Norma Legal Oficial del día 16 de mayo del año 1998 (16/05/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, sabado 16 de MORDAZA de 1998

NORMAS LEGALES

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Articulo Segundo.- Convocar a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado integrante de la Lista Independiente Nº 15 "Nuevo Ayacucho", para que asuma el cargo de Regidor del Concejo Distrital de MORDAZA de Pischa, provincia de Huamanga, para completar el periodo 1996-1998. Articulo Tercero.- Llamar la atencion al MORDAZA Electoral Especial de Huamanga por haber formalizado la inscripcion como candidato a Regidor de don MORDAZA MORDAZA Chaco; persona que no se halla registrada en el Padron Electoral; debiendo remitirse MORDAZA de la presente al legajo de evaluacion de dicho MORDAZA Electoral Especial. Articulo Cuarto.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que requiera el cumplimiento de la presente resolucion, bajo responsabilidad. Registrese y comuniquese. SS. MORDAZA MARINA; MORDAZA GONZALES; MORDAZA ARCE; MORDAZA CANELO; DE MORDAZA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 5269 RESOLUCION Nº 199-98-JNE MORDAZA, 14 de MORDAZA de 1998 VISTOS: Los Oficios Nºs. 039-98-CMD/HPTA y 058-98-MDH, recibidos con fechas 13 de MORDAZA y 11 de MORDAZA del ano en curso, respectivamente, de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de Huancaspata, provincia de Pataz, comunicando el fallecimiento de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien fuera Regidor del referido concejo distrital; asimismo, solicita se llame a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a fin de completar el numero de Regidores; CONSIDERANDO: Que, aparece de autos que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien fuera elegido y proclamado Regidor del Concejo Distrital de Huancaspata, provincia de Pataz, fallecio el dia 26 de febrero de 1998, conforme se acredita con la MORDAZA certificada de la Partida de Defuncion extendida por la Municipalidad Distrital de Huancaspata, corriente a fojas dos; Que, conocido este hecho, el Concejo Distrital de Huancaspata, en sesion de fecha 13 de marzo de 1998, declaro la vacancia del cargo de Regidor por fallecimiento de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, cumpliendo con lo senalado en el Articulo 27º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, segun se aprecia en la transcripcion certificada del acta correspondiente que obra a fojas tres al cuatro; Que, en aplicacion de lo dispuesto en el inciso 2) del Articulo 28º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, para completar el numero de Regidores del Concejo Distrital de Huancaspata, se deberia convocar a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado de la lista electoral que integraba el extinto Regidor, es decir, de la Lista Independiente Nº 7 - "Organizacion para el desarrollo vecinal de Pataz", conforme aparece en la relacion de candidatos remitida por el MORDAZA Electoral Especial de Pataz, que se tiene a la vista; que efectuada la consulta en linea, se ha establecido que dicho candidato no se halla inscrito en el Padron Electoral; por cuyo motivo debe convocarse al subsiguiente candidato no proclamado que resulta ser don MORDAZA MORDAZA Caballero; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Convocar a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado integrante de la

Lista Independiente Nº 7 - "Organizacion para el desarrollo vecinal de Pataz", para que asuma el cargo de Regidor del Concejo Distrital de Huancaspata, provincia de Pataz, para completar el periodo 1996-1998. Articulo Segundo.- Otorgar a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA la credencial que lo acredite como Regidor del Concejo Distrital de Huancaspata. Articulo Tercero.- Llamar la atencion al MORDAZA Electoral Especial de Pataz por haber formalizado la inscripcion como candidato a Regidor de don MORDAZA MORDAZA Bueno; persona que no se halla registrada en el Padron Electoral; debiendo transcribirse la presente al legajo de evaluacion de dicho MORDAZA Electoral Especial. Articulo Cuarto.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que requiera el cumplimiento de la presente resolucion, bajo responsabilidad. Registrese y comuniquese. SS. MORDAZA MARINA; MORDAZA GONZALES; MORDAZA ARCE; MORDAZA CANELO; DE MORDAZA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 5271

Declaran que regidores del Concejo Distrital de MORDAZA Toraya deben continuar en el ejercicio de sus funciones
RESOLUCION Nº 198-98-JNE MORDAZA, 14 de MORDAZA de 1998 Visto, el Oficio Nº 031-A-MDVT, recibido el 24 de MORDAZA del ano en curso, remitido por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de MORDAZA Toraya, provincia de Aymaraes, comunicando la declaratoria de vacancia de los Regidores MORDAZA MORDAZA Acuna, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Luz MORDAZA MORDAZA por encontrarse incursos en la causal de vacancia del Articulo 26º numeral 5 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; ademas manifiesta que los regidores vacados no radican en la circunscripcion del referido distrito; CONSIDERANDO: Que, la vacancia del cargo de MORDAZA o Regidor es declarada por el correspondiente Concejo Municipal con el MORDAZA aprobatorio de la mayoria del numero legal de sus miembros; de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 27º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; Que, el Concejo recurrente no ha adjuntado a su comunicacion el expediente completo con los instrumentos probatorios que acrediten que los regidores don MORDAZA MORDAZA Acuna, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA hayan incurrido en la causal de vacancia de que se les hace cargo; de conformidad con lo previsto por el Articulo 27º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, modificado por el Articulo 1º de la Ley Nº 26491; no habiendo cumplido con remitir a este organo electoral: a) Las constancias de notificacion a don MORDAZA MORDAZA Acuna, a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA y a MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA que acrediten en forma fehaciente que tomaron conocimiento de la convocatoria a sesiones de Concejo, de conformidad con lo dispuesto con el Articulo 43º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; b) Las copias de las actas de sesion de Concejo en las que habrian inasistido injustificadamente los regidores don MORDAZA MORDAZA Acuna, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Luz MORDAZA Merino; c) La MORDAZA certificada del acta de sesion de Concejo en la que se habria acordado declarar la vacancia de los regidores en referencia, aprobado por la mayoria del numero legal de sus miembros integrantes, consignandose la firma de los asistentes en el acta de mencion, d) Las constancias de notificacion a los

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