecuada productividad y satisfaccion del trabajador, dentro del MORDAZA de la legislacion laboral vigente; la unidad funcional de Abastecimiento, encargada de la programacion y ejecucion de la prestacion de servicios y adquisicion de bienes, asi como del control de las existencias; y la unidad funcional de Seguridad y Servicios, encargada de velar por la seguridad del personal y de los bienes de la institucion, asi como de mantener las instalaciones e infraestructura en optimas condiciones. CAPITULO V ORGANOS DE LINEA Subcapitulo I : INTENDENCIA DE CONTROL DE INSTITUCIONES E INVERSIONES Articulo 23º .- La Intendencia de Control de Instituciones e Inversiones, es un organo de linea, de tercer nivel jerarquico, que depende del Superintendente Adjunto. El Intendente es nombrado por Resolucion de Superintendencia. Esta encargada de velar por la seguridad y rentabilidad de las inversiones que efectuen las AFP con los recursos del Fondo de Pensiones, controlando y fiscalizando las actividades de las AFP en cumplimiento de las disposiciones financieras, legales y administrativas que las rigen. Articulo 24º .- Son funciones de la Intendencia de Control de Instituciones e Inversiones, las siguientes: a.- Proponer, a traves del Superintendente Adjunto la autorizacion de organizacion y funcionamiento de las AFP, previo estudio de la documentacion tecnica presentada, en coordinacion con las otras areas de la Superintendencia involucradas en la evaluacion. b.- Controlar y fiscalizar el funcionamiento de las AFP, asi como, el otorgamiento de las prestaciones que proporcionen a sus afiliados.

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