Norma Legal Oficial del día 16 de mayo del año 1998 (16/05/1998)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, sabado 16 de MORDAZA de 1998

NORMAS LEGALES

Pag. 159903

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA

Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LEMBCKE MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 5213

MUNICIPALIDAD DE Disponen la suspension de tramites administrativos referidos a la contiCHORRILLOS nuacion de construccion de planta industrial por mandato judicial Instauran MORDAZA administrativo disciplinario a trabajador de la municipaRESOLUCION DE ALCALDIA Nº 2021 lidad
MORDAZA, 13 de MORDAZA de 1998 EL SENOR MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA Vista la notificacion de la Resolucion Nº 2 de fecha 11 de marzo ultimo, dictada por el Tercer Juzgado Especializado en lo Civil de MORDAZA, doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cuaderno cautelar iniciado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Expediente Nº 1998-39581-0100-J-CI-3; y, CONSIDERANDO: Que, el tercer parrafo del Articulo 638º del Codigo Procesal Civil, establece que, tratandose de medidas cautelares dispuestas al MORDAZA de dicho Codigo Adjetivo Comun, que "Por el merito de la recepcion, el funcionario o la autoridad policial quedan obligados a su ejecucion inmediata, exacta e incondicional, bajo responsabilidad penal"; Que, por Resolucion Nº 02 de fecha 11 de marzo ultimo, el senor Juez del Tercer Juzgado Especializado en lo Civil de MORDAZA, doctor MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA, en el cuaderno cautelar promovido por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Expediente Nº 1998-3958-10100-J-CI-3, ha dispuesto que la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y su MORDAZA "se abstengan de continuar cualquier tramite o MORDAZA administrativo tendiente a permitir la continuacion de la construccion y funcionamiento de la planta industrial de la firma Lucchetti Peru Sociedad Anonima, en la MORDAZA adyacente a los "Pantanos de Villa", mandato que, en virtud de la MORDAZA citada en el considerando precedente, es de ineludible cumplimiento, por lo que se debe disponer su inmediato acatamiento; Que, de otro lado, dicho mandato judicial se funda en la defensa de la MORDAZA Reservada "Pantanos de Villa", al misma que, de acuerdo a las normas contenidas en el Codigo del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, Decreto Legislativo Nº 613, es parte integrante del patrimonio de la Nacion, y el Estado, del cual forman parte los Gobiernos Locales, se encuentran obligado a defender, preservar y mantener; De acuerdo con las facultades contenidas en la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Disponer el inmediato acatamiento, bajo responsabilidad, del mandato contenido en la Resolucion Nº 02 de fecha 11 de marzo ultimo, dictada por el senor Juez del Tercer Juzgado Especializado en lo Civil de MORDAZA, doctor MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA, en el cuaderno cautelar promovido por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Expediente Nº 1998-3958-1-0100-JCI-3; y, en consecuencia, suspendase la continuacion de cualquier tramite o MORDAZA administrativo ante la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, o ante cualquier Municipalidad Distrital integrante de esta MORDAZA, tendiente a permitir la continuacion de la construccion y funcionamiento de la planta industrial de la firma Lucchetti Peru S.A., en la MORDAZA adyacente a los "Pantanos de Villa". RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 2171-98-UPER-MDCH Chorrillos, 13 de MORDAZA de 1998 Visto el Informe Nº 005-98-CPA-MDCH de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad de Chorrillos. CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 027-98-OAI-MDCH de fecha 5 de marzo de 1998, el Jefe de la Oficina de Auditoria Interna, remite la Hoja Informativa Nº 005-98-OAIMDCH del 25 de febrero de 1998 sobre presuntas irregularidades cometidas en la Administracion de Playas - Agua MORDAZA, La Herradura, La Encantada y Las Brisas incurridas por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, obrero permanente, encargado de la Administracion de Playas de la Municipalidad de Chorrillos; Que, se ha determinado, de la evaluacion efectuada a la Administracion de Playas a cargo del Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, que, intencionalmente ha propiciado una total desorganizacion y un visible desorden en los archivos de la documentacion, como son: las planillas de cobranza liquidadas; los boletajes e informes, al no contar con un adecuado archivo ordenado y actualizado, lo que ha dificultado la labor al momento de efectuarse la evaluacion; Que, se ha establecido que, el Administrador de Playas, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, intencionalmente distribuia los talonarios de boletaje a los cobradores, registrandolos en hojas simples; y/o cuadernos, que no ofrecen las garantias que el caso requiere, lo que evidencia, la inexistencia de un efectivo control de distribucion de los boletajes; Que, se ha evidenciado que, la Administracion de Playas no cuenta con un Reglamento Interno, lo que ha permitido que exista un ineficiente e inadecuado control en las recaudaciones a traves del boletaje y su deposito al Area de Tesoreria; asi como, del personal (cobradores). Debe comentarse que no fue ubicado en el legajo personal ni en los archivos, documento que le designe o encargue las funciones de Administrador de Playas, al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien en su manifestacion de fecha 11.2.98, expreso que, fue designado verbalmente por disposicion del Sr. Alcalde; Que, del analisis efectuado, se ha detectado la duplicidad de liquidacion por la cantidad de S/. 18.00, por concepto de estacionamiento vehicular en la playa La Herradura, conforme consta en las Planillas de Cobranza Nºs. 11725 y 11730 (Series Nºs. 61701-61703) importe S/. 3.00, cada uno, que sumados hacen el total de S/. 9.00 nuevos soles y Planillas de Cobranza Nºs. 11790 y 11799 (Series Nºs. 63997-64000) importe S/. 3.00, cada uno, que sumados hacen el total de S/. 9.00, los cuales fueron liquidados y depositados por el Administrador de Playas, Sr. MORDAZA MORDAZA VALENCIA; Que, por ultimo se ha determinado de la evaluacion de los documentos existentes, por concepto de boletaje en la Administracion de Playas, referido a los cobros por Estacionamiento Vehicular (parqueo), servicios higienicos, duchas y guardarropa, que el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, encargado de la Administracion de Playas no ha cumplido con depositar al Area de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.